Procesal civil CASOS PARA RESOLVER I
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[pic 1][pic 2][pic 3][pic 4]UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS
UAPA
Procesal Civil III
Der-232
TRABAJO FINAL
Nombre:
Pierina Patricia Poloney Pelegrin
Matricula:
12-5366
Facilitadora:
Carmen Rosa Martínez
15 de agosto de 2016
CASOS PARA RESOLVER I
JUAN DANIEL MOISES REYES, en su calidad de propietario del Solar No. 7, manzana No. 17 del Distrito Catastral No. 1 del Municipio de Santiago, convino con la COOPERATIVA DE AHORROS Y CREDITO MAMONCITO, INC., en un préstamo de naturaleza hipotecaria, de fecha nueve (9) del mes de febrero del año dos mil siete (2007), por un monto de SEIS MILLONES DE PESOS ORO DOMINICANOS (RD$6,000,000.00), convención esta que tuvo a bien legalizar el Notario Público para el Municipio de Santiago, LIC. URCINIO MADERA, y que se inscribió por ante el Registro de Títulos de este Distrito Judicial de Santiago en fecha veintiséis (26) del mes de marzo del año dos mil siete (2007), a las doce horas y cincuenta y nueve minutos (12:59) de la tarde, bajo el número 1545, folio 387, del libro de inscripciones número 5. El señor JUAN DANIEL MOISES REYES, no ha cumplido con la obligación contraída en la señalada convención.
Diga el embargo que pondría en práctica y desarrolle el procedimiento. Es decir, cada uno de los actos que componen el procedimiento y los plazos señalados por la Ley.
Se debe realizar un EMBARGO INMOBILIARIO. Artículos 673 y siguientes.
El procedimiento y plazos son:
1. Mandamiento de pago: 30 días para el deudor pagar.
2. Embargo: 90 días para trabar embargo.
3. Denuncia: dentro de los 15 días a partir de cerrada el acta de embargo.
4. Inscripción o transcripción: dentro de los 15 días de la denuncia, si existen más de 1 inmueble en diferentes distritos judiciales, se deberán inscribir dentro de un plazo de 10 días partiendo de la última inscripción o transcripción valida.
5. Preparación y depósito del pliego de condiciones: dentro de los 20 días de haber realizado la inscripción o transcripción.
6. Notificación del pliego al embargado y los demás acreedores, así como también del día de la audiencia de lectura del pliego de condiciones: dentro de los 8 días de la inscripción del pliego de condiciones.
7. Audiencia de lectura del pliego de condiciones: no menos de 20 días, ni más de 30 después de depositado el pliego.
8. Oposición al pliego de condiciones: 10 días antes de la lectura del pliego.
9. Plazo de la publicación en el periódico: 20 días antes de la audiencia de adjudicación.
10. Audiencia de adjudicación: no antes de 30 días, ni después de 40 de haber leído el pliego de condiciones.
11. Sobreseimiento: no podrá exceder de 15 días
12. Plazo de gracia: no podrá excederse de 6 meses
13. Plazo para el adjudicatario cumplir con el pliego: dentro de los 10 días a partir de la audiencia en adjudicación
14. Plazo para solicitar la puja ulterior: dentro de los 8 días a partir de la audiencia en adjudicación
15. Plazo del juez para designar la fecha de la nueva subasta: 3 días a partir de la petición
16. Fecha de la audiencia de la nueva subasta: no más de 15 días a partir del auto.
CASO NUMERO II
El señor AUGUSTO LOZADA le compró al señor ANTONIO SÁNCHEZ mercancías por un valor de QUINIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$500,000.00). El señor ANTONIO SÁNCHEZ le emitió una factura e hizo que AUGUSTO LOZADA firmara dicha factura por el monto convenido, en fecha tres (3) de enero del año dos mil dieciséis (2016) para pagarse en sesenta días. El pago de dicha factura se encuentra ventajosamente vencido y ANTONIO SÁNCHEZ ha agotado todos los medios amigables para que AUGUSTO LOZADA le pague. Acude a usted como abogado y le explica la situación, y le expresa que hay peligro de que el señor AUGUSTO LOZADA salga de país y no pague la deuda.
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