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Negociar Colectivamente


Enviado por   •  8 de Mayo de 2013  •  2.121 Palabras (9 Páginas)  •  395 Visitas

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menor de dos (2) años, sin perjuicio de que la convención preveacláusulas revisables en períodos menores.En suma, el Convenio Colectivo debe respetar el derecho establecido en la Ley,atendiendo al principio de progresividad (Artículos 511 y 512 de la LOT). En tantotiene por objeto:1.- El establecimiento de condiciones uniformes de trabajo.2.- Busca estabilizar las relaciones entre trabajadores y patronos.

Fundamentos Normativos

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV). Artículos 95, 96y 97.Internacionales: Convenio Organización Internacional del Trabajo numero 98(artículo 4 “Deberán adoptarse medidas adecuadas a las condiciones nacionales,cuando ello sea necesario, para estimular y fomentar entre los empleadores, por una parte y las, y las organizaciones de trabajadores, por otra parte, el pleno desarrollo yuso de procedimientos de negociación voluntaria, con objeto de reglamentar, por medio de contratos colectivos, las condiciones de empleo).Legales: Ley Orgánica del Trabajo (LOT), Capítulo III artículo 469 en adelante.Ley del Estatuto de la Función Publica artículo 32.Reglamentario: Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo (RLOT), de 2006.

La obligación de negociar colectivamente

El contrato colectivo de trabajo está precedido y es resultado de una actividad denegociación colectivaentre las partes.La negociación colectiva es aquella que se celebra entre uno o varios sindicatos ofederaciones o confederaciones sindicales de trabajadores, de una parte y uno o varios patronos o sindicatos o asociaciones de patronos, de la otra, para establecer lascondiciones conforme a las cuales se debe prestar el trabajoy losderechosy obligacionesque correspondan a cada una de las partes.La negociación colectiva también puede definirse como el procedimiento que permite generar acuerdos y formalizar compromisos que den respuesta a los distintos

intereses de las partes, fijando formas equitativas para la distribución de las cargas y beneficios, y de los derechos y obligaciones.La LOT establece en su Artículo 514:El patrono estará obligado a negociar y celebrar una convencióncolectiva de trabajo con el sindicato que represente la mayoría absolutade los trabajadores bajo su dependencia. Si éstos realizan actividadescorrespondientes a profesiones diferentes, el sindicato profesional, paraejercer el derecho a que se refiere este artículo, deberá representar lamayoría absoluta de los trabajadores de la respectiva profesión.La negociación colectiva esta establecida en la CRBV en su artículo 96, y en elmismo se establece que todos los trabajadores del sector público y del privado tiene elderecho a la negociación colectiva voluntaria y a celebrar convenciones colectivas detrabajo, sin mas requisitos que los que establezca laley,el estado garantizara sudesarrolloy establecerá lo conducente para favorecer las relaciones colectivas y lasolución de losconflictoslaborales, estas convenciones, estas convencionescolectivas ampararán a todos los trabajadoresactivosal momento de su suscripción ya quienes ingresen con posterioridad.La LOT reitera la presencia del Estado en lo atinente a las relaciones colectivas detrabajo, lo cual es algo común enAméricaLatina, con el excepcional caso deUruguay, en donde estamateriatiene como peculiaridad resaltante elmercado abstencionismo legislativo. La LOT señala que las estipulaciones de la convencióncolectiva se convierten en cláusulas obligatorias y en parte integrante de loscontratos de trabajo celebrados o que se celebren durante su vigencia en el ámbito de laconvención, aun para aquellos trabajadores que no sean miembros delsindicatoquehaya suscrito la convención. Así como también dichas estipulaciones benefician atodos los trabajadores dela empresa, explotación o establecimiento, aun cuandoingresen con posterioridad a su celebración. Las partes podrán exceptuar de suaplicación a las personas a que se refieren los artículos 42 y 45 de la LOT y no benefician los representantes del patrono a quienes corresponde autorizar lacelebración de la convención y participan en su discusión.

Actores de la negociación colectiva: Ámbito de Aplicación

La potestad representativa para negociar un convenio colectivo viene delimitada por el ámbito de aplicación al que esté dirigido.11

Convenios de empresa.

Son interlocutores válidos el comité de empresa,delegados sindicales o representantes de los trabajadores. En el caso que el conveniosea de aplicación a toda la empresa, los representantes sindicales que negocien tienenque tener la mayoría de representación de los trabajadores y el acuerdo expreso derepresentación dado por los trabajadores.

Convenios de rango superior

. Negociarán sindicatos que tenganrepresentatividad reconocida a nivel estatal, autonómico o provincial. También podrán integrar la comisión negociadora las sindicatos que ostenten con un 10% derepresentantes dentro de los comités de empresa afectados y por parte de lasempresas, tendrán representación las asociaciones y organizaciones empresariales conrepresentación reconocida en el ámbito de aplicación o aquellas asociaciones quecuenten al menos con un 10% de empresas afiliadas a las que les sea de aplicación elconvenio.

LaNegociaciónColectiva de Nivel Centralizado.

Este favorece la negociaciónsectorial o de rama de actividad. En estos casos, negocian las federaciones o lossindicatosnacionales con las respectivasorganizacionesde empleadores de esos sectores. Su cobertura es mayor, abarcando a un conjunto de unidades productivas y aun número mucho más vasto de trabajadores.Estemodelode negociación se divide en:

Negociación a Nivel Nacional

. Este es el nivel mas alto de negociación queinvolucra a todas las centrales sindicales de un país negociando generalmente con lasconfederaciones empresariales y cuando es tripartito se involucra también alEstado.Esta se enmarca dentro de un modelo de negociaciónlaboral, sustentando en laconcentración social como instrumento para la definición de políticaslaborales. Estas pueden ser políticas deempleo, salariales, de formación profesional, deseguridad social, etc. Las negociaciones a este nivel acuerdan los grandes lineamientos queservirán de base para las negociaciones de menor nivel. La negociación colectiva anivel nacional se hace más viable en Estados democráticos con actores einstituciones sociales consolidadas.

Negociación Sectorial o por rama de actividad

. Tiene comoobjetivo definir, a través de acuerdo colectivo, las relaciones contractuales detrabajoentre lostrabajadores y empleadores de un determinado sector de laeconomía.En este caso participan, en representación de los trabajadores, federaciones de rama o sindicatosnacionales y en

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