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Pagos Provisionales


Enviado por   •  5 de Enero de 2013  •  921 Palabras (4 Páginas)  •  594 Visitas

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SALARIOS

Título IV a partir de art 106°.

Art 109 exenciones.

¿Por qué ingresos no se pagara impuestos?

- Prestaciones distintas al salario

- Indemnizaciones por riesgos de trabajo y enfermedades

- Jubilaciones, pensiones y haberes de retiro

- Reembolsos de gastos médicos

- Prestaciones de seguridad social

- Prestaciones de previsión social

- Entrega de depósitos al infonavit o institutos de seguridad social

- Provenientes de caja de ahorro

- Cuota de seguridad social (la que es pagada por el patrón)

- Prima de antigüedad e indemnizaciones 90 SMG= 5,317.20

- Gratificaciones 30 SMG de forma general.

a) Prima vacacional 15 SMG=886.20

b) Aguinaldo 30 SMG = 1772.40

c) PTU 15 SMG= 886.20

d) Prima dominical 1 SMG por cada domingo laborado = 59.08

- Remuneraciones percibidas por extranjeros

- Viáticos

- Contratos de arrendamiento

- Derivados de las enajenaciones

- Casa habitación: que no exceda de 1’500,000 UDIS (4.58 udis) y haber vivido ahí 5 años mínimo

- Bienes muebles

- Interés

- Intereses pagados por instituciones de crédito

- Ingresos derivados de instituciones de seguros

- Herencia

- Donativos

- Premios por concursos

- Indemnizaciones por daños

- Alimentos

- Retiros por gastos de matrimonios y por desempleo

- Impuestos que se trasladen al contribuyente

- Enajenación de derechos parcelarios

- Enajenación en bolsa de valores

- Actividades agrícolas y ganaderas y derechos de autor

CAPITULO I

De los ingresos por salarios en general por la prestación de un servicio personal subordinado.

Art 110.

Se consideran ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral incluyendo PTU y prestaciones por terminación de la relación laboral.

Art 113

se realizaran pagos provisionales mensuales, excepto las personas que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general.

Art: 116

Quienes estén obligados a efectuar retenciones ( PP) deberá calcular el impuesto anual

¿Cuándo no calcularan el impuesto anual?

*Cuando el asalariado gane más de 400,000 deberá

*cuando hayan iniciado la prestación de servicios después del 1 de enero o haya terminado la relación laboral antes del 1 de diciembre

*cuando el asalariado notifique por escrito al patrón que presentara declaración anual.

art 117: obligaciones de los sujetos al impuesto.

- Estar inscrito en el RFC

- Solicitud de constancias de retención de impuestos

- Declaración anual

- Comunicar de manera escrita en caso de laborar para dos o más patrones.

Art 118: obligaciones de los patrones

- Retención del ISR

- Calculo del impuesto anual

- Proporcionar constancias de retención a los subordinados

- Plazo para presentar las constancias

- Solicitud de constancias cuando el trabajador laboro para otros patrones (si trabajo para otros patrones entonces ya no aplica el subsidio al empleo)

- Presentar la declaración en tiempo y forma

- Solicitar los datos del RFC

CAPITULO II: De los ingresos por ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES.

SECCION I: De las personas físicas con ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES

Art 120: personas físicas obligadas a pagar este impuesto:

a) Actividades empresariales: actividades comerciales, industriales, agrícolas, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas.

b) Prestación de servicios profesionales: ingresos por prestación de un servicio y honorarios.

Art 121: ingresos acumulables

Son los ingresos efectivamente percibidos (en efectivo ,bienes o servicios, en anticipos, depósitos, títulos de crédito o cuando terceros transmitan un cheque o cuando lo cobran)momento de acumulación de ingresos

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