Apuntes de derecho fiscal
Enviado por HRIOS86 • 17 de Febrero de 2020 • Apuntes • 9.319 Palabras (38 Páginas) • 183 Visitas
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DERECHO PROCESAL FISCAL APUNTES UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE MEXICO CAMPUS CUITLAHUAC HERNAN RIOS AVENDAÑO |
Derecho procesal Fiscal
Lic. Luis Alberto Plasencia Alarcón (Srio de acuerdos de la 6ª sala regional metropolitana, ponencia del Magistrado Alberto Machuca Aguirre
Bibliografía:
1.- Lecciones de práctica contenciosa en materia fiscal, autor Hugo Carrasco Iriarte, Editorial Themis
2.- Derecho Tributario, autor Mayolo Sánchez Hernández
3.- Derecho Procesal Fiscal y Administrativo, autor Dionisio J. Kaye, Editorial Themis
4.- Legislaciones:
a) Código Fiscal de la Federación
b) Agenda de la Seguridad Social
c) Agenda de Amparo
d) Agenda de la Administración Publica Federal
IU´S 07 y CD de Justicia Fiscal y Administrativa
EVALUACION:
1.- Examen Bimestral y Final
2.- Actividades
a) Inasistencias (máximo 2)
b) participación: se pregunta la clase anterior o conceptos jurídicos de investigación
c) Trabajos: T.F.J.F.A. y Mapa con la circunscripción territorial del tribunal
d) Cuestionarios: cada tres clases un cuestionario mínimo de 15 preguntas, con respuestas en el cuaderno.
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1.- Naturaleza jurídica
2.- Marco Jurídico
T.F.J.F.A. y 3.- Integración[pic 6]
Mapa con la Materia
Circunscripción 4.- Competencia Territorio
Grado y cuantía
5.- Requisitos para ser magistrado y secretario de acuerdos.
6.- facultades.
Fecha de entrega lunes 16 de junio, en hojas blancas o rayadas, mínimo 35 cuartillas, debe incluir:
-Indice
-Introducción
-Contenido del trabajo (los 6 puntos mencionados anteriormente)
-Conclusión personal.
Se debe basar en la Ley Orgánica del Tribunal y su reglamento interior (como fuente de indagación) y también en la página del tribunal www.tfjfa.gob.mx bajar el organigrama y los puntos, del CD reproducir a mano un recuadro o ventana “NOTICIA HISTORICA” y en la pestaña de jurisprudencia, en que época vamos en el TFJFA y cuantas son.
Comprar un mapa de la república mexicana (puede ser tamaño carta) y representar:
- en cuantas regiones se divide la competencia del tribunal
- cuantas salas hay por región
- cuantos estados abarca una región
- donde o en que estado esta la cede
ACTOS DE AUTORIDAD
Primer principio.- Art. 354 del CFPC: La verdad legal, que es la cosa juzgada, la última interpretación que hace un órgano jurisdiccional.
Segundo principio.- del salmón, es decir sobresalir entre los demás.
Manejar el artículo 16 y 108 constitucional, artículo 3 de la ley federal de procedimientos administrativos, responsabilidad de los servidores públicos.
Hay autoridades que pertenecen al poder ejecutivo, legislativo y judicial, así bien veremos que hay servidor público (trabaja en una dependencia pública) y funcionario público (realiza funciones de dirección y de mando).
Todo acto de autoridad debe estar debidamente fundado y motivado en su actuación.
Art. 68 del código fiscal.- los actos de la autoridad se PRESUMIRAN LEGALES (presunción iuris tantum) salvo prueba en contrario.
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Acto de autoridad
Cedula de liquidación del IMSS
Vs patrón OXXO [pic 8]
Por no enterar las cuotas obrero debe estar fundado
Patronales por 6 trabajadores y motivado art. 16 const
$10,000 02/07 art 38 frac. IV CFF y
Art. 3 fracc V CFPA
Motivación: En diversas tesis de jurisprudencia el poder judicial federal ha sostenido que por motivación debe entenderse el que la autoridad al emitir el acto de molestia señale:
- Las razones particulares
- Circunstancias especiales
- Causas inmediatas que tomo en consideración para la emisión de un acto o resolución que afecta la esfera jurídica del gobernado.
Fundamentación: Es el imperativo constitucional que debe acatar toda autoridad al emitir un acto o resolución que afecte la esfera jurídica del gobernado y que consiste en señalar:
- El ordenamiento legal correspondiente
- El artículo
- La fracción
- El inciso
- Sub-inciso
- En caso de que la norma no contenga fracciones, incisos o subincisos (norma compleja), la autoridad deberá transcribir el párrafo o el apartado que resulte aplicable al caso concreto. Debiendo haber adecuación entre los razonamientos expresados por la autoridad y la norma legal que se aplica al caso concreto.
Revisar el artículo 68 del código fiscal con el artículo 42 de la ley federal de procedimiento contencioso administrativo.
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