Derecho de las personas
Enviado por brendasabri • 18 de Mayo de 2015 • Síntesis • 1.439 Palabras (6 Páginas) • 232 Visitas
Derecho de las personas
El derecho de las personas comprende la capacidad jurídica tanto respecto de las personas físicas, como respecto de las personas morales, su respectiva personalidad jurídica se compone de una serie de cualidades o caracteres a ella inherentes y partícipes ineludibles. Nos referimos a los llamados atributos de la personalidad; la capacidad, con su doble manifestación, es decir la capacidad de goce en primer lugar, considerada como la aptitud del sujeto para ser titular de derechos y obligaciones e inclusive en ocasiones identificada con la personalidad jurídica; la capacidad de ejercicio en segundo término, que permite al sujeto intervenir personalmente en la vida jurídica; el estado civil que se identifica como la situación guardada de una persona con los miembros de su familia, el nombre que es la fórmula con la que una persona es identificada por el Derecho y en sociedad; el domicilio cuya acepción genuina comprende la circunscripción territorial determinada administrativamente, como el conjunto de bienes, derechos y obligaciones y cargas apreciables en dinero correspondientes a un sujeto; igualmente la nacionalidad, considerada como el vínculo habido entre un sujeto y un Estado.
El derecho de las personas comprende también el estudio y en su caso la regulación legal de los llamados derechos de la personalidad, como el derecho a la vida, a la integridad física a la disposición del propio cuerpo para después de la muerte, el que se tiene a la imagen, respecto de las cuales el individuo es titular por el mero hecho de tratarse de un ser humano.
La personalidad jurídica
La personalidad jurídica es la aptitud para ser sujeto de derechos y obligaciones, es una de las instituciones componentes de la Ciencia Jurídica.
No se puede tener más o menos personalidad jurídica comparativamente con otras personas; no se puede por lo mismo ser más o menos persona; se tiene personalidad jurídica y así se es persona y es suficiente con que el orden jurídico reconozca este carácter para que se tenga personalidad sin limitación alguna; no hay personalidad graduable.
Concepto jurídico de persona
Jurídicamente, persona significa todo ser o ente sujeto de derechos y obligaciones; con ello se alude tanto a los humanos como las personas morales, precisamente los primeros como seres y los segundos como entes. Ambos son sujetos de derechos y obligaciones.
Las personas físicas y morales
La persona física, en términos generales, es todo miembro de la especie humana susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones. En algunos casos se puede hacer referencia a éstas como personas de existencia visible, de existencia real, física o natural.
Las Personas Morales, son el conjunto de personas físicas que se unen para la realización de un fin colectivo, como es por ejemplo la formación de una Sociedad o Empresa y ésta puede ser en Nombre Colectivo, Comandita Simple, Responsabilidad Limitada, Anónima (que es la más común) Comandita por Acciones, Cooperativas, Civiles (Asociaciones o Sociedades. Las personas morales son entes (existencias) creadas por el Derecho. No tienen una realidad material o corporal (no se puede tocar como tal como en el caso de una persona física). Sin embargo la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.
Los atributos de la personalidad, en Derecho, son aquellas propiedades o características de identidad, propias de las personas, sean estas persona físicas o personas morales, como titulares de derechos. Se caracterizan por ser: Intransferibles, Incomerciables, Irrenunciables, Inembargables e Imprescriptibles.
Atributos de la persona física
1) Personalidad jurídica. Se inicia con el nacimiento; pero desde que se concibe adquiere derechos, como los hereditarios al declararse como viable (capaz de vivir).
2) Fin de la personalidad. Surge con la muerte o ante una razón de ausencia la que se formula ante la presunción de muerte, cesa la personalidad, ejemplo, cuando alguien desaparece y nadie lo encuentra.
3) Capacidad. Es la aptitud para ser titular de derechos y deberes, aptitud para ser sujeto activo o pasivo de relaciones jurídicas. Existe la capacidad de goce y ejercicio, en la primera el individuo es titular de derechos y obligaciones y la capacidad de ejercicio es la posibilidad de ejecutar actos jurídicos para hacer uso de los derechos concedidos a la persona como titular.
4) Nombre. Sirve para designar a una persona. El nombre más el apellido determinan en cada sujeto su identificación personal.
5) Domicilio. Es
...