Sucesiones
Enviado por Areguz • 9 de Octubre de 2015 • Examen • 1.014 Palabras (5 Páginas) • 288 Visitas
147. ¿El interventor definitivo tiene la posesión de los bienes hereditarios?
R: No
148. ¿En qué caso es forzoso nombrar un interventor definitivo?
R: Cuando el heredero esté ausente o no sea conocido, cuando se dejen legados para el DIF
149. ¿Quiénes pueden ser interventores definitivos?
R: Personas que estén en pleno goce de su capacidad de ejercicio
150. ¿Puede haber varios interventores definitivos?
R: No
151. ¿El coheredero inconforme puede ser interventor definitivo?
R: No
152. ¿Cuánto dura el cargo de interventor definitivo?
R: Es permanente e indefinida, hasta que la minoría que lo nombro lo revoque o hasta que se nombre un nuevo albacea.
153. ¿El cargo de interventor definitivo es oneroso o gratuito, y en caso de ser oneroso, a cargo de quién?
R: Oneroso, a cargo de los herederos que propiciaron su nombramiento y de todos los inconformes que hayan decidido sobre su necesidad.
154. ¿Qué es un interventor provisional o procesal?
R: Se nombra de manera transitoria para evitar la dilapidación o perdida de los bienes que conforman el caudal hereditario
155. ¿Quiénes pueden ser interventores provisionales?
R: Se requiere de la capacidad general y cumplir con os sig. Requerimientos:
- Ser mayor de edad
- De notoria buena conducta
- Estar domiciliado en el lugar del juicio
- Otorgar fianza judicial para responder de su manejo
La fianza debe otorgarse en el plazo de diez días contados a partir de la aceptación del cargo
156. ¿Cuál es la función del interventor provisional?
R: Es la de ser un depositario, incluyéndose la conservación tanto material como jurídica de los bienes
157. ¿Qué facultades tiene el interventor provisional, cuales ordinarias y cuáles extraordinarias?
R: Contestar demandas o interponerlas respecto del caudal hereditario.
158. ¿El interventor provisional tiene la obligación de rendir cuentas?
R: Si el interventor debe rendir cuentas de su gestión.
159. ¿Qué prohibiciones tiene el interventor provisional?
R: Abrir la correspondencia dirigida al de cujus
160. ¿El interventor provisional puede abrir la correspondencia dirigida al de cujus?
R: No debido a que debe ser abierta por el juez.
161. ¿Qué retribución le corresponde al interventor provisional?
R: Tiene derecho a cobrar un porcentaje respecto del monto del caudal hereditario
162. ¿Cuánto dura el cargo de interventor provisional?
R: Es transitoria e indefinida, ya que terminara su función en el momento en que se nombre un albacea.
163. ¿En qué caso el interventor provisional se convierte e albacea?
R: En caso de que los pretendientes a ser reconocidos como herederos no lo sean
164. ¿Qué diferencia hay entre interventor provisional y albacea judicial?
R: La función es la misma que la del interventor, ya que ambos son representantes provisionales de la sucesión, encargados de custodiar los bienes de la misma, en tanto que comparecen los herederos legítimos
VII La liquidación
- ¿Qué significa liquidar?
R: Hacer el ajuste final de una cuenta, sinónimo de finiquitar, saldar.
- ¿Qué es la liquidación del patrimonio hereditario?
R: Consiste en determinar el caudal que efectivamente se repartirá entre los coherederos, o que en caso de haber heredero único se le entregara.
- ¿En qué momento se realiza la liquidación?
R: Un vez concluido y aprobado el inventario.
- ¿A cargo de quien son las deudas moratorias?
R: A cargo del cuerpo de la herencia, es decir, a cargo de todos los herederos en proporción a su participación dentro del haber hereditario.
- ¿Qué debe entenderse por gastos de rigurosa conservación y administración?
R: Son gastos que se pagan en segundo lugar del caudal hereditario, así como los créditos alimenticios sucesorios, se pueden cubrir antes de la formación del inventario.
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