Decreto2200 y su avanze
Enviado por kaiser2230 • 26 de Octubre de 2015 • Apuntes • 4.283 Palabras (18 Páginas) • 84 Visitas
- 1. BUENAS NOCHES
- 2. DECRETO 2200 YMODIFICACIONES
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
PARTICIPANTES:
ANGELICA TATIANA CELIS
DEILYTH MILADY LÓPEZ
JAMNE JANETH BONILLA
ANGIE PAOLA ESCALANTE
CARMEN CECILIA RIVERA - 3. AGENDA
DECRETO 2200 YMODIFICACIONES.
DECRETO 2330 DE 2006
RESOLUCIÓN 1403 DE 2007
RESOLUCIÓN NÚMERO 0444 DE 2008 - 4. DECRETO 2200 DE 2005 POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL SERVICIO FARMACEUTICO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1º. OBJETO.
ARTÍCULO 2º. CAMPO DE APLICACIÓN.
ARTÍCULO 3º. DEFINICIÓN DE GESTIÓN DEL SECTOR FARMACEUTICO. - 5. DECRETO 2200 DE 2005
ATENCIÓN FARMACÉUTICA.
Es la asistencia a un paciente o grupos de pacientes, por parte del Químico Farmacéutico, en el seguimiento del tratamiento farmacoterapéutica, dirigida a contribuir con el médico tratante y otros profesionales del área de la salud en la consecución de los resultados previstos para mejorar su calidad de vida.
DENOMINACIÓN COMÚN INTERNACIONAL PARA LAS SUSTANCIAS FARMACÉUTICAS
Es el nombre recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para cada medicamento. La finalidad de la Denominación Común Internacional (DCI) es conseguir una buena identificación de cada fármaco en el ámbito internacional. - 6. DECRETO 2200 DE 2005
- DISPENSACIÓN
- 7. DISTRIBUCIÓN FÍSICA DE MEDICAMENTOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS
- 8. DISTRIBUCIÓN INTRAHOSPITALARIA DE MEDICAMENTOS
- 9. ESTABLECIMIENTO FARMACEUTICO
- 10. ESTUDIO DE UTILIZACIÓN DE MEDICAMENTOS
- 11. EVENTO ADVERSO
- 12. FARMACOCINÉTICA CLÍNICA
- 13. FARMAECONOMIA.
- DECRETO 2200 DE 2005
FARMACOLOGIA
GESTION DEL SERVICIO FARMACEUTICO
PERFIL FARMACOTERAPÉUTICO
PROBLEMAS RELACIONADOS CON LA UTILIZACIÓN DE MEDICAMENTOS
SERVICIO DE INFORMACIÓN DE MEDICAMENTOS
USO ADECUADO DE MEDICAMENTOS - 14. DECRETO 2200 DE 2005
Definición de Gestión del servicio farmacéutico (Art. 3°, Dec. 2200/05)
¿Qué es? Conjunto de principios, procesos, procedimientos técnicas y prácticas asistenciales y administrativas esenciales.
¿Para qué? Reducir riesgos causados con el uso innecesario o inadecuado y eventos adversos presentados dentro del uso adecuado de medicamentos.
¿Quiénes? Instituciones Prestadoras de Servicios en Salud, públicas y privadas, establecimientos farmacéuticos y personas autorizadas. Características Principios de efectividad, colaboración y mejoramiento continuo. - 15. DECRETO 2200DE 2005
CAPITULO II Del servicio farmacéutico
Artículo 4º. Servicio farmacéutico.
Artículo 5º. Formas de prestación del servicio farmacéutico.
Artículo 6º. Objetivos del servicio farmacéutico.
Artículo 7º. Funciones del servicio farmacéutico.
Artículo 9º. Recurso humano del servicio farmacéutico dependiente.
Artículo 10. Grados de complejidad del servicio farmacéutico.
Artículo 11. Establecimientos farmacéuticos.
Artículo 12. Apertura o traslado de establecimientos farmacéuticos minoristas.
Artículo 13. Sistema de Gestión de la Calidad.
Artículo 14. Modelo de gestión. - 16. DECRETO 2200DE 2005
Formas de prestación del servicio farmacéutico (Decreto 2200 de 2005, art. 5º)
Servicio farmacéutico independiente
Servicio farmacéutico dependiente - 17. Objetivos del servicio farmacéutico:
Promover y propiciar estilos de vida saludables.
2. Prevenir factores de riesgo derivados del uso inadecuado de medicamentos y dispositivos médicos y promover su uso adecuado.
3. Suministrar los medicamentos y dispositivos médicos e informar a los pacientes sobre su uso adecuado.
4. Ofrecer atención farmacéutica a los pacientes y realizar con el equipo de salud, todas las intervenciones relacionadas con los medicamentos y dispositivos médicos necesarias para el cumplimiento de su finalidad. - 18. Funciones del servicio farmacéutico
- Participar en la creación y desarrollo de programas relacionados con los medicamentos y dispositivos médicos, especialmente los programas de farmacovigilancia, uso de antibióticos y uso adecuado de medicamentos.
- 19. Realizar o participar en estudios relacionados con medicamentos y dispositivos médicos, que conlleven el desarrollo de sus objetivos, especialmente aquellos relacionados con la farmacia clínica.
- 20. Obtener y difundir información sobre medicamentos y dispositivos médicos, especialmente, informar y educar a los miembros del grupo de salud, el paciente y la comunidad sobre el uso adecuado de los mismos.
- 21. Desarrollar y aplicar mecanismos para asegurar la conservación de los bienes de la organización y del Estado, así como, el Sistema de Gestión de la Calidad de los procesos, procedimientos y servicios ofrecidos.
- 22. Participar en los Comités de Farmacia y Terapéutica, de Infecciones y de Bioética, de la institución.
- Funciones del servicio farmacéutico
- Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar los servicios relacionados con los medicamentos y dispositivos médicos ofrecidos a los pacientes y a la comunidad en general.
- 23. Promover estilos de vida saludables y el uso adecuado de los medicamentos y dispositivos médicos.
- 24. Seleccionar, adquirir, recepcionar y almacenar, distribuir y dispensar medicamentos y dispositivos médicos.
- 25. Realizar preparaciones, mezclas, adecuación y ajuste de concentraciones de dosis de medicamentos, sujeto al cumplimiento de las Buenas Prácticas de Manufactura exigidas para tal fin.
- 26. Ofrecer la atención farmacéutica a los pacientes que la requieran.
- Requisitos generales del Servicio farmacéutico (Decreto 2200 de 2005, art. 8º)
INFRAESTRUCTURA: Disponer de una infraestructura física de acuerdo con su grado de complejidad, número de actividades y/o procesos que se realicen y personas que laboren.
DOTACIÓN: Contar con una dotación, constituida por equipos, instrumentos, bibliografía y materiales necesarios para el cumplimiento de los objetivos de las actividades y/o procesos que se realizan en cada una de sus áreas.
RECURSO HUMANO: Disponer de un recurso humano idóneo para el cumplimiento de las actividades y/o procesos que realice. - 27. DECRETO 2200DE 2005
CAPITULO III. DE LOS PROCESOS DEL SERVICIO FARMACÉUTICO
Artículo 15. Procesos del servicio farmacéutico.
CAPITULO IV. DE LA PRESCRIPCIÓN DE LOS MEDICAMENTOS
Artículo 16. Características de la prescripción.
Artículo 17. Contenido de la prescripción.
CAPITULO V. DE LA DISTRIBUCIÓN Y DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS
Artículo 18. Distribución de medicamentos.
Artículo 19. Obligaciones del dispensador.
Artículo 20. Prohibiciones del dispensador.
Artículo 21. Medicamentos de control especial. - 28. Procesos del servicio farmacéutico art. 15
GENERALES- Selección
- 29. Adquisición
- 30. Almacenamiento
- 31. Distribución
- 32. Dispensación
- 33. Participación en grupos
- 34. Información y educación
- 35. Destrucción o desnaturalización
- Procesos del servicio farmacéutico art. 15
ESPECIALES- Atención farmacéutica
- 36. Fármaco-vigilancia
- 37. Nutriciones parenterales
- 38. Mezcla de m. oncológicos
- 39. Adecuación y ajuste de concentraciones
- 40. Participación en programas Investigaciones sobre: demanda insatisfecha, etc.
- 41. Monitorización de medicamentos Radio fármacos
- 42. Donaciones
- DECRETO 2200DE 2005
CAPITULO VI. DEL COMITÉ DE FARMACIA Y TERAPÉUTICA
Artículo 22. Comité de Farmacia y Terapéutica.
Artículo 23. Funciones del Comité de Farmacia y Terapéutica.
CAPITULO VII. DE LA INFORMACIÓN DE MEDICAMENTOS
Artículo 24. Información.
Artículo 25. Fuentes de información.
CAPITULO VIII. DE LA INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DEL SERVICIO FARMACÉUTICO
Artículo 26. Inspección vigilancia y control. - 43. DECRETO 2200DE 2005
ORGANISMOS DE CONTROL- Entidades territoriales de salud.
- 44. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA.
- 45. Superintendencia Nacional de Salud.
- DECRETO 2330 DE 2006
Artículo 1°. Modificase el artículo 3° del Decreto 2200 de 2005; en el siguiente aspecto:
La definición de “Preparación Magistral”, quedará así:
“Preparación magistral. Es el preparado o producto farmacéutico para atender una prescripción médica, de un paciente individual, que requiere de algún tipo de intervención técnica de variada complejidad. La preparación magistral debe ser de dispensación inmediata”. - 46. DECRETO 2330 DE 2006
Artículo 2°. Modificase el numeral 1 del artículo 11 del Decreto 2200 de 2005, el cual quedará así:
“1. Farmacias-droguerías. Estos establecimientos se someterán a los procesos de:
a) Recepción y almacenamiento;
b) Dispensación;
c) Preparaciones magistrales.
Artículo 3°. Derógase el parágrafo 4° del artículo 11 del Decreto 2200 de 2005.
Artículo 4°. Modificase el artículo 14 del Decreto 2200 de 2005, el cual quedará así:
“Artículo 14. Modelo de gestión. Créase el Modelo de Gestión del servicio farmacéutico, como el conjunto de condiciones esenciales, técnicas de planeación y gestión del servicio, procedimientos para cada uno de los procesos del servicio farmacéutico y la elaboración de guías para actividades críticas. - 47. DECRETO 2330 DE 2006
Artículo 5°. Procedimiento de inyectología en farmacias-droguerías y droguerías. Las farmacias-droguerías y droguerías podrán ofrecer al público el procedimiento de inyectología, en las condiciones siguientes:- Infraestructura y dotación.
- 48. Recurso humano.
- 49. Normas de procedimientos.
- 50. Prohibiciones.
- 51. Solicitud de la prescripción médica.
- DECRETO 2330 DE 2006
ART.6 Procedimiento de monitoreo de glicemia con equipo por punción.
siempre y cuando el director técnico sea químico farmacéutico o el tecnólogo en regencia de farmacia y que se cumpla con las condiciones siguientes:- Infraestructura y dotación.
- 52. Recurso humano.
- 53. Normas de procedimientos.
- 54. Prohibiciones.
- DECRETO 2330 DE 2006
Artículo 7°. Vigilancia y control.
La vigilancia y control sobre los procedimientos referidos en los artículos 5° y 6°, corresponderán a las entidades territoriales de salud que hayan autorizado a dichos establecimientos farmacéuticos a la práctica de los mencionados procedimientos.
Artículo 8°. Vigencia y derogatorias.
El presente decreto rige a partir de la fecha de publicación y modifica en lo pertinente los artículos 3°, 11, y 14 del Decreto 2200 de 2005 y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias. - 55. RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007
Por la cual se determina el Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico, se
adopta el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos y se dictan otras disposiciones.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
La presente resolución tiene por objeto determinar los criterios administrativos y técnicos generales del Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico y adoptar el Manual de condiciones esenciales y procedimientos del Servicio Farmacéutico.
Los laboratorios farmacéuticos se someterán a las disposiciones contenidas en la presente resolución en relación con las actividades y/o procesos de transporte, distribución y la entrega física en la cadena de los medicamentos y dispositivos médicos. - 56. RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007
se aplicarán a las Agencias de Especialidades Farmacéuticas, Depósitos de Drogas, Farmacia-Droguería, Droguería, establecimientos farmacéuticos de que trata el inciso primero del parágrafo quinto del artículo 11 del Decreto 2200 de 2005, almacenes de cadena o de grandes superficies.
La inspección, vigilancia y control de los establecimientos farmacéuticos y servicios farmacéuticos de las instituciones prestadoras de servicios de salud estarán a cargo de las entidades territoriales de salud. - 57. RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007
CAPÍTULO II SERVICIO FARMACÉUTICO
En desarrollo del artículo 6° del Decreto 2200 de 2005, el servicio farmacéutico tendrá como objetivos primordiales los siguientes:
1. Promoción. Promover y propiciar estilos de vida saludables y el uso adecuado de medicamentos y dispositivos médicos.
2. Prevención. Prevenir factores de riesgo derivados del uso inadecuado de medicamentos y dispositivos médicos, así como los problemas relacionados con su uso.
3. Suministro. Suministrar los medicamentos y dispositivos médicos e informar a los pacientes sobre su uso adecuado.
4. Atención farmacéutica. Ofrecer atención farmacéutica a los pacientes que la
requieren, realizando las intervenciones necesarias para el cumplimiento de la
farmacoterapia prescrita por el facultativo. - 58. RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007
ARTÍCULO 4°.PRINCIPIOS.
Accesibilidad.
Conservación de la calidad.
Continuidad.
Eficacia.
Eficiencia.
Humanización.
Imparcialidad.
Integralidad.
Investigación y desarrollo.
Oportunidad.
Promoción del uso adecuado.
Seguridad. - 59. RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007 PROBLEMAS RELACIONADOS CON MEDICAMENTOS (PRM) Es cualquier suceso indeseable experimentado por el paciente que se asocia o se sospecha asociado a una terapia realizada con medicamentos y que interfiere o potencialmente puede interferir con el resultado deseado para el paciente .PROBLEMAS RELACIONADOS CON LA UTILIZACIÓN DE MEDICAMENTOS (PRUM). Corresponden a causas prevenibles de problemas relacionados con medicamentos, asociados a errores de medicación (prescripción, dispensación, administración o uso por parte del paciente o cuidador), incluyendo los fallos en el Sistema de Suministro de Medicamentos, relacionados principalmente a la ausencia en los servicios de procesos administrativos y técnicos existencia de medicamentos que realmente se necesiten, acompañados de las características de efectividad, seguridad, calidad de la información y educación necesaria para su utilización correcta.
- 60. RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007 ARTÍCULO 5º.FUNCIONES.Administrativa.
- 61. Promoción, Prevención, Suministro.
- 62. Elaboración y adecuación
- 63. Atención farmacéutica.
- 64. Participación en programas.
- 65. Investigación, Información.
- 66. Vigilancia de recursos y verificación de cumplimiento de actividades.
- 67. Participación en comités.
- RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007 ARTÍCULO 6º.CLASIFICACIÓN Servicio farmacéutico dependiente. Servicio farmacéutico independiente. ARTÍCULO 7°.GRADOS DE COMPLEJIDAD. Servicio farmacéutico de baja complejidad. Realizará básicamente los procesos siguientes: a) Selección de medicamentos y dispositivos médicos. b) Adquisición de medicamentos y dispositivos médicos. c) Recepción y almacenamiento de medicamentos y dispositivos médicos. d) Distribución de medicamentos y dispositivos médicos. e) Dispensación de medicamentos. f) Participación en grupos interdisciplinarios. g) Información y educación al paciente y la comunidad sobre el uso adecuado de medicamentos y dispositivos médicos. h) Destrucción o desnaturalización de medicamentos. RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007 Servicio farmacéutico de mediana y alta complejidad. Además de las actividades y/o procesos del servicio farmacéutico de baja complejidad, realizará los procesos siguientes: a) Atención farmacéutica. b) Preparaciones magistrales. c) Mezclas de nutrición parenteral. d) Mezclas y/o adecuación y ajuste de concentraciones de medicamentos oncológicos. e) Adecuación y ajuste de concentraciones para cumplir con las dosis prescritas. f) Reempaque y/o reenvase de medicamentos dentro del Sistema de Distribución de Medicamentos en Dosis Unitaria, para pacientes hospitalizados y/o ambulatorios en casos especiales. g) Preparaciones extemporáneas. h) Control, dispensación y distribución de radiofármacos. i) Investigación clínica. j) Realización o participación en estudios sobre Fármaco epidemiología, uso de antibióticos, farmacia clínica y cualquier tema relacionado de interés para el paciente, el servicio farmacéutico, las autoridades del sector y la comunidad. RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007 ARTÍCULO 8º. SERVICIOS FARMACÉUTICOS DE LAS INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD Y ESTABLECIMIENTOS FARMACÉUTICOS. La presente resolución y el manual que adopta, contiene las Buenas Prácticas de abastecimiento a que se hace referencia en diferentes normas nacionales. La mención que se hace en distintas normas nacionales sobre Buenas Prácticas de Manufactura, en relación con los procesos del servicio farmacéutico reglamentados en la presente resolución y el manual que adopta, se entenderá referida a las Buenas Prácticas de Elaboración del respectivo proceso, debiendo aplicarse las disposiciones que los regulen. RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007 ARTÍCULO 9º. BUENAS PRÁCTICAS DEL SERVICIO FARMACÉUTICO. Conjunto de normas, procesos, procedimientos, recursos, mecanismos de control y documentación, de carácter técnico y/o administrativo, que aseguren el cumplimiento del objeto de la actividad o el proceso respectivo. ARTÍCULO 10. PROTOCOLOS PARA LAS PREPARACIONES MAGISTRALES Y OTRAS ACTIVIDADES DEL SERVICIO FARMACÉUTICO.1. Interpretación de la orden médica y cálculo de cantidades.2. Limpieza y desinfección de áreas.3. Desinfección personal.4. Ingreso a las áreas.5. Estabilidad de los medicamentos sometidos a adecuación y mezcla. 6. Elaboración de preparaciones magistrales.7. Contaminación accidental.8. Control fisicoquímico y microbiano. RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007 9. Uso, calibración, desinfección y mantenimiento de equipos.10.Recepción y almacenamiento, re empaque, distribución de materias primas y material de acondicionamiento.11.Manejo de residuos />ARTÍCULO 11. ELABORACIÓN Y CONTENIDO DE LOS PROTOCOLOS. Los protocolos a que se refiere el artículo 10 de la presente resolución, se elaborarán de acuerdo con la literatura científica disponible y aceptada internacionalmente, bajo lineamientos generales de las farmacopeas oficialmente adoptadas en Colombia y teniendo en cuenta la normatividad nacional cuando resulte aplicable. RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007 CAPÍTULO III. DISTRIBUCIÓN FÍSICA Y SISTEMA DE DOSIS UNITARIA DE MEDICAMENTOS ARTÍCULO 12. DISTRIBUCIÓN FÍSICA DE MEDICAMENTOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS. ARTÍCULO 13. IMPLEMENTACIÓN OBLIGATORIA DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE MEDICAMENTOS EN DOSIS UNITARIA. ARTÍCULO 14. PROTOCOLO PARA LA DISTRIBUCIÓN DE MEDICAMENTOS MEDIANTE EL SISTEMA DE DOSIS UNITARIA. ARTÍCULO 15. PROTOCOLO PARA EL REEMPAQUE Y REENVASE DE MEDICAMENTOS A TRAVÉS DEL SISTEMA DE DOSIS UNITARIA.
RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007 CAPÍTULO IV SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD ARTÍCULO 17. SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD. ARTÍCULO 18. EVALUACIÓN DEL SERVICIO. El Servicio Farmacéutico evaluará como mínimo los siguientes aspectos: 1. Eficiencia. Si el servicio se realizó de acuerdo a la mejor relación costo resultado. 2. Eficacia. Si los resultados previstos fueron alcanzados en términos de cantidad y calidad. 3. Efectividad. Si los resultados fueron congruentes con las demandas, apoyos y necesidades de los usuarios. El servicio farmacéutico dispondrá básicamente de los siguientes indicadores de gestión: de la calidad técnica, de costo, de servicio, del recurso humano y de seguridad. ARTÍCULO 19. MECANISMOS DE AJUSTE DEL SERVICIO FARMACÉUTICO. RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007 CAPÍTULO V. SISTEMA DE INFORMACIÓN ARTÍCULO 20. SISTEMA DE INFORMACIÓN INSTITUCIONAL SOBRE MEDICAMENTOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS. El Sistema de Información Institucional del Servicio Farmacéutico estará bajo la responsabilidad del director de dicho servicio. La información debe ser oportuna, completa, veraz y de calidad, sustentada en evidencia científica comprobable, obtenida de sus propias fuentes o de fuentes científicas reconocidas y permitirá la comunicación con los demás servicios de la institución, Sistema Institucional de Salud, Sistema Integral de Información en Salud y Sistema General de Información Administrativa. El servicio farmacéutico ofrecerá la información generalmente por escrito y con la firma del responsable de la misma. RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007 ARTÍCULO 21.CONTENIDO DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE INFORMACIÓN SOBRE MEDICAMENTOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS. Misión, visión, objetivos y funciones del servicio farmacéutico.2. La organización del servicio farmacéutico, señalando su estructura, dirección y ubicación en la institución.3. Existencia, conformación, funciones y manera de acceder a los comités, en los que de conformidad con las disposiciones vigentes resulte dable participar.4. Representación del Ministerio de la Protección Social y señalamiento de las divisiones administrativas relacionadas con los medicamentos y dispositivos medicamentos 5. Desempeño del servicio farmacéutico y criterios para su evaluación.6. Prestaciones ofrecidas por el servicio farmacéutico institucional y la manera de acceder a ellas.7. Organismos de control interno y externos del servicio farmacéutico.
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