RESPONSABILIDAD DEL ESTADO ADMINISTRADOR
Enviado por Pia Villalobos • 28 de Junio de 2017 • Apuntes • 3.520 Palabras (15 Páginas) • 318 Visitas
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO ADMINISTRADOR
INSTRUCCIONES:
Casos prácticos que usted deberá resolver, Para desarrollo de la presente evaluación deberá aplicar la materia vista y analizada en las clases durante el desarrollo del curso (responsabilidad objetiva y subjetiva), podrá tener a la vista la Constitución Política de la República, como también la LOC de Bases Generales de la Administración N° 19.653.
Caso N° 1
En Valparaíso en la noche del 23 al 24 de junio, en la que se celebra la noche de San Juan, un grupo de amigos se dirige hacia la playa en la que tendrá lugar la citada celebración de cada verano. Deciden tomar el metro tren porque sabían que no habría sitio para estacionar sus vehículos. Llegan a la estación de destino a eso 23 horas y 55 minutos, los jóvenes se bajan esperando llegar a la playa en apenas cinco minutos, dado que está a pocos metros de la estación. Sin embargo, los jóvenes se ven obligados a esperar una gran fila en la que, estimaban, estarían más de cinco minutos hasta conseguir salir de la estación. La causa de la fila y la demora reside en que, para salir de la estación, es preciso tomar un paso elevado que salva las vías ferroviarias. Los jóvenes no lo habían previsto, pero ese día concreto del año, la estación del metro tren está especialmente alborotada por la gran afluencia de personas que acuden a la fiesta de San Juan en ese medio de transporte. Ante la demora y el atasco en el paso elevado y previendo llegar tarde al momento en que se enciende la hoguera —las O horas del día 24—, los jóvenes deciden, a las 23 horas y 57 minutos, cruzar las vías del tren con tan mala suerte que justo en ese momento llegaba un tren que no efectuaba parada en la estación y que los arrolló. El resultado de la catástrofe son diez jóvenes muertos y tres heridos. Los padres de las víctimas solicitan responsabilidad a la administración y piden una indemnización alegando que aquélla no puso los medios alternativos necesarios para salir de la estación. Por otra parte, alegan que había poca iluminación, lo que hacía difícil ver llegar el tren, que éste llegó con excesiva velocidad a la estación y sin luces, y que la administración debería haber puesto personal de seguridad ciudadana para ordenar la salida por el paso elevado. Días después, las grabaciones de la cámara de seguridad de la estación y los estudios de la policía científica demuestran que el tren que arrolló a los jóvenes no llevaba una velocidad por encima de la permitida para los trenes que no efectúan parada y que llevaba las luces reglamentariamente conectadas. Las grabaciones de la cámara de seguridad también proporcionaron la imagen de la afluencia de personas en el paso elevado; las imágenes muestran que, a pesar de la lentitud de la marcha, no había un atasco insalvable o un tapón, sino simplemente marcha lenta. La administración, además, alega que los jóvenes eran conscientes de que estaban cruzando las vías ferroviarias indebidamente, ya que en todas las estaciones está prohibido cruzar las vías, interdicción que se comunica a los particulares mediante carteles informativos.
Preguntas:
Usted es el abogado de las víctimas:
- Señale los problemas o temas jurídicos que presenta el caso:
- Por un lado, las familias de mis clientes alegan que los jóvenes debieron tomar una salida alternativa, toda vez que el servicio que se les iba a prestar no sería otorgado. En ese sentido, habría responsabilidad extracontractual, toda vez que nos encontramos frente a todos los elementos de ésta, a saber, Omisión, imputabilidad, daño y nexo causal. Ergo, estamos frente a un caso omisión por parte de la empresa de metro tren por siquiera vislumbrar que, frente a un colapso del servicio, la gente llegaría tarde a sus destinos, y no tomar las providencias del caso.
- En otro sentido, mis clientes (Padres de los fallecidos) me preguntan qué podría alegar la defensa de la contraria; y frente a eso podríamos presumir que alegarían que en cuanto a la imputabilidad de la empresa esta podría ser discutible, toda vez que los jóvenes se expusieron al riesgo de manera imprudente, no previendo de alguna forma que no cumplir con la normativa prevista en carteles y publicidad de la empresa podrías ocasionarles un detrimento.
- Señale los hechos relevantes del caso:
Tal como señalé en el acápite anterior, acá lo primordial es establecer que mis representados si bien se expusieron al riesgo (cuestión que no se lo confirmaremos) fue precisamente porque no tuvieron otra alternativa para poder cumplir con su objetivo, y más aún que pretendían hacer uso de un servicio que dicha empresa debe cumplir, es el servicio que prestan y su giro así lo determina.
- Qué estrategia procesal utilizaría para exigir al Estado la responsabilidad que le cabe ante la muerte de los jóvenes:
- En cuanto a una estrategia procesal, lo primero que debemos tener en cuenta es nuestra carta magna, que señala en su Artículo 19 las garantías fundamentales. En dicho contexto, si revisamos el numeral 1 de dicho cuerpo normativo veremos cómo se consagra fuertemente “El derecho a la vida, y a la integridad física o psíquica de las personas”.
- En ese mismo contexto, es que podríamos citar al Profesor Enrique Barros, quien señala en su tratado de Responsabilidad extracontractual (REJ - Revista de Estudios de la Justicia – Nº 8 – Año 2006) que La concepción “objetiva”, “impersonal” o, si se quiere, “social” de la culpa civil, frente a la concepción “subjetiva”, “personal” o, si se quiere, “moral” de la culpa penal. La culpa civil no requiere un juicio de irreprochabilidad.
- Cuales serías los principales argumentos que utilizaría para apoyar su demanda:
Nos apoyaríamos en la idea fundamental que la empresa de metro tren no prestó el servicio para el cual fue creado, ergo, si los jóvenes optaron por utilizarlo es porque lo necesitaban, y no por otro motivo. En ese sentido, fundaría mi argumento en que uno de los requisitos de la responsabilidad extracontractual es el nexo causal y aquí a todas luces podemos vincular la omisión con el daño causado.
- Qué tipo de responsabilidad alegaría y por qué:
Alegaría ciertamente responsabilidad extracontractual por falta de servicio, toda vez que su fuente no sería un contrato directo entre los jóvenes y la empresa de trenes ya que no se habrían comprado aún los tickets de viaje, estaban aún en la fila para adquirirlos.
- Qué medios de prueba utilizaría y por qué:
Lo fundamental son los testigos. Muchas personas del lugar –que fueron empadronados correctamente- fueron testigos del colapso del servicio y vieron como no había otra alternativa más que cruzar por un paso que vieron como alternativo, y asumiendo que el servicio no se prestaría en un tiempo inmediato y los jóvenes tenían un plazo tácito que cumplir.
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