La Imprevision
Enviado por erickhueslo • 11 de Agosto de 2013 • 676 Palabras (3 Páginas) • 413 Visitas
LA IMPREVISION
1. ¿Cuál es el concepto etimológico y jurídico de la imprevisión?
Etimológicamente se deriva de la clausula rebús sic stantibus, expresión de cuyas raíces provienen del latín rebús, de las cosas; sic, así; stantibus, estando permaneciendo; es decir permaneciendo las cosas; en otras palabras, que las palabras deben permanecer, no deben alterarse las circunstancias originales.
Jurídicamente. La teoría de la imprevisión es aquella que permite la revisión de lo pactado por los contratantes, para resolverlo o modificarlo cuando por circunstancias extraordinarias, imprevisibles y ajenas a las partes se altera notoriamente las condiciones del a ejecución, haciendo más gravoso o notoriamente oneroso el cumplimiento de la obligación por el desequilibrio entre las contraprestaciones.
3. ¿Cuál ES EL AMBITO DE LA APLICACIÓN DE LA TEORIA DE LA IMPREVISION?
La teoría de la imprevisión es aplicable a todos los contratos conmutativos, gratuitos, aleatorios, etc., de ejecución continuada, periódica o diferida.
4. ¿EL CODIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL ADOPTA LA TEORIA DE LA IMPREVISION?
En nuestro derecho civil, con excepción de los códigos civiles de Jalisco (artículo 1771), de Aguascalientes (1773), de Quintana Roo (733) y de Guanajuato (1351), no se admite expresamente la teoría de la imprevisión, por el principio de la obligatoriedad de los contratos consagrado expresamente en el articulo 1796 Cc. Que ordena que los contratos deben cumplirse en los términos pactados
5. ¿cuáles son los argumentos en contra de la teoría de la imprevisión?
Los argumentos para evitar la aplicación de la imprevisión los podemos resumir en la siguiente manera:
a) La fuerza obligatoria del contrato por tratarse de la voluntad de las partes, que es la máxima ley en los contratos, aunque se arruine el deudor
b) La imposibilidad debe ser absoluta para liberar el cumplimiento de la obligación deudor; no basta la imposibilidad relativa, ni la simple dificultad de cumplimiento, por grave u onerosa que resulte.
c) La seguridad, si se permite la aplicación de la teoría de la imprevisión se propicia la inseguridad jurídica e inestabilidad de la vida económica, pues las partes deben contratar previendo y protegiéndose de eventualidades posteriores del contrato que influyan sobre el precio de los artículos “Contratar es prever”
d) El principio de buena fe en los contratos significa impedir “que el deudor de menos de los que debe”. La verdad es que la buena fe rige tanto para el deudor como para el acreedor, por lo que también debería que el deudor no de más de los que debe.
e) No corresponde al juez alterar, modificar o dar por terminado el contrato, en virtud de que la voluntad de las partes es la máxima ley en los contratos.
f) Corresponde al legislador resolver los problemas
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