EL NUEVO PROCEDIMIENTO ACUSATORIO ADVERSARIAL
Enviado por RIOC • 11 de Noviembre de 2017 • Ensayo • 8.108 Palabras (33 Páginas) • 273 Visitas
Índice.
Introducción.
Retos a enfrentar en la fase de investigación del sistema o procedimiento acusatorio adversarial.
Sistema acusatorio adversarial o juicio oral --------------- 2
Retos a los cuales se enfrenta el sistema acusatorio
Adversarial --------------------------------------------------------- 4
Retos interesantes para la SCJN debido a la reforma
Constitucional en materia de impartición de justicia ---- 13
Conclusión.
Bibliografía.
Introducción.
Las nuevas modalidades de llevar a cabo el Derecho Procesal Penal en nuestro país se ha reformado, se han modificado artículos que nos indican el proceso que se llevara a cabo y los retos a enfrentar en estos nuevos cambios.
El trabajo que se presenta a continuación se centra en la metodología de investigación documental, está basado en la obra del reconocido autor Jesús Zamora Pierce de su libro Justicia Alternativa en Materia Penal, obra que pertenece al acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, se agregan materiales de interés encontrados en la página de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación, publicaciones con la participación de la Sra. MINISTRA OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS, el presente trabajo está dividido en tres temas, cada uno con su debida importancia, el objeto de la investigación se basa en estudiar a fondo los retos a los cuales se enfrenta el proceso acusatorio adversarial en su implementación, las ventajas y desventajas, así como también convertir las posibles debilidades en grandes fortalezas, cabe mencionar que cuando algo nuevo surge y se realiza su implementación surgen nuevas adversidades, cada tema nos la oportunidad de extender los conocimientos en la materia, y consigue en el lector cree, estructure su propio criterio del tema.
RETOS A ENFRENTAR EN LA FASE DE INVESTIGACION DEL SISTEMA O PROCEDIMIENTO ACUSATORIO ADVERSARIAL.
SISTEMA ACUSATORIO ADVERSARIAL O JUICIO ORAL.
El sistema acusatorio adversarial también conocido como juicio oral, es el proceso que da las bases necesarias para tener un sistema procesal oral acusatorio, en este se busca explicar y tratar de defender en todo momento la presunción de inocencia del imputado.
Por decreto publicado en el Diario Oficial del 18 de Junio de 2008 se reformaron varios artículos, dichos cambios afectan en diversos aspectos de la justicia penal mexicana, se califica como la modificación más profunda a nuestro derecho procesal penal en toda su historia. [1]
El proceso penal será acusatorio y oral, se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.
Es importante señalar, que el procedimiento ya respondía al principio acusatorio este equivale a decir que consagraba también el de contradicción, por cuanto este debe de entenderse como el respeto del derecho de defensa. La contradicción busca el equilibrio de las partes acusadora y defensora. Ambas deben poder, en igualdad de condiciones, estar presentes en los actos procesales, participar en ellos, ofrecer pruebas y alegar sobre lo probado.
También explica que ya antes de ser reformada la Constitución, se consagro desde 1917, por lo que responde al principio de publicidad, al mencionar que el inculpado será juzgado en una audiencia pública, esta garantía destinada a terminar con el secreto de los procedimientos penales, ha sido generalmente aplicada por nuestros tribunales, permitiendo que asistan a la audiencia todos aquellos que lo deseen, incluyendo los representantes de los medios de difusión.
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El principio de inmediación exige que el juzgador esté presente en el desarrollo de las audiencias, que las dirija personalmente, que reciba en forma directa las pruebas y que escuche los alegatos, cabe aclarar que en el Código Federal de Procedimientos Penales, en su artículo 16 consagraba este principio con anterioridad a la reforma constitucional del 2008.[2]
Seguiremos hablando de los principios del juicio oral, tal es el caso del principio de la oralidad, que consiste que las partes en el proceso hagan sus manifestaciones y formulen sus alegatos en forma verbal, pero estas manifestaciones deben de quedar
sustentadas de manera escrita dado lo contrario los jueces no contaran con la materia que les permitirá motivar sus resoluciones.
Los principios de concentración y continuidad buscan que los actos procesales se reúnan en una sola audiencia que se continúe desde su principio hasta el dictado de la sentencia en su interrupción. El sentido común nos indica que la audiencia deberá, forzosa y necesariamente, interrumpirse para permitir a quienes en ella participan.
Nuestro autor, acentúa que estos principios como el acusatorio, de publicidad, contradicción e inmediación, ya eran conocidos por nuestro derecho, y si el mismo no prohibía la oralidad, la concentración y la continuidad, con lo cual estos principios, con o sin reforma constitucional, podrían haber sido adoptados por nuestros códigos procesales, cabe preguntarse si era necesaria la reforma.
La respuesta es que la “reforma no era necesaria” así nos dice, el autor, y que solo se explica cómo obligada consecuencia de que cada estado de la Republica tiene su propio código de procedimientos penales; luego entonces, si se desea hacer reformas legislativas que impacten en toda la República, debe en principio reformarse la Constitución.[3]
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RETOS A LOS CUALES SE ENFRENTA EL SISTEMA ACUSATORIO ADVERSARIAL.
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