Procesal Penal
Enviado por LiNaMuOr • 19 de Octubre de 2013 • 8.539 Palabras (35 Páginas) • 290 Visitas
Capítulo I
El ministerio Público: antecedentes
Actividades a desarrollar:
Investiga el concepto de Ministerio Público.
Se denomina Ministerio Público a la fiscalía u órgano acusador, que como representante de la sociedad, monopoliza el ejercicio de la acción penal, en nombre del Estado, y busca se cumpla la voluntad de la Ley. En toda acción penal se le considera la parte acusadora, de carácter público, encargada por el Estado de exigir la actuación de la pretensión punitiva (castigo) en contra de quienes cometen ilícitos (delitos), y del resarcimiento o reparación del daño causado (si es posible). El Ministerio Público es un órgano independiente frente al poder judicial y al poder ejecutivo, que se encarga de investigar los delitos denunciados o de oficio, con base en pruebas. Desde que tiene conocimiento de un hecho delictivo inicia su investigación (averiguación previa), con lo que podrá o no ejercitar la acción penal en contra del indiciado (detenido) ante el órgano jurisdiccional correspondiente (Juzgado). De no existir denuncia, acusación o querella, no podrá realizar su función.
http://www.pgr.gob.mx/Combate%20a%20la%20Delincuencia/Ministerio_Publico.asp
Describe todas las atribuciones del Ministerio Público.
La Constitución General de la República instituye al Ministerio Público y le señala su atribución esencial; las leyes orgánicas lo estructuran y lo organizan, señalándose además con cierto detalle las actividades que le corresponden.
En el artículo 21 constitucional se encuentra su atribución principal, ya que no solo persigue el delito. En términos generales se puede decir que tiene encomendada también la delicada misión de preservar a la sociedad del delito.
Capítulo II
La función legal de la policía judicial como órgano auxiliar del Ministerio Público
Actividades a desarrollar
Describe las funciones de la policía Judicial.
Es un auxiliar de los órganos de la justicia. Así, lo es del Ministerio Público en la investigación de los delitos, búsqueda de las pruebas, presentación de testigos, ofendidos e inculpados y de la autoridad judicial, en la ejecución de las órdenes que dicta como presentación, aprehensión e investigación.
Su organización y funciones están contenidas en la Ley Orgánica y el Reglamento de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a la policía
judicial se le encomienda investigar los hechos delictuosos de que tenga conocimiento, en los términos de las disposiciones legales aplicables; buscar las pruebas de la existencia de los delitos y las que tiendan a determinar la responsabilidad de quienes en ellos participaron; entregar las citas y presentar personas para practicar diligencias; ejecutar las órdenes de presentación, comparecencia, aprehensión o cateo, cuando los órganos jurisdiccionales lo determinen; llevar el registro, distribución, control y trámite de órdenes de presentación, comparecencia, aprehensión y cateo que giren los órganos jurisdiccionales y las de presentación e investigación que despache el Ministerio Público; el control de radio, de la guardia de agentes y del personal de la policía judicial en cuanto a los servicios que presta, debiendo rendir los informes necesarios en los juicios de amparo; y las demás que le señalen las leyes y los reglamentos.
Investiga los antecedentes de la policía judicial.
La organización de la Policía en México, sus objetivos fundamentales y antecedentes, se encuentran íntimamente ligados con la evolución histórica del
Ministerio Público y el Procedimiento Penal, así como del Procedimiento Administrativo que impone sanciones por la violación a los Reglamentos de Policía
y Gobierno. Asimismo, en las diferentes Constituciones, Leyes y Reglamentos creados en el devenir histórico de México, la Institución de la Policía Judicial ha definido su participación como auxiliar del MP, garante de la Procuración de
Justicia del Estado mexicano.
Los países que han contribuido a la formación de la Policía Judicial y del Ministerio
Público en México han sido España y Francia. Lo accesorio siempre ha seguido necesariamente la suerte del principal, en este caso la Policía al Ministerio
Público.
La Policía Judicial investiga los crímenes, los delitos y las contravenciones, reúne pruebas y consigna a los autores a los tribunales encargados de consignarlos, así lo establece la Ley de 17 de noviembre de 1908. (Promulgada el día 27 del mismo mes y año).
http://www.pgr.gob.mx/combate%20a%20la%20delincuencia/Documentos/Agencia%20Federal%20de%20Investigacion/cronologia-afi.pdf
Describe la clasificación de los cuerpos de policía.
La actividad estatal en este ramo se circunscribe fundamentalmente a dos tipos de función: la preventiva y la persecutoria. La primera, con su presencia, p r e v i e n e la comisión de hechos delictuosos o adopta las medidas necesarias para evitar las infracciones legales. Está encomendada a diversos organismos policiacos, según la esfera de la administración de que se trate. La segunda investiga y persigue los delitos, actúa al consumarse el ilícito penal, siendo éste propiamente el presupuesto necesario para su intervención. Esta labor la llevan a cabo las policías judiciales del distrito federal, militar y de las entidades federativas.
Capítulo III
La Averiguación previa
Actividades a desarrollar:
Investiga los siguientes conceptos: denuncia, querella, excitativa y diligencia.
Denuncia.- documento en que se da noticia a la autoridad competente de la comisión de un delito o de una falta.
Querella.-Una querella es un acto procesal consistente en una declaración de voluntad dirigida al órgano jurisdiccional competente, por la que el sujeto de la misma ejercita la acción penal.
Excitativa.- Exhorto que realiza la mesa directiva de una o varias comisiones para que agilicen la presentación del dictamen sobre un asunto legislativo que le fue turnado.
Diligencia.- El acta redactada por el funcionario competente que tiene por objeto dejar constancia de un acto con trascendencia procesal en la sustanciación de un pleito.
http://es.wikipedia.org/wiki/Denuncia
http://es.wikipedia.org/wiki/Querella
http://sil.gobernacion.gob.mx/Glosario/definicionpop.php?ID=99
http://es.wikipedia.org/wiki/Diligencia_procesal
Realiza un resumen de las reformas constitucionales del 03 de Septiembre de 1993.
Por decreto publicado en el Diario Oficial de 3 de septiembre de 1993 se reformaron los artículos 16, 19, 20 y 107 Fracción
...