Sucesiones
Enviado por samuelcano54 • 1 de Junio de 2014 • 1.106 Palabras (5 Páginas) • 197 Visitas
El Derecho de sucesiones o Derecho sucesorio es aquella parte del Derecho privado que regula la sucesión mortis causa y determina el destino de las titularidades y relaciones jurídicas tanto activas como pasivas de una persona después de su muerte.
En la regulación de las sucesiones, se contemplan importantes aspectos, tales como:
Destino que se le van a dar a los bienes del difunto o causante. Se determina el ámbito de actuación de la autonomía de la voluntad, las normas imperativas que sean necesarias y las normas dispositivas que suplirán la voluntad del causante, en caso de no existir testamento.
Requisitos de validez del testamento, con la finalidad de asegurar que lo que aparezca en él sea realmente la voluntad del testador.
Los trámites necesarios para el reparto del caudal relicto (bienes hereditarios).
Personas intervinientes[editar]
Causante: persona que transmite su patrimonio por causa de su fallecimiento.
testador: es la causante que dicta testamento.
herederos o causahabiente: persona o conjunto de personas que reciben el patrimonio del causante.
legatario: persona que recibe determinados bienes individuales del causante pero no una cuota de la herencia.
albacea: es el encargado por un testador o por un juez de cumplir la última voluntad del causante y custodiar sus bienes.
Tipos de sistemas[editar]
En el Derecho comparado existen básicamente dos sistemas de organizar la sucesión mortis causa:
Que los bienes de la herencia se entregan desde el primer momento a los herederos, quienes se ocupan de administrarla y liquidarla, proveniente del sistema romano.
Que la sucesión de la que se hace cargo un ejecutor intermediario, proveniente del sistema inglés.
Clases de sucesiones por causa de muerte[editar]
Dentro de las Sucesiones por causa de muerte o sucesiones mortis causa se distinguen dos clases según que el fallecido haya establecido su voluntad en forma de testamento:
Sucesión testada: Es la sucesión hereditaria que tiene su causa en la voluntad del fallecido manifestada en un testamento válido. El causante puede disponer libremente de sus bienes para después de su muerte, con ciertas limitaciones, atribuyendo la propiedad de los bienes a las personas que desee, para lo que debe fijar en vida su última voluntad a través de un testamento. Las limitaciones que las leyes suelen fijar son la designación de cierto familiares a los que se reconoce el derecho a heredar una parte de los bienes del causante, aun en contra de su voluntad. A esta porción de la herencia se le denomina legítima.1
Legítima es un limitación que impone la ley de forma imperativa a la capacidad del testador de distribuir la herencia, al obligar que una porción de la misma quede reservada de forma obligada a determinados familiares, llamados por esto herederos forzosos o legitimarios.2
Codicilo
Sucesión intestada o Abintestato, es aquella sucesión que se produce cuando falta testamento del causante respecto a todo o parte de los bienes. El orden sucesorio para este tipo de sucesiones es el previsto en la Ley. El orden de suceder habitual en gran cantidad de países incluye por este orden, a descendientes, ascendientes, cónyuge, colaterales y El Estado en último lugar.
Regulación por países[editar]
Chile[editar]
En Chile, se encuentra regulado en el Libro III del Código Civil "De la sucesión por causa de muerte y de las donaciones entre vivos". Notas características del Derecho sucesorio chileno:
El Fisco es en último término, a falta de descendientes, cónyuge, ascendientes, hermanos y otros colaterales, heredero de los bienes del difunto.
Ciertos parientes en el siguiente orden
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