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DERECHO SUCESORIO


Enviado por   •  28 de Mayo de 2020  •  Apuntes  •  1.315 Palabras (6 Páginas)  •  269 Visitas

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CONCEPTO DE SUCESIÓN

Del latín sucsessio, la acción y efecto de suceder (proceder, provenir, entrar en lugar de alguien).

 
La Sucesión, por lo tanto es la continuación de alguien o algo en lugar de otra persona o cosa.

        
        En segunda acepción el patrimonio trasmitido, sucesión al, intestato es la regulada por la le en ausencia de testamento y hasta en contra de la voluntad del difunto.

        Sucesión testamentaria es la que se reconoce según la voluntad del difunto, tal como está expresada en un testamento.

        Sucesión anómala es aquella en la cual ciertos bienes del difunto se defieren en función de su origen, contrariamente a la regla de la unidad de la sucesión.

        

  1. En un sentido general, efecto de suceder, seguir una persona a otra, continuaría en sus derechos y obligaciones.
  2. Más específicamente la sucesión ha sido definida como la trasmutación de los derechos y obligaciones que componen la herencia de una persona muerta, a la persona que sobrevive, a la cual la ley o el testador lama para sucederla.

Esta definición permite extraer los elementos necesarios de toda sucesión mortis causa:

  1. Persona fallecida, llamada también causante o de cujus,
  2. Los llamados a sucederla, sea por la ley o por la voluntad del difunto.

A estos se les designa con el nombre de sucesores o causahabientes, si la sucesión es a título particular, legatarios;

  1. El conjunto de bienes de que era titular del difunto, es decir, un patrimonio en cabeza del causante. Se los designa  bienes relictos.

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES QUE RIGEN EL JUICIO SUCESORIO.

        Fundamento: el derecho sucesión es tan antiguo como la propiedad.

        Lo han admitido los pueblos de todas las civilizaciones, una vez salidos de las organizaciones primitivas de los clanes comunitarios. Este solo hecho bastaria para afirmar que se trata de una institución consustanciada con la naturaleza humana.


        • La sucesión por causa de muerte o hereditaria, se rige por los siguientes principios fundamentales:

1. Titularidad del patrimonio del difunto
2. Libre testamentifacción
3. Beneficio de Inventario
4. Separación de patrimonios
5. Conmoriencia

Titularidad del Patrimonio del difunto
Al momento de la muerte de una persona, su patrimonio carece de titular,

a) la representación:
El administrador del patrimonio actuaba como representante del autor de la sucesión hasta el momento de la liquidación de la herencia
Se desechó porque no existe un representante sin un representado
b) Patrimonio sin titular:
El patrimonio del de cujus no tiene titular

        Este principio permite que el patrimonio personal del heredero sea separado y no se confunda con el patrimonio del autor de la herencia.
El heredero sólo responde de las deudas del autor de la herencia hasta donde alcancen los bienes del difunto.



Separación de patrimonios.



        Derecho de todo acreedor de la sucesión pedir contra todo acreedor del heredero la formación de inventario y la separación de dos patrimonios, a efecto de que los primeros tengan preferencia sobre los acreedores del heredero, haciéndose pagar con los bienes de la herencia.



CONMORIENCIA Y PREMORIENCIA



CONMORIENCIA

        Alude a la muerte simultánea, cuando el autor de la herencia y herederos o legatarios, mueren al mismo tiempo, desastre o día, sin que se determine quien murio primero, se presume que murieron simultáneamente. NO HAY TRANSMISION HEREDITARIA.



PREMORIENCIA



        Presunción de que bajo el supuesto anterior mueren primero ciertas personas por edad, sexo, etc. NO SE ACEPTA EN MEXICO. Alude a la prioridad o precedencia en la muerte de dos o más personas



        • Cuando el autor de una herencia y su heredero o legatario parecen el mismo día o en el mismo desastre es necesario determinar quien murió primero, y si esta circunstancia no puede precisarse con certeza, se le tendrá por muertos simultáneamente, sin que haya lugar a la transmisión de herencia o legado entre ellos, aplicándose el principio de

TIPOS DE SUCESIÓN

TESTAMENTARIA E INTESTAMENTARIA

SECCIONES DEL JUICIO SUCESORIO

FASES DEL JUICIO TESTAMENTARIO. 

Cada etapa se abre consecutivamente y a cada una se le forma un cuaderno. En cada una de las etapas se pueden tramitar diversos incidentes por cuenta separada. 

Ahora explicare con mis palabras cada una de las etapas del juicio testamentario, el primer paso que se debe de seguir en un juicio en donde el decullus deja testamento es:


La primera de ellas denominada SUCESIÓN. La cual consiste en la acreditación del entroncamiento con el autor de la sucesión y la posterior declaratoria de herederos y nombramiento de albacea. Tratándose de un juicio testamentario la declaración de la validez del testamento. (Declarar la validez del testamento, reconocer herederos y nombrar un albacea.)

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