EL FIDEICOMISO
Enviado por WENCORA • 14 de Noviembre de 2011 • 1.562 Palabras (7 Páginas) • 1.963 Visitas
EL FIDEICOMISO
PERSONAS QUE INTEVIENEN EN EL CONTRATO
1. FIDEICOMITENTE.- ES QUIEN ESTABLECE LOS FINES DEL FIDEICOMISO Y AL MISMO TIEMPO DESTINA PARA SU CABAL CUMPLIMIENTO LOS BIENES NECESARIOS. PUEDE SER EL BENEFICIARIO, SEA EN LA REVERSION DEL DOMINIO, O CON LA PERCEPCION DE LA RENTA O CON AMBOS BENEFICIOS INTEGRADOS.
NOTA: AL FIDEICOMISO LE ES APLICABLE TODO EL REGIMEN DE LOS ACTOS DE DOMINIO, ELLO A SU VEZ, TRAE APAREJADO, POR EJEMPLO, EN TODO CASO DE REPRESENTACION LEGAL “PATRIA POTESTAD, TUTOR O CURADOR, DEL REPRESENTANTE DEL AUSENTE, ETC” REQUIEREN DE AUTORIZACION JUDICIAL PARA FIDEICOMITIR UN BIEN INMUEBLE PROPIEDAD DE SU REPRESENTADO.
2. FIDUCIARIO O INSTITUCION FIDUCIARIA.- ES A QUIEN SE TRANSMITE LA PROPIEDAD DE LOS BIENES Y SE ENCARGA DE DAR CUMPLIMIENTO AL FIDEICOMISO. EL FIDUCIARIO NO PUEDE SER EL BENEFICIARIO DE LA TRANSMISION POSTERIOR DEL BIEN NI DE LAS RENTAS QUE PRODUZCA LA ADMINISTRACION. LA LEY EN SU ART 346 PRESENTA AL FIDUCIARIO COMO EL ENCOMENDERO DEL FIDEICOMITENTE.
3. FIDEICOMISARIO O BENEFICIARIO.- ES QUIEN RECIBE EL PROVECHO QUE EL FIDEICOMISO IMPLICA.
PUEDEN SER FIDEICOMISARIOS LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS QUE TENGAN LA CAPACIDAD NECESARIA PARA RECIBIR EL PROVECHO.
EL FIDEICOMISO ES UNO DE LOS ACTOS JURIDICOS QUE PUEDEN REALIZAR LAS INSTITUCIONES DE CREDITO.
DADA LA RELEVANCIA QUE HA ALCANZADO EN LA PRÁCTICA BANCARIA MEXICANA
EL FIDEICOMISO SE HA UTILIZADO PARA LOGRAR MUY DIVERSOS FINES: GARANTIZAR OBLIGACIONES, TRASLADAR BIENES, AUN POR CAUSA DE MUERTE, EVITANDO ASI EL JUICIO SUCESORIO, ADMINISTRAR INMUEBLES, EMITIR CERTIFICADOS DE PARTICIPACION, REALIZAR PLANES DE PENSIONES, FOMENTAR LA ACTIVIDAD ECONOMICA DE DETERMINADOS SECTORES EN EL PAIS.
ANTECEDENTES
EN 1932 LA LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO REGULO POR PRIMERA VEZ, EN EL PLANO MUNDIAL EL FIDEICOMISO EN FORMA ÍNTEGRA.
ACTUALMENTE EL REGIMEN JURIDICO DE LOS FIDEICOMISOS MEXICANOS SE SUSTENTA PRINCIPALMENTE EN LOS ORDENAMIENTOS SIGUIENTES:
• LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO
• LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO (SUPLETORIA DE LA LIC)
• LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA FEDERAL
• LEY FEDERAL DE ENTIDADES PARAESTATALES
• REGLAMENTO DE LA LEY DE INVERSIONES EXTRANJERAS (EN CASO DE INVERSION EXTRANJERA)
• LEY DE MERCADO DE VALORES
• REGLAS GENERALES QUE EMITA EL BANCO DE MEXICO
• EXISTEN OTROS ORDENAMIENTOS APLICABLES AL FIDEICOMISO
• LEY DEL BANCO DE MEXICO
• LAS LEYES ORGANICAS DE LAS SOCIEDADES NACIONALES DE CREDITO Y LA LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PUBLICO.
• ARTICULOS 77 A 85 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO, REFERENTE A LOS SERVICIOS QUE PUEDEN PRESTAR LOS BANCOS.
NATURALEZA JURIDICA DEL FIDEICOMISO
HAY QUIENES LO CONSIDERAN:
UN NEGOCIO JURIDICO
UN NEGOCIO JURIDICO FIDUCIARIO
UNA DECLARACION UNILATERAL DE VOLUNTAD
ALGUNOS LO CONSIDERAN UN NEGOCIO JURIDICO POR QUE IMPLICA LA REALIZACION DE ACTOS CUYAS CONSECUENCIAS SON DESEADAS POR QUIENES PARTICIPARON EN EL, PERO ADEMAS LAS PARTES PUEDEN INTERVENIR CON UN MARGEN MUY AMPLIO DE LIBERTAD EN EL DISEÑO, EN LAS CARACTERISTICAS Y LAS CONSECUENCIAS DEL PROPIO ACTO.
PARA OTRO SECTOR, EL FIDEICOMISO ES UN NEGOCIO JURIDICO, PERO CON LA CARACTERISTICA ESPECIFICA DE QUE EXISTIE UN PATRIMONIO AUTONOMO O DE AFECTACION, DESTINADO EN FORMA EXLUSIVA AL CUMPLIMIENTO DE LA FINALIDAD PACTADA (NEGOCIO JURIDICO FIDUCIARIO)
POR ULTIMO, OTROS AUTORES DEL FIDEICOMISO EN MUCHOS CASOS ES SIMPLEMENTE UNA DECLARACION UNILATERAL DE VOLUNTAD, EN EL SENTIDO DE DISPONER CIERTOS BIENES MATERIALES O DERECHOS DE LOS QUE ES TITULAR (PATRIMONIO FIDEI COMITIDO) A EFECTO DE QUE EXISTA EL FIDEICOMISO.
EN SUMA EL FIDEICOMISO ES TAN FLEXIBLE QUE PUEDE SER CONSTITUIDO YA SEA MEDIANTE UN CONTRATO, UN DECRETO O LEY DEL PODER PUBLICO O INCLUSO DE UNA DECLARACION UNILATERAL DE LA VOLUNTAD.
CARACTERISTICAS DEL FIDEICOMISO
ESTRUCTURA GENERAL
CUANDO EL FIDEICOMISO SE FORMA POR CONTRATO SU ESTRUCTURA TIPICA ES LA SIGUIENTE:
LA EXISTENCIA DE UN FIDEICOMITENTE QUE DESTINE CIERTOS BIENES O DERECHOS (PATRIMONIO FIDEICOMITIDO) A UN BIEN LICITO DETERMINADO.
LA CELEBRACION DE UN CONTRATO ESCRITO ENTRE EL FIDEICOMITENTE Y EL FIDUCIARIO.
LA EXISTENCIA DE UN PATRIMONIO AUTONOMO, QUE ES UN PATRIMONIO DESTINADO A UN FIN LICITO, RESPECTO DEL CUAL EL FIDUCIARIO SE COMPORTA COMO TITULAR PAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS FINES DEL CONTRATO.
LA DESIGNACION DE BENEFICIARIOS, QUE RECIBEN EL NOMBRE DE FIDEICOMISARIOS AUNQUE DICHA DESIGNACION NO ES UN REQUISITO ESENCIAL.
SUJETOS DEL FIDEICOMISO
EL FIDEICOMITENTE
EL FIDEICOMITENTE ES LA PERSONA QUE, RESPECTO DEL FIDEICOMISO, DESTINA CIERTOS BIENES O DERECHOS A UN FIN LICITO DETERMINADO.
LA LEY ESTABLECE QUE SOLO PUEDEN SER FIDEICOMITENTES:
LAS PERSONAS FISICAS O MORALES QUE TENGAN LA CAPACIDAD NECESARIA PAR HACER LA AFECTACION DE BIENES QUE EL FIDEICOMISO IMPLICA.
LAS AUTORIDADES JUDICIALES O ADMINISTRTIVAS COMPETENTES CUANDO SE TRATA DE BIENES CUYA GUARDA, CONSERVACION, ADMINISTRACION, LIQUIDACION, REPARTO O ENAJENACION CONRRESPONDE A DICHAS AUTORIDADES O A LAS PERSONAS QUE ESTAS DESIGNEN.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL FIDEICOMITENTE
DERECHOS
QUE SE LE REVIERTAN LOS BIENES AL FINALIZAR EL FIDEICOMISO.
DAR CARÁCTER REVOCABLE AL FIDEICOMISO
DESIGNAR FIDUCIARIO, SI NO LO HACE PODRA HACERLO EL FIDEICOMISARIO EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL LUGAR DONDE ESTUVIEREN UBICADOS LOS BIENES.
DESIGNAR A LOS FIDEICOMISARIOS
RESERVARSE DETERMINADOS DERECHOS
DESIGNAR A LOS MIEMBROS DEL COMITÉ TECNICO
ESTABLECER DERECHOS A SU FAVOR MEDIANTE LA RESERVA QUE SE HAGA DE LOS MISMOS.
OBLIGACIONES
TRANSMITIR LA PROPIEDAD DE LOS BIENES O CEDER LOS DERECHOS RESPECTIVOS.
PAGAR
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