Manual de obligaciones Resumen
Enviado por andreselmejor • 10 de Septiembre de 2017 • Ensayo • 2.309 Palabras (10 Páginas) • 268 Visitas
UNIDAD 6
Vicios de la declaración de voluntad y violación a los derechos del consumidor
- El error
A) concepto: es la discrepancia inconsciente entre la declaración de voluntad y el objeta a que se refiere dicha declaración; hay discrepancia inconsciente entre lo declarado y lo querido.
B) Clases de error: cuando se cree que determinada norma jurídica regula cierto hecho, o cuando se cree que no hay norma que lo regule o cuando se le da un alcance diferente. No es vicio del conscentimineto por que la ignorancia de la ley no sirve de excusa
- Error de hecho Versa sobre uno a varios de los elementos constitutivos de una situación de hecho.
Se divide en:
-Error in negotio: Cuando una de las partes entiende compraventa y la otra entiende donación.
-Error in corpore,o sobre la identidad especifica de la cosa también deberia generar inexixtencia.
- Error in in substantiam, cuando recae sobre la sustancia o calidad esencial del objeto, o cuando recae sobre una calidad no escencial pero si determinante
- Error intuito personae,cuando se contrata en consideración a la persona
C)Clasificación e la doctrina.
1) Error obstáculo u obstativo: Conduce a la inexistencia del contrato, no se aplica en Colombia, ya que se clasifica en en:
-Error in negotio.
- Error in corpore.
- Error in causa.
2) Error nulidad o dirimente, que puede ser:
- Error intuito personae.
-Error insustantiam.
3) Error indiferente: No produce vicio del consentimiento.
d) requisitos que debe cumplir el error para que sea vicio del consentimiento.
1) debe ser determinante
2) que sea comunicado
3) que sea axcusable
e) efectos del error. El error de hecho, como vicio del consentimiento, genera nulidad de carácter relativo.
f) El error común (no es vicio del consentimiento) par que un error se considere como error común :
1) sea de carácter general
2) sea invencible
3) se haya incurrido en el de buena fe
2) La fuerza o violencia
a) concepto. Se entiende por fuerza todo desplazamiento de energía de un cuerpo hacia otro; cuando esa energía es ilegitima y se ejerce sobre una persona se transforma en violencia. La violencia puede ser física o absoluta y moral
b) requisitos que debe cumplir la violencia para que sea vicio del consentimiento.
1) debe ser determinante.
2) debe ser ilegitima
3) debe producir un justo temor.
4) que sea interna o externa: La fuerza puede ser ejercida por la parte contratante o cualquier otra persona.
c)efectos de la fuerza o violencia.
d) la violencia generalizada.
3) EL IDOLO.
Los códigos civiles y de comercio sancionan las conductas con dolo en las que incurran una de las partes al contratar:
- Concepto: una serie de maniobras fraudulentas o reticencias provenientes de una parte a fin de engañar a la otra o tercero y hacerles expresar su voluntad. El dolo necesariamente lleva al error de la otra parte.
- Requisitos que debe cumplir el dolo para que sea vicio del consentimiento:
- Que sea cometido a sabiendas
- Que sea reprensible
- Que sea determinante
- Que sea interno
- El dolo debe ser probado
- Efectos jurídicos del dolo: como todo vicio del consentimiento produce nulidad relativa
4)información innadecuada e imprecisa y publicidad engañosa
Todo consumidor o usuario de bienes y servicios, entre los cuales se cuenta tanto los comerciales, financieros, profesionales y servicios públicos domiciliarios, Gozan de protección constitucional y legal.
Es obligación de los proveedores y productores, suministrar a los consumidores información clara, verás, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa, idónea para los productos que ofrezcan (artículos 23 a 28)
Toda forma de publicidad engañosa está prohibida y tanto el anunciante como medio de comunicación, se incurre en dolo o culpa grave, de manera solidaria son responsables civil y administrativamente
5) lesión enorme.
a) concepto. Al celebrar ciertos negocios o contratos con que no sean de carácter aleatorio, una parte puede recibir más pérdida que utilidad, perjuicio en más de la mitad.
b) Naturaleza jurídica de la lesión enorme. Se dan dos teorías:
1) teoría subjetiva. Considera que se presentó un vicio de voluntad
2) teoría objetiva
c) casos en los cuales el código civil establece la lesión enorme.
1. Aceptación de herencia: Que disminuyan el valor de la asignación en más de la mitad.
2. Participación de los bienes: Si hay perjuicio en más de la mitad de la cuota.
3. Compraventa de bienes inmuebles.
4. En el caso de la permuta se aplica la regla de la compraventa.
5. En el mutuo con interés.
A) Clases de intereses:
- Convencional – Legal – Corriente- Compensatorio- Moratorio- Bancario.
B) Configuración de la lesión: Existe lesión en el pacto de intereses remuneratorios o moratorios, se excede en una mitad del interés corriente.
C) Anatocismo: Prohíbe el pago de intereses sobre los intereses causados o atrasados de regulación especial en el estatuto del consumidor.
6. En la hipoteca: Esta no puede exceder el doble del crédito.
7. En anticresis: Se aplica la regla del mutuo.
8. En el censo: El rédito no puede exceder el 5% anual.
9. En la acción en pago.
10. En la clausula penal.
11. En el mandato mercantil.
D) Efectos de la lesión enorme.
1. En la aceptación de una herencia genera acción de rescisión.
2. En la participación produce acción de rescisión.
3. En la compraventa de bienes inmuebles produce rescisión.
4. En la permuta se aplican las mismas reglas de la compraventa.
5. En el mutuo con interés.
6. En la hipoteca acción es de reducción.
7. En la anticresis la acción es de reducción, como en el mutuo del código civil,
8. En el censo, reducción.
9. En la dación, en pago de bienes inmuebles, se aplican las reglas de la compraventa.
10. En la clausula penal.
E) Características de la lesión enorme:
1. Es una acción de carácter personal y patrimonial.
...