DE LA HUELGA Y EL LOCK OUT
Enviado por Carlos Balboa • 21 de Abril de 2017 • Monografía • 3.914 Palabras (16 Páginas) • 1.361 Visitas
DE LA HUELGA Y EL LOCK OUT
- INTRODUCCIÓN
El presente trabajo de investigación desarrolla el derecho a la huelga, históricamente, ha significado el avance y la presión por unas condiciones de vida dignas de los trabajadores en los diferentes países del mundo. El auge del derecho del trabajo y de la seguridad social se dio en el siglo XX en términos de expedir codificaciones contando con una realidad social que pedía a gritos estas normatividades. Así en Bolivia desde 1939 encontramos leyes sobre el derecho de huelga en cuanto al procedimiento de declaratoria, la promoción de los conflictos colectivos y las prohibiciones de realización de ciertas actividades.
El derecho a la huelga actualmente se encuentra protegida por la constitución Política del Estado como el ejercicio de la facultad legal de las trabajadoras y los trabajadores de suspender labores para la defensa de sus derechos, de acuerdo con la ley, de la misma manera el Decreto Ley del 24 de mayo de 1939 elevado a rango de ley el 8 de diciembre de 1942 "Ley General del Trabajo" y su reglamento contemplan la huelga y el cierre o paro patronal, también conocido por su nombre inglés de lockout (literalmente "cerrar y dejar fuera", expresión utilizada en inglés para referirse al apagado o puesta fuera de servicio de una máquina) es una medida de acción directa que consiste en la paralización total o parcial de las actividades de uno o varios establecimientos o actividades económicas, por decisión del empresario o patrón. El cierre patronal puede estar dirigido contra los trabajadores, especialmente los sindicatos, para evadir sus peticiones laborales, o contra el Estado, con el fin de forzarlas a cambiar determinada política pública, o como expresión de descontento contra determinado gobierno, recurso legal establecido por la Ley General del Trabajo y disposiciones Vigentes.
Asimismo, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha definido el lockout como "el cierre total o parcial de uno o más lugares de trabajo, o la obstaculización de la actividad normal de los empleados, por uno o más empleadores con la intención de forzar o resistir demandas o expresar quejas, o apoyar a otros empleadores en sus demandas o quejas".
- OBJETIVO
Caracterizar las particularidades del Derecho Laboral Boliviano, referente a la HUELGA y el LOCK OUT identificando su estructura normativa, se trata de un análisis descriptivo y objetivo con el cual se intenta aportar al mejor conocimiento del derecho de huelga. Y anticipamos el tema al escribir que la huelga es un derecho.
- MARCO HISTÓRICO
La primera huelga de la historia comenzó el 14 de noviembre de 1152 a.C. y tuvo lugar durante el reinado de Ramsés III, cuando sesenta artesanos se negaron a realizar su trabajo en el Valle de los Reyes. Eran picapedreros, carpinteros y dibujantes que, guiados por el escriba Paturere y dos contramaestres, reclamaron el salario alimenticio que no habían recibido durante el último mes. Sentados ante la puerta del templo, clamaron: "Tenemos hambre y sed". Tras tres días de huelga, por fin recibieron del visir 50 sacos de trigo.
El derecho de huelga fue reconocido por primera vez en 1864, en Inglaterra, y constituye en la actualidad uno de los derechos inalienables del hombre reconocidos por la ONU y gran número de países. Huelgas que han pasado a la historia son la de 1886 en Chicago, por la jornada de ocho horas, la de 1905 en San Petersburgo, de carácter insurreccional; las revolucionarias de 1917 y 1920, en España y Alemania respectivamente; la de 1946 en la General Motors de EE.UU., que duró casi un año, y la de mayo de 1968 en Francia.
En Bolivia la organización sindical se conformó con la Confederación Sindical de Trabajadores de Bolivia (CSTB) afiliada en la Confederación de Trabajadores de América Latina (CTAL) aunque nunca había llegado a tener un real poder de convocatoria entre los trabajadores. En 1952, apenas 4 días del triunfo de los trabajadores sobre el ejército. Se convocó a esta reunión por los mineros y se realizó bajo la conducción de su secretario ejecutivo Juan Lechin Oquendo.
Su primer documento de orientación ideológica proclamaba la lucha por la nacionalización de las minas, los ferrocarriles y la reforma agraria, declaraba la independencia política de la COB a nivel nacional e internacional y pedía al gobierno la derogación de las leyes anti obreras.
Estos procesos de apertura económica han sido devastadores para el derecho colectivo del trabajo, especialmente, para la Libertad Sindical (derecho de asociación sindical, derecho de negociación colectiva y derecho de huelga) donde se encuentra el triángulo indisociable como dice el Profesor Mario de la Cueva y que se cimentó en el siglo XIX y XX con las luchas sociales por mejores condiciones de trabajo.
- MARCO CONCEPTUAL
La Huelga
Puede definirse como toda perturbación producida en el proceso productivo y principalmente la cesación temporal del trabajo, acordado por los trabajadores, para la defensa y promoción de un objetivo laboral o socioeconómico.
Es la suspensión pacífica de labores por los trabajadores, vez agotado el procedimiento legal con el fin de lograr el reconocimiento, ciertas pretensiones o demandas para alcanzar mejores condiciones de trabajo , ésta actitud obliga a renegociar el pliego de peticiones. Todo acto de manifestación de hostilidad contra las personas o la propiedad, cae dentro de Ley Penal al tenor del Art. 117 de la L.G.T.
Lock Out
El cierre o paro patronal, también conocido por su nombre inglés de lockout (literalmente "cerrar y dejar fuera", expresión utilizada en inglés para referirse al apagado o puesta fuera de servicio de una máquina. Los requisitos para su procedencia eran significativamente simples y favorables al patrón, en comparación con los exigidos a los obreros para ejercer el derecho de huelga.
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