Los Conflictos Colectivos de Trabajo
Enviado por palomadepedraza • 24 de Octubre de 2014 • Ensayo • 1.190 Palabras (5 Páginas) • 252 Visitas
Nombre: Paloma Torres Matrícula:
Nombre de la asignatura:
Derecho Procesal Laboral Tutor de la Materia:
Actividad:
Fecha: Oct 2014 Equipo: …
Bibliografía:
Los Conflictos Colectivos de Trabajo
Concepto:
Etimológicamente conflicto deriva del latín "conflictus" en el idioma castellano significa choque, combate, lucha, antagonismo. Algunos autores distinguen entre controversias y conflictos. El conflicto es simplemente la oposición de intereses entre el patrono y el trabajador. En cambio, la controversia se da cuando se hace necesario tutelar esos intereses a través de un proceso. Los conflictos colectivos son controversias que surgen en las relaciones colectivas de trabajo que involucran a la clase o comunidad trabajadora, en que se lesiona o puede lesionarse derechos subjetivos de los trabajadores o afectar el interés profesional, siendo el mismo estado el primer interesado en que se resuelvan inmediatamente por la vía pacífica. Las Relaciones de Trabajo como campo disciplinario que atiende el estudio de las relaciones entre capital y trabajo, tiene entre sus objetos de análisis el tema de los conflictos laborales. Lo que plantea un reto clave en el mundo del trabajo. El conflicto es una institución o proceso que utilizan las partes para contribuir a la conquista de sus objetivos. Es un hecho connatural a la relación de trabajo. Es un medio de presión que coadyuva al alcance de objetivos previamente determinados. Incluso, se entiende que el sólo anuncio de un conflicto, es ya en si mismo una arma de presión. Las partes anuncian sus armas de presión con fines disuasivos, en un primer momento.
Clasificación
Muchas son las clasificaciones que se han dado, sin que los autores se pongan de acuerdo en las mismas. Una de las más comunes y tradicionales es la que divide los conflictos colectivos de trabajo en jurídicos o de intereses.
Ø Conflictos Jurídicos o de Derecho
Según Guillermo Cabanellas en su libro, establece "son aquellos que tienen por objeto la Interpretación y la Aplicación de las Normas Jurídicas existentes que debe realizar el juez que al respecto está ligado por el derecho en Vigor" Asimismo, establece que "un conflicto de derecho no trata de crear normas jurídicas nuevas, colectivas, autónomas o estatales sino al contrario, trata de interpretar judicialmente las que ya existen".
La solución a esta clase de conflicto es normalmente a través de una sentencia judicial mediante la cual, se pone fin a la disputa en aplicación del derecho. En conclusión se puede decir que un conflicto jurídico o de derecho, siempre estará ligado a un derecho preexistente y la causa que lo motivó es una cuestión o problema de derecho y se trata de establecer a quién de las partes corresponde el mismo, después de una interpretación, aplicación o cumplimiento de una norma jurídica ya preestablecida, por ejemplo, la ley, el contrato de trabajo, reglamento, etc.
Según la enciclopedia Jurídica Española, interpretar se refiere a la acción y efecto de interpretar, o sea de explicar o declarar el sentido de una cosa.
Explicación o aclaración del sentido de alguna cosa que parece dudosa u oscura y claro que refiriendo la acción significada al precepto legislativo, equivale al acto de traducir el sentido de la ley depurando su espíritu y penetrando en las profundidades de la intención del legislador, determina cuál sea el sentido, fin propuesto y medio para ello empleado, que en sus preceptos encierre una ley.
En conclusión, un conflicto de carácter jurídico versará en la explicación o declaratoria del sentido o de utilizar un derecho preexistente caracterizado o exteriorizado en un contrato colectivo, un contrato individual, un pacto colectivo de condiciones de trabajo, etc.
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