Reforma Procesal Penal
Enviado por camilamadrid • 13 de Julio de 2015 • 1.047 Palabras (5 Páginas) • 168 Visitas
2.0 La intervención socio jurídica con víctimas y Testigos en el ámbito de la protección penal.
La Organización de Naciones Unidas define a la víctima como aquella persona que, individual o colectivamente, haya sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo de sus derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente de los estados miembros, incluida la que proscribe el abuso de poder. En la expresión víctima se incluye, además, a los familiares o personas a su cargo que tengan relación inmediata con la víctima directa y a las personas que hayan sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir su victimización (ONU, 1985, resolución 40/34) Por último, relevante resulta lo que señala el padre Antonio Beristain(1976-2000), Director del Instituto Vasco de Criminología, al decir que no podemos hablar de “víctima’ en singular, ya que nunca los daños cometidos por el victimario quedan en una sola persona, sino que afectan directa o indirectamente a su entorno familiar y social. Por ello, Beristain prefiere hablar siempre de “víctimas” en plural, para indicar que el proceso de victimización siempre afecta a más de una persona y que su estudio debe de tomar en cuenta de manera global el daño cometido. Nuestro actual Código Procesal Penal incorpora a la víctima como interviniente en el proceso penal (art. 12 CPP), explicita el deber que asiste al Ministerio Público de buscar mecanismos que faciliten la reparación del daño causado a la víctima (art. 6 CPP), y el de entregarle información y protección (art. 78 CPP). Así también establece los derechos de la víctima que incluyen, entre otros (art. 109 CPP): la solicitud de medidas de protección frente a probables hostigamientos, amenazas o atentados; el derecho a presentar querella; el derecho a ejercer contra el imputado acciones tendientes a perseguir las responsabilidades civiles provenientes del hecho punible; el derecho a ser oída por el fiscal antes de que éste pidiere o se resolviere la suspensión del procedimiento o su terminación anticipada; ser oída por el tribunal antes de pronunciarse acerca del sobreseimiento temporal o definitivo u otra resolución que pusiere término a la causa; e impugnar el
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sobreseimiento temporal o definitivo o la sentencia absolutoria, aún cuando no hubiere intervenido en el procedimiento. Junto al rol que juega la víctima como interviniente en el proceso penal, con las implicancias ya descritas, cumple también un rol importante en lo que respecta a la investigación del hecho delictual, muchas veces como principal testigo, cuestión que resulta especialmente cierta cuando se trata de la investigación de delitos sexuales. A este respecto, por las características del delito investigado, en la gran mayoría de los casos no se cuenta con evidencia material que pueda probarlo, así como tampoco con testigos, distintos de la víctima, que puedan dar cuenta de la naturaleza de los hechos y la persona del autor.
03. Victimización Judicial
La victimización judicial, se verá agravada, a veces por la escasa información que sobre un procedimiento judicial tiene el ciudadano medio. Tanto el tiempo, como la desinformación,
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