Argumentacion Juridica
Enviado por paola150 • 4 de Abril de 2013 • 1.394 Palabras (6 Páginas) • 378 Visitas
Argumentación e interpretación jurídica para juicios orales y la protección de derechos humanos.
Editorial Porrúa
Coordinadores (autores) M. Virgilio Bravo Peralta
Alfredo Islas Colín.
Primera edición.
El tèrmino argumentar del latín argumentare, significa sacar en claro, argüir. También tiene el significado de probar, desceubir, aducir, alegar, poner argumentos. A su vez los argumentos son los razonamientos que se emplean para probar o demostrar una proposición, o para convencer a otro de aquello que se afirma o se niega. De acuerdo con esta imagen que arroja el Diccionario de la Real Academia de la Lengia Española la argumentación jurídica es la ciencia que se ocupa de explicar las razones por las cuales se elige una determinada manera de aplicación del Derecho.
Este significado inicial es completado por Puy que define la argumentación jurídica como “el discurso por el que un jurista que ve claramente la verdad de la tesis –esto pertenece a este- . explica o aclara o ilumina tal proposición a otra u otras personas que no la entienden de una forma clara y precisa, hasta que las convence de que tal derecho existe y que deben proceder respetándolo”.
Cuando argumentamos “realizamos una operación que se apoya sobre un enunciado asegurado (aceptado) –el argumento- para llegar a un enunciado menos asegurado (menos aceptable) -la conclusión-. Argumentar es dirigir a un interlocutorio un argumento, es decir una buena razón para hacerle admitir una conclusión e incitarlo a adoptar los comportamientos adecuados.
La función de argumentar se convierte en un arte o técnica especialmente práctico por que como asegura Perelman, “el fin de una argumentación no es deducir las consecuencias de ciertas premisas, sino provocar o aumentar la adhesión de un auditorio a las tesis que se someten a su asentimiento.
Pero lo mismo que le sucedía a la retorica, la argumentación no es únicamente una ciencia, sino principalmente un arte y una técnica. Y una técnica por cierto muy útil y poco conocida, por eso debe ser estudiada. En la actualidad su estudio se enfoca fundamentalmente desde dos puntos de vista, el teórico y el práctico. Desde el primer punto de vista, un estudio teórico de la argumentación proporcionará a quien lo realice conocimientos sobre las distintas teorías de la argumentación en general y de la argumentación jurídica en particular. Teorìas todas ellas muy interesantes sin duda, pero las más de las veces, con poca trascedencia práctica.
Pero por el contrario un estudio práctico de la argumentación prescindirá de grandes modelos y proporcionará a quien lo propugne un conocimiento de reglas, tipos y aplicaciones de la argumentación. Es decir enseñará a construir y utilizar agumentos. Ambos tipos de conocimiento, el teórico y el práctico, son útiles y necesarios para un jurisprudente.
Sin embargo yo prefiero llamar la atención sobre el segundo, sobre el estudio práctico, sobre el saber hacer. Lo prefiero, no porque considere que el ser teorico sea innecesario, sino por que entiendo que el conocimiento práctico, el saber hacer, está más olvidado en los actuales planes de estudio.
Sea como fuere y con independencia del hecho de poner el acento en un tipo de conocimiento en el otro, lo cierto es que ambas formas de conocimiento, teórico y práctico, se complementan. Forman un todo inescíndible hasta el punto de que cada una de estas formas de conocimiento se apoya y da razón de ser a la otra. De hecho la argumentación jurídica “nunca puede ser definida como un producto fruto del análisis teórico y solitario de los argumentos, sino como una forma interactiva de proceder, un procedimiento dialéctico, un proceso interpersonal de justificación, donde cobran el mayor relieve los recursos inteligentes y las estrategias retóricas y argumentativas.
En la concepción tradicional de la argumentación jurídica que procede de Quintiliano y de Cicerón, existen fundamentalmente dos tipos de argumentaciones que se han conocido a los largo del tiempo respectivamente con los nombres de argumentación racional y argumentación legal. Ambos tipos de argumentaciones son válidas para resolver los problemas del Derecho. De hecho ambas se complementan porque ofrecen facetas diferentes de un mismo arte.
La argumentación legal es la que se realiza tomando en pie de los preceptos establecidos en las normas jurídicas. Se basa en las leyes y toma su fuerza exclusivamente de ellas. Su valor persuasivo es grande porque la fuerza del argumento
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