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Protocolo Ministerios Publicos


Enviado por   •  1 de Octubre de 2014  •  1.506 Palabras (7 Páginas)  •  256 Visitas

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PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN.

1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.

En México tanto la federación como las entidades federativas, han

fracasado en el sistema justicia penal, en el que las penitenciarias están en

su mayoría lenas de inocentes, o por supuestos criminales por la comisión

de delitos menores, y los verdaderos criminales se encuentran en las cales

causando daños y perjuicios a las personas en sus derechos como el

patrimonio, seguridad física, seguridad sexual, la vida, y la salud, la práctica

de las agencias del ministerio público los han levado a consignar a

inocentes y liberar a culpables, de manera que niegan la denuncias y violan

el derecho de petición, causando un daño ireparable en las víctimas del

delito generando un problema social que es muy difícil reparar, porque

genera impunidad, desconfianza, corupción, entre otros factores, en este

orden de ideas el problema central consiste en que las agencias del

ministerio público se niegan a recibir las denuncias que pretenden presentar

las personas sean ciudadanos o extranjeros, lo cual genera una violación

por omisión, por un mal despacho y en consecuencia la pregunta inicial es

¿por qué los agentes del ministerio púbico se niegan a recibir las

denuncia?, la segunda pregunta es ¿Cuáles medios de defensa le concede

la ley a las víctimas del delito para atacar la negativa del Agente del

Ministerio Público a recibir una denuncia?, y si la hay porque sigue

negándose las denuncias, aunque el juicio de amparo, no aplica debido a

que es un medio de defensa extraordinario, que para poder interponer hay

que agotar todos los medios de defensa ordinarios, sin dejar de mencionar

que en materia penal existen excepciones al principio de definitvidad pero

que solo son aplicables tratándose del presunto responsable, situación que

coloca a las víctimas del delito en desigualdad y deja en estado de

indefensión, por otro lado aunque se interpusieran los medios de defensa

ordinarios que contempla la ley se causaría un perjuicio de difícil reparación

que por la naturaleza de diversos delitos se extingue la evidencia, lo que no

resuelve el problema, sino que hace mas grande el problema y no se

cumplen los principios del derecho penal. 1.1. PREGUNTA INICIAL. ¿Por qué se niegan los agentes del Ministerio

1.2 Hipótesis. “La omisión de los Agentes del Ministerio Público del fuero

común en el Estado de Baja California en el 2013”.

1.3 Objetivos:

Público a recibir las denuncias si su deber es procurar Justicia y no

la de prejuzgar?

inmediata recepción de la denuncia;

la denuncia;

a) Encontrar las causas de la negativa a recibir las denuncias;

b) Determinar los daños y perjuicios que se causan con la negativa;

c) Promover un medio de defensa inmediato que garantice la

d) Crear el procedimiento que garantizará la inmediata recepción de

servidores públicos adscritos a la procuraduría, para asegurar la debida

atención a las denuncias presentadas por las víctimas del delito;

las procuradurías, son eficaces y eficientes;

PREGUNTAS DE INVESTIGACIÓN.

1.- Cuales son las causas por las que los Agentes del Ministerio Público se

niegan a recibir la denuncia?

2.- Cuales son los daños y perjuicios que se causan con la negativa?

3.- Que resolvería el problema de la omisión de los agentes del Ministerio

4.- Cómo se puede resolver el problema de la omisión de los agentes del

ministerio público?

5.- Cual es el régimen de responsabildades de los servidores públicos de la

procuraduría?

6.- Como son los medios de identifcación del personal de la procuraduría?

7.- Son eficientes o eficaces los medios de identifcación del personal de la

procuraduría?

2. JUSTIFICACIÓN.

A pesar de existir en el marco jurídico medios de defensa en contra de la

negativa de recepción de denuncias, o en su caso, del no ejercicio de la ación

penal, siguen consistiendo una serie de violaciones sistemáticas a los derechos

humanos, en lo particular el derecho de petición, a la reparación del daño, a

coadyuvar con el Ministerio Público, el derecho a impugnar los actos del Ministerio

Publico, y como tal es imprescindible la creación de un medio de defensa a rango

constiucional que garantice la inmediata recepción de la denuncia y una

consistente integración de la averiguación previa, en la que se cumplan con los

más universales principios del derecho penal, en este orden de ideas la creación

de un medio de defensa constiucional garantizaría la inmediata atención y el

aseguramiento del cuerpo del delito (evidencia), para una eficaz integración, para

el efecto de consolidar y perfecionar la averiguación previa para el aseguramiento

del cuerpo del delito, para constiuir una de varias causas de procedencia de un

amparo local, o proteción jurisdicional de los derechos humanos en el ámbito

local, que repercutirá en la Justicia Constiucional del Estado de Baja California

mediante la creación de un tribunal Constiucional; por otro lado se propone la

creación de un procedimiento constiucional, porque la praxis nos ha demostrado

que es más efectiva la vía constiucional como el juicio de amparo que los

mecanismos de control interno, por que al igual que las averiguaciones previas

son inconsistentes, es bien sabido que entre funcionarios de la misma

dependencia se solidarizan para evitar ser sancionados, y cuando un ciudadano

denuncia a un funcionario de la Procuraduría le muestran el catalogo de

funcionarios incompleto, y eso vuelve a dejar en estado de indefensión a la víctima

del delito, debido a que el servidor público que le brindo un servicio no está

incorporado e impide que el ciudadano quejoso

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