Los contratos de trabajo.
Enviado por DavId ALjandro MaLdonado • 25 de Septiembre de 2016 • Resumen • 1.592 Palabras (7 Páginas) • 218 Visitas
Empleador: se puede tratar tanto de un ente o de una persona natural que están en la faculta de dar un empleo a un trabajador para que cumpla ciertas condiciones patadas.
Trabajador: se le denomina trabajador a la persona natural que brinda un servicio tanto físico como mental por la cual es remunerado por un ente u otra persona por los servicios especificados en un contrato.
Contrato: El Contrato es un acta por la cual las parte están obligada a cumplir ciertas funciones que se estipulan es esta, los contratos pueden ser tanto verbal como escrito en la que debe existir ciertos elementos mínimos como lo son la actividad personal, la remuneración y la subordinación.
Clases de contrato
Contrato de trabajo verbal: verbal es aquel en el que no existe ningún documento escrito que contenga las condiciones pactadas verbalmente entre el empleador y el trabajador, este contrato tiene varias características:
1 La índole del trabajo y el sitio en donde ha de realizarse.
Establecer claramente el tipo de labor que va a desarrollar y de igual manera definir desde un principio el sitio donde se prestará el servicio.
2. la remuneración y la periodiza de esta
De cuánto será la remuneración y los periodos en los que se paga
3. La duración del contrato
Es cierto que por regla general el contrato verbal es indefinido, la forma de ponerle una duración es cuando claramente sea para el cumplimiento de una tarea específica, ocasional y corta.
Contrato de trabajo escrito: todo lo que se acuerde debe quedar contenido en un documento, documento que aparte de la firma de trabajador y empleador, no requiere formalidad alguna para su validez, por lo que constituirá prueba por sí sólo para cualquiera de las partes este tiene que tener ciertas características como:
Quien es el jefe o para quien se trabaja:
Es la persona que da las ordenes al trabajador o quien dirige la empresa en caso de que existan jefes de secciones.
El periodo de prueba:
periodo en el cual se pone a prueba las actitudes del trabajador y si este esta acto para el puesto esta no debe durar más del 20% por cierto del tiempo que se pacte en el contrato.
El salario integral:
El salario que le pagaran por la actividad que labore que debe ser igual o mayor al mínimo permitido.
Tiempo del contrato:
Comúnmente los contratos escritos tienen una duración estipulada pero esto también puede ser indefinidos, también por una obra labor u ocasional.
Tipos de contratos:
Término fijo
Como su nombre lo indica, es aquel contrato que nace con una fecha definida de defunción. Desde que se firma el contrato de trabajo se acuerda que ese contrato terminará en una fecha que se ha consignado en el contrato, aunque ello no impide que el contrato sea renovado, ya sea formalmente o automáticamente si se cumplen los preceptos legales para ello. Que no se informe que no se renovará el contrato con tiempo al trabajador.
Términos específicos del contrato:
- Si ninguna de las 2 parte no avisa con un mes de anticipación la no renovación del contrato este será renovado por la misma cantidad de tiempo
- Después de prórrogas de un contrato con una duración menor a un año este pasara a ser anual.
- En caso de que ya no se quiera seguir con el contrato y este termine no se tiene que pagar liquidación.
- Pero en cambio de que no se debe liquidar al trabajador
- Debe ser escrito
Término indefinido
Es el contrato de trabajo que se firma sin acordar o fijar una fecha de terminación. El contrato se extenderá tanto como las partes lo consideren. Por supuesto en este tipo de contrato no cabe la renovación, por cuanto su duración es infinita hasta que una de las partes decida ponerle punto final.
Términos específicos del contrato:
- La duración indefinida del contrato de trabajo se puede pactar de forma expresa en el contrato, o se puede inferir si no se pacta ninguna duración.
- Se puede terminar por decisión voluntaria del trabajador, o por decisión voluntaria del empleador ya sea justificada o no.
- De ser injustificadamente habrá que pagar la respectiva liquidación.
- También se puede terminar en caso de que llegue a la edad de indemnización.
- Puede ser tanto oral como escrito
Contrato de obra o labor
La duración del contrato de obra o labor será el tiempo necesario para culminar una obra o labor. Es una forma de contrato a término fijo, pero la terminación no está dada por fechas sino por el tiempo necesario para terminar la obra o labor contratada.
Términos específicos del contrato:
- Ester contrato debe tener un duración fija y esta no puede ser indefinida
- Una actividad indefinida no puede ser un contrato de obra o labor al poner predecir el fin de esta actividad.
- En caso de que se despida por injusta causa al trabajador este debe ser liquidado por lo que hubiera ganado en los días faltante o por lo que falte de la obra
- Este contrato se puede renovar con el fin de terminar la razón del contrato, pero este no será renovado automáticamente ya que al terminar el trabajo se dará por terminado
- Debe ser escrito.
Contrato ocasional, accidental o transitorio
En realidad es el mismo contrato de trabajo a término fijo, pero el origen de ese contrato nace en la necesidad de cubrir una actividad temporal, transitoria, accidental, como puede ser el reemplazo de un trabajador que se fue a vacaciones, o una empleada que goza de una licencia de maternidad, o para hacer un trabajo temporal en la empresa como tal vez acompañar una auditoría externa que se realizará por un determinado tiempo.
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