Resumen Estatuto Del Consumidor
Enviado por andremendezb • 2 de Septiembre de 2013 • 2.801 Palabras (12 Páginas) • 494 Visitas
NUEVO ESTATUTO DEL CONSUMIDOR: PERSPECTIVA DE ANATO
PARA LAS AGENCIAS DE VIAJES Y TURISMO
El pasado 12 de abril entró en vigencia la Ley 1480 de 2011, nuevo estatuto de protección al consumidor. Muchas son las expectativas que esta nueva ley genera en la comunidad empresarial del país y muchos los retos que impone.
Esta ambiciosa ley, desarrolla y enfatiza aspectos relacionados con los derechos del consumidor; la publicidad engañosa; la garantía mínima de los bienes y servicios; la solidaridad entre proveedor y distribuidor; la información mínima que debe suministrarse al consumidor y otros temas de gran importancia
ANATO junto con el Doctor Simón Gaviria, Ponente del nuevo estatuto del consumidor y representantes de la Superintendencia de Industria y Comercio ha querido resumir en este documento los principales aspectos de la Ley 1480 con el ánimo de brindar a sus Asociados una herramienta de consulta, la cual no pretende ser un tratado con profundos análisis jurídicos sino una referencia básica del tema.
El presente documento no compromete la responsabilidad de ANATO
I. AMBITO DE APLICACIÓN.
Señala el artículo 2º de la Ley 1480 de 2011 que:
“Las normas contenidas en esta ley son aplicables en general a las relaciones de consumo y a la responsabilidad de los productores y proveedores frente al consumidor en todos los sectores de la economía respecto de los cuales no exista regulación especial, evento en el cual aplicará la regulación especial y suplementariamente las normas establecidas en esta Ley”
Para la aplicación del Estatuto se entiende por producto todo bien o servicio.
II. DERECHOS Y DEBERES DE LOS CONSUMIDORES
El artículo 3º de la Ley 1480 de 2011 señala como Derechos y Deberes de los Consumidores, sin perjuicio de los que les reconozcan leyes especiales, los siguientes:
Derechos
• Derecho de elección: Elegir libremente los bienes y servicios que requieran los consumidores.
• Derecho a recibir protección contra la publicidad engañosa.
• Derecho a recibir productos de calidad
• Protección contractual: Ser protegido de las cláusulas abusivas en los contratos de adhesión, en los términos de la presente ley.
• Derecho a recibir información: Obtener información completa, veraz, transparente y oportuna.
• Derecho a la igualdad: Ser tratados equitativamente y de manera no discriminatoria.
• Derecho a la educación
Deberes:
• Informarse respecto de la calidad de los productos, así como de las instrucciones que suministre el productor o proveedor en relación con su adecuado uso o consumo, conservación e instalación.
• Obrar de buena fe frente a los productores y proveedores y frente a las autoridades públicas.
• Cumplir con las normas sobre reciclaje y disposición de desechos de bienes consumidos.
REGLAMENTOS AERONAUTICOS COLOMBIANOS (RAC)
Adquisición del tiquete: Derechos de los pasajeros que acceden al tiquete:
Suministro de información, Que se le expida el correspondiente tiquete o boleto de pasaje en los términos acordados, y que la tarifa corresponda a la vigente en el momento de la adquisición del tiquete.
Confirmación de reservas
La reserva debe ser confirmada por el pasajero. Las aerolíneas podrán exigir al pasajero el pago de un anticipo en efectivo o tarjeta de crédito para garantizar la seriedad de la reserva.
Cancelación o cambio de la reserva
Cuando no se vaya a utilizar la reserva el pasajero deberá haberla cancelado con mínimo 24 horas de anticipación a menos que se trate de regreso el mismo día.
Plazos para adquisición del tiquete
Al momento de efectuar la reserva al pasajero se le debe informar cual es la fecha determinada para pagar los tiquetes, si el pasajero no paga los tiquetes antes de dicha fecha la reserva se cancela.
GARANTIA LEGAL
Es la obligación del productor o proveedor de responder por el buen estado del producto. El artículo 16 de la ley 1480 de 2011 establece que el consumidor o proveedor podrá ser exonerado de responder por la garantía cuando demuestre que el defecto se debe a: fuerza mayor o caso fortuito, el hecho de un tercero, el uso indebido por parte del consumidor o que el consumidor no siguió las instrucciones del manual.
LEY 300 DE 1996
ARTÍCULO 63: DE LA OBLIGACION DE RESPETAR LOS TERMINOS OFRECIDOS Y PACTADOS: Cuando los prestadores de servicios turísticos incumplan con los servicios ofrecidos o pactados, tendrán la obligación de prestarle al turista otro servicio de la misma calidad o de rembolsar el precio pactado por el servicio incumplido.
ARTICULO 64: DE LA SOBREVENTA cuando los prestadores de servicios incumplan por sobreventa deberán prestar al turista otro servicio de la misma calidad o rembolsar el precio pactado.
ARTICULO 65: DE LA NO PRESENTACION cuando el usuario de los servicios turísticos incumpla por no presentarse o no utilizar el servicio pactado el prestador podrá a su elección exigir el pago del 20% de la totalidad de la tarifa establecida o retener el depósito.
ARTÍCULO 66: DE LA EXTENCION Y PROROGA DE LOS SERVICIOS TURISTICOS cuando el usuario quiera extender los servicios pactados deberá comunicarlo al prestador con tiempo razonable, sujeto a disponibilidad y cupo.
ARTICULO 71: DE LAS INFRACCIONES los prestadores serán sancionados si llegan a Incumplir con los servicios ofrecidos a los turistas.
DECRETO 2438 DE 2010
ARTICULO 3: la agencia de viajes no se hace responsable por el servicio de transporte aéreo.
ARTÍCULO 4: los servicios, planes o paquetes turísticos deberán contemplar por lo menos los siguientes aspectos:
Términos y condiciones en que se efectuara el reintegro de los servicios turísticos no utilizados y que puedan ser objetos de devolución.
La obligación a cargo de las agencias de viajes de informarles a los usuarios el tipo de documento que deben llevar para facilitar el desplazamiento en destinos nacionales e internacionales.
DECRETO 502 DE 1997 ARTICULO 7
Las agencias de viajes mayoristas no podrán vender directamente al público. Pero si deben responder por los reclamos que hagan estos usuarios.
REGLAMENTOS AERONAUTICOS DE COLOMBIA
VIGENCIA el tiquete tendrá una vigencia máxima de un año. Si el usuario decide no viajar la aerolínea tendrá la obligación de hacer un rembolso del dinero pactado.
DESISTIMIENTO DEL PASAJERO el pasajero podrá desistir del viaje avisando por lo menos 24 horas antes de la hora del vuelo. El transportador o agencia de viaje podrá retener un porcentaje que no deberá
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