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Normativa para experiencias educativas


Enviado por   •  11 de Junio de 2019  •  Apuntes  •  2.969 Palabras (12 Páginas)  •  118 Visitas

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UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

SEDE DE OCCIDENTE

CIUDAD UNIVERSITARIA CARLOS MONGE ALFARO

DEPARTAMENTO CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN

        

Normativa para las Experiencias Profesionales  y las Experiencias Educativas [1] 

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 1.- La presente normativa complementa los programas de los cursos de la Experiencia Profesional en los Bachilleratos en la Enseñanza de… y en Experiencia Educativa de los Bachilleratos en Educación Inicial y Educación Primaria, por lo tanto rige para las/los docentes practicantes y las/los profesores/profesoras universitarios pertenecientes a las carreras de Educación Inicial, Educación Preescolar con Concentración en Inglés, Educación Primaria, Educación Primaria con Concentración en Inglés y los Bachilleratos en la Enseñanza de los Estudios Sociales, Castellano y Literatura, Inglés, Matemática, Ciencias, Música y cualquier otro plan de estudios que en el futuro se imparta en la enseñanza de…. en la Sede de Occidente.

Artículo 2. Para efectos de esta normativa, se incluyen las siguientes definiciones:

  •  Experiencia Profesional o Experiencia Educativa

Es un curso que integra el componente teórico (seminario) y práctico, en donde el/la docente practicante se involucra e interactúa con una realidad educativa concreta de acuerdo con su formación académica. Consecuentemente, constituye un proceso de formación integral donde el/la docente practicante aplicará los conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y otros en la acción educativa. Dada la naturaleza de este curso, la asistencia tiene un carácter obligatorio, tanto en el seminario como en el   componente práctico.

  • Seminario de la Experiencia Profesional o Experiencia Educativa:

Consiste en un espacio dialógico de continua reflexión donde intervienen las/los docentes practicantes y la/el profesor (a) encargada (a) del seminario. Además, es un escenario abierto para la participación de los profesores(as) supervisores (as) del curso y especialistas en áreas fines.

Cada participante socializa las experiencias que emergen de la acción educativa y el total de experiencias facilitan un aprendizaje más significativo para todas las personas. En este curso se comparten las experiencias de los/las docentes practicantes y se atienden sus necesidades con el afán de fortalecer los procesos en la labor que desempeñan con el grupo a cargo. Por esta razón se conjugan actividades de diferente naturaleza que potencian al estudiante como persona y futuro profesional en el campo de la educación.

  • Componente práctico de la Experiencia Profesional o Experiencia Educativa:

Esta experiencia consiste en un proceso donde él o la estudiante se involucra con una sección o grupo de estudiantes de los diferentes centros educativos durante un lapso definido y se compromete responsablemente con la acción educativa. A su vez, está conformada por diferentes etapas, las cuales  se encuentran especificadas y detalladas gradualmente en cada uno de los  programas de curso, junto con   las funciones, actividades y tareas que debe cumplir a cabalidad cada docente practicante. En esta experiencia el apoyo del/la colaborador(a) y del/la supervisor(a) del componente práctico es imprescindible.

  • Docente  colaborador(a):

Educador(a) que labora en centros educativos del Ministerio de Educación Pública avaladas por el Consejo Superior de Educación en cualquiera de los diferentes niveles del sistema educativo: Educación Preescolar, I , II y III Ciclos de la Educación General Básica y Educación Diversificada (décimo y undécimo), que facilita un grupo o una sección  para que los/las docentes practicantes realicen su Experiencia Educativa.

  • Docente practicante  

Se refiere al estudiante universitario que cursa la Experiencia Profesional o Experiencia Educativa, luego de haber cumplido con los requisitos académicos conforme está consignado en el plan de estudios de su carrera: Bachillerato en Educación Inicial, Primaria y en la Enseñanza de…

  • Profesor(a)  supervisor(a):

Es el/la docente universitario responsable   de propiciar el seguimiento de la Experiencia Profesional o Experiencia Educativa, mediante un proceso estructurado de supervisión en los centros educativos. Además, es aquel que debe cumplir con lo estipulado en el artículo número tres de esta normativa y lo establecido en los programas de los cursos de la Experiencia Profesional o Experiencia Educativa.

  • Profesor(a)  encargado(a) del seminario:

Es el/la docente universitario responsable   de orientar a los/las docentes practicantes en cada una de las etapas de la   Experiencia  Profesional o Experiencia Educativa. Además facilita los espacios para socializar las experiencias y realimenta los procesos.

  • Centros educativos:

Se refiere a las instituciones educativas pertenecientes al Ministerio de Educación Pública y avaladas por el Consejo Superior de Educación de los niveles: Inicial (Materno y Transición), Primaria y Secundaria del sistema educativo.

  • Adecuaciones curriculares:

Acciones que lleva a cabo el supervisor (a) y los docentes practicantes para adecuar la programación (objetivos, metodología, evaluaciones y contenido) a las necesidades, características y estilos de aprendizaje del estudiante bajo su responsabilidad.

Las adecuaciones curriculares relativas al ámbito universitario se aplican tal y como se establece en el Reglamento de Régimen Académico Estudiantil, capítulo III, incisos (s,t,u,v,w,x).

  • Reglamento de Régimen Académico Estudiantil:

Documento que contiene los procedimientos de evaluación y orientación académica de las diversas categorías de estudiantes de la Universidad de Costa Rica (Artículo 180 del Estatuto Orgánico). Dicho Reglamento fue aprobado por el Consejo Universitario, en la sesión 4632, artículo III, del miércoles 9 de mayo de 2001.

Secciones del Departamento de Educación involucradas en la Experiencia Profesional o

        Experiencia Educativa

Según el artículo 7 inciso (a) del Reglamento de: Departamentos, Secciones y Cursos; las secciones constituyen subdivisiones de un departamento.

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