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Sucesiones


Enviado por   •  20 de Marzo de 2013  •  1.177 Palabras (5 Páginas)  •  290 Visitas

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PRINCIPIOS GENERALES

I. SUCESION

1.- CONCEPTO

La incorporación de un derecho al patrimonio de una persona implica su adquisición. Esta adquisición puede obedecer a dos causas distintas: o bien el derecho nace en cabeza del adquirente o, por el contrario, la incorporación deriva de un titular anterior en cuya cabeza el derecho preexistió.

En el primero de los supuestos estamos en presencia de una adquisición a título originario, donde el derecho es objeto de un acto de creación. No hay ninguna derivación de la relación, sino una constitución nueva de ella, la que aparejará simultáneamente, por incompatibilidad, la extinción de una relación anterior si hubiera existido. La característica de la adquisición a título originario está dada por la ausencia de una relación de hecho que vincule a dos sujetos (uno trasmitente y otro adquirente), ya que el nexo se opera en forma directa entre el sujeto adquirente y el derecho adquirido.

En la adquisición a título derivado el derecho es objeto de un acto de traspaso o trasmisión, operándose el reemplazo de un sujeto por otro en la titularidad de la relación jurídica, la que permanece inalterada en sus elementos objetivos. Conviene remarcar dos características referentes a la precisión del concepto: la primera es la identidad y continuidad de los derechos, lo que permite diferenciarlo de Otras mutaciones subjetivas, tales corno la suplantación o la comunicación; la segunda es que la sucesión supone necesariamente y siempre, que la sustitución de titulares de la relación jurídica importa que el sucesor estará en condiciones de ejercer el derecho en su propio nombre. Interesa advertir que esta derivación de los derechos puede provenir de la voluntad del causante u originarse en una disposición del ordenamiento jurídico. La venta y la sucesión intestada son ejemplos de una y otra de las posibilidades.

Los conceptos que dejamos apuntados son los que enuncia

Nuestro Código en el art. 3262: Las personas a las cuales se trasmitan los derechos de otras personas, de tal manera que en adelante puedan ejercerles en su propio nombre, se llaman sucesores. Ellas tienen ese carácter, o por la ley, o por voluntad del individuo en cuyos derechos suceden.

FUNDAMENTOS DEL DERECHO SUCESORIO:

Como se ha señalado, los fundamentos del derecho sucesorio corresponden al campo de la filosofía jurídica. Hemos de limitarnos, por tanto, a la simple enumeración de las respuestas que se han ensayado para justificar la trasmisión hereditaria.

a) Teoría del derecho natural. Como todo criterio fundado en esa premisa, presenta los inconvenientes que derivan de la dificultad de definir ese derecho natural y cae, por tanto, en las consabidas imprecisiones y vaguedades.

b) Teoría biológica. Para ella la sucesión no es más que una consecuencia de seguir el orden natural o biológico, atendiendo a que la muerte implica la continuidad del individuo a través de sus descendientes. Las normas sucesorias deben obedecer, por ende, a esa ley fisiológica. Como se advierte, la explicación no basta. pues no alcanza a satisfacer el fundamento de la trasmisión a los ascendientes o a los parientes lejanos.

c) Teoría del afecto presunto del causante. Finca su punto de partida en la prevalecencia de la voluntad del difunto, expresada en su testamento. Si el causante no lo ha redactado, la ley debe organizar un sistema que responda a la presunción de cuál hubiera sido su voluntad. De tal manera que el sujeto puede omitir la expresión de sus deseos, sabiendo de antemano que la ley ha de interpretar su silencio. No obstante que radica en un principio exacto y es una de las mis difundidas, se resiente de parcialidad en el exagerado

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