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Enviado por brendaestevez • 15 de Enero de 2013 • 1.045 Palabras (5 Páginas) • 436 Visitas
FACULTADES
FEDERACION art.12 CONCURRENTES art.14 ESTATALES art.13
Artículo 12.- Corresponden de manera exclusiva a la autoridad educativa federal las atribuciones
siguientes:
I.- Determinar para toda la República los planes y programas de estudio para la educación preescolar,
la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, a cuyo
efecto se considerará la opinión de las autoridades educativas locales y de los diversos sectores sociales
involucrados en la educación en los términos del artículo 48;
II.- Establecer el calendario escolar aplicable en toda la República para cada ciclo lectivo de la
educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de
educación básica;
III.- Elaborar y mantener actualizados los libros de texto gratuitos, mediante procedimientos que
permitan la participación de los diversos sectores sociales involucrados en la educación;
IV.- Autorizar el uso de libros de texto para la educación preescolar, la primaria y la secundaria;
V.- Fijar lineamientos generales para el uso de material educativo para la educación preescolar,
primaria y la secundaria;
VI.- Regular un sistema nacional de formación, actualización, capacitación y superación profesional
para maestros de educación básica;
VII.- Realizar en forma periódica y sistemática, exámenes de evaluación para certificar que las y los
educadores y autoridades educativas son personas aptas para relacionarse con las y los educandos y
que su trato corresponda al respeto de los derechos consagrados en la Constitución, los Tratados
Internacionales ratificados por el Estado Mexicano y demás legislación aplicable de las niñas, niños y
adolescentes.
VIII.- Fijar los requisitos pedagógicos de los planes y programas de educación inicial que, en su caso,
formulen los particulares;
IX.- Regular un sistema nacional de créditos, de revalidación y de equivalencias, que faciliten el
tránsito de educandos de un tipo o modalidad educativo a otro;
X.- Regular, coordinar y operar un padrón nacional de alumnos, docentes, instituciones y centros
escolares; un registro nacional de emisión, validación e inscripción de documentos académicos y
establecer un Sistema Nacional de Información Educativa;
XI.- Fijar los lineamientos generales de carácter nacional a los que deban ajustarse la constitución y el
funcionamiento de los consejos de participación social a que se refiere el capítulo VII de esta Ley;
XII.- Realizar la planeación y la programación globales del sistema educativo nacional, evaluar a éste
y fijar los lineamientos generales de la evaluación que las autoridades educativas locales deban realizar;
XIII.- Fomentar, en coordinación con las demás autoridades competentes del Ejecutivo Federal, las
relaciones de orden cultural con otros países, e intervenir en la formulación de programas de cooperación
internacional en materia educativa, científica, tecnológica, artística, cultural, de educación física y deporte,
y
XIV.- Las necesarias para garantizar el carácter nacional de la educación básica, la normal y demás
para la formación de maestros de educación básica, así como las demás que con tal carácter establezcan
esta Ley y otras disposiciones aplicables.
Artículo 14.- Adicionalmente a las atribuciones exclusivas a las que se refieren los artículos 12 y 13,
corresponde a las autoridades educativas federal y locales de manera concurrente, las atribuciones
siguientes:
I.- Promover y prestar servicios educativos, distintos de los previstos en las fracciones I y IV del
artículo 13, de acuerdo con las necesidades nacionales, regionales y estatales;
II.- Determinar y formular planes y programas de estudio, distintos de los previstos en la fracción I
del artículo 12;
III.- Revalidar y otorgar
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