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LOS CONFLICTOS COLECTIVOS DE TRABAJO


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2016  •  Trabajo  •  1.913 Palabras (8 Páginas)  •  267 Visitas

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[pic 1]LOS CONFLICTOS COLECTIVOS DE TRABAJO

[pic 2][pic 3]La palabra conflicto viene de la voz Latina confluyere, que lleva implícita la idea de controversia, antagonismo, desacuerdo.

Conflictos del trabajo son, de esta manera, las controversias que se suscitan entre patronos y trabajadores por causa o con ocasión de la prestación de un servicio.

Algunas legislaciones como la de Estados Unidos consideran que la expresión conflicto de trabajo comprende cualquier controversia referente a las condiciones contractuales de empleo, a la ocupación del puesto o a las condiciones de trabajo, o referentes a la asociación o representación de personas para negociar, fijar, mantener, modificar o tratar de acordar condiciones de empleo o trabajo, independientemente de que las partes adversas tengan o no entre sí relaciones próximas de empleador y asalariado.[pic 4]

Como ocurre en todas las relaciones donde existe interacción entre las partes; es Posible la existencia de diferencias, controversias o conflictos, que también se presentan en el curso de las relaciones laborales, y representan una circunstancia perjudicial y lesiva por sus repercusiones sociales y económicas y, especialmente, porque rompen el equilibrio que se pretende establecer entre dos intereses, aparentemente antagónicos, como son el capital y el trabajo, la empresa y los trabajadores.

La doctrina recoge definiciones muy poco concretas. Así Carnelutti56 dice que existirá conflicto de trabajo cuando uno pretenda la tutela de su interés —relativo a la prestación de trabajo o su reglamento— en contraste con el interés de otro, y allí donde éste se oponga mediante la lesión del interés o mediante la contestación de los pretendidos; contestación potencial, agrega Pergolessi, por la incertidumbre sobre el derecho.

Para Idalberto Chiavenato conflicto significa la existencia de ideas, sentimientos, actitudes o intereses antagónicos que pueden llegar a chocar. Siempre que se hable de acuerdo, aprobación, coordinación, resolución, unidad, consentimiento, consistencia, armonía, debe recordarse que estas palabras pre suponen la existencia o la inminencia de sus términos opuestos, como desacuerdo, desaprobación, disensión, divergencia, incongruencia, discrepancia, inconsistencia, oposición, lo cual significa conflicto. El conflicto es la condición general del mundo animal. El hombre sobresale entre los animales por su capacidad de atenuar esta condición, aunque no siempre puede eliminarla. La sociedad y la civilización, requisitos básicos de la vida humana son viables gracias al elevado grado de congruencia de objetivos entre los hombres o, por lo menos, a ciertos mecanismos o reglas de conducta que impongan orden y acomodación.

Para el maestro Cabanellas, el conflicto es guerra, lucha, lo más recio o incierto de la batalla; combate o contienda, oposición de intereses en que las partes no ceden, choque o colisión de derechos o pretensiones, situación difícil, caso desgraciado; trance angustioso, antagonismo, oposición. En materia laboral, señala que es toda oposición ocasional de intereses, pretensiones o actitudes entre un patrono o varios empresarios, de una parte, y uno o más trabajadores a su servicio, por otro lado; siempre que se origine en el trabajo y pretenda solución más o menos coactiva sobre el opuesto sector. Los conflictos de esta índole abarcan desde discrepancias de ejecución laboral, pasando por interpretaciones dispares acerca de contratos individuales, convenciones colectivas y normas legales, hasta las manifestaciones violentas de la huelga y del paro, entre otras modalidades de lucha de clases más enconadas.

La Enciclopedia Jurídica OMEBA declara que el trabajo, considerado modernamente, no sólo como un derecho sino como una obligación, contrapone dos intereses distintos:

  1. Por un lado el del empleador, persona individual o empresa que intenta el máximo del aprovechamiento de la energía humana con el mínimo de erogación; y
  2. Por el otro el del obrero, subordinado a aquél, que generalmente tiene en el trabajo su única fuente de recursos y a los que tiende a sacarle un máximo provecho.

Es lógico, pues, que esta contraposición de intereses dé lugar al nacimiento de fricciones, traducidas en diferendos, que algunas veces llegan a conflictos.

NATURALEZA DE LOS CONFLICTOS LABORALES

Los conflictos se presentan cuando existen puntos de vista e intereses diferentes que chocan a menudo. El conflicto es un proceso que se inicia cuando una de las partes individuo, grupo u organización  percibe que la otra parte individuo, grupo u organización atenta o intenta atentar contra alguno de sus intereses. A medida que ocurre el cambio, las situaciones se modifican y la cantidad y la calidad de los conflictos tienden a aumentar y a diversificarse.

Para que el conflicto sea de naturaleza laboral es necesario que los intereses y los puntos de vista sean de esta materia entre empleador-trabajador o entre empresa-organización sindical.

Debemos indicar que, desde el punto de vista económico, los intereses de los empleadores y trabajadores son contrapuestos. Para que el conflicto sea de naturaleza laboral, deberá versar sobre los siguientes temas.

  1. El trabajador es la parte contratada bajo subordinación y dependencia
  2. El empleador está facultado para dirigir el centro de trabajo, dar órdenes y ser obedecido por el trabajador.
  3. Al trabajador le corresponde el pago de una remuneración digna.
  4. Al trabajador le corresponde se le otorguen las condiciones adecuadas para desempeñar sus tareas.
  5. El empleador tiene la potestad de modificar los horarios y turnos de trabajo (el lus variandi).
  6. El trabajador tiene el derecho de organizarse sindicalmente para la defensa de sus intereses gremiales.
  7. El trabajador tiene derecho a presentar y negociar colectivamente con su
  8. empleador el incremento de remuneraciones, las mejoras de las condiciones de trabajo y la aplicación de cláusulas de productividad.
  9. El trabajador tiene derecho a ejercer el derecho de huelga.

Entre las causas más importantes del conflicto laboral están los aspectos psicológicos, los administrativos, las condiciones laborales y las condiciones económicas, políticas y sociales.

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