Usufructo
Enviado por LUDYS • 30 de Enero de 2013 • 2.800 Palabras (12 Páginas) • 475 Visitas
INDICE
INTRODUCCION…………………………………………………....……. 3
Concepto de Derecho Real………………………………………………….. 4
El Derecho Real por excelencia: La propiedad….………………………….. 4
Clasificación de los Derechos Reales…………………………………....….. 5
DEL USUFRUCTO EN GENERAL
Concepto………………..……………………………………………...…… 6
Tipos de Usufructo……………………………………………………….…. 7
Derecho real de uso u habitación………………………………….………. 10
CONCLUSIONES…………………………………………………….….. 12
BIBLIOGRAFIA…………………………………………………….…… 13
INTRODUCCIÓN
Las cosas y su apropiación, son elementos vitales para la vida del hombre, para su bienestar, para su cultura y moral. Pero ocurre que la apropiación y goce de una cosa por el hombre, supone la exclusión de la apropiación y goce de esa misma cosa por otros. En torno al derecho de las cosas gira la organización social y política de los pueblos, su estilo de vida, su filosofía.
De un derecho absoluto e ilimitado como lo era la propiedad y los demás derechos reales en Roma, hoy día se reconocen límites y restricciones al mismo, a tal punto de ser concebido como relativo y limitado.
Estas restricciones surgieron con la concepción de estado social de derecho que pregona una superioridad de los intereses sociales ante los individuales. Así la misma Iglesia Católica, mediante sus encíclicas pregona que la propiedad debe cumplir una función social.
A continuación se presentan de una manera detallada la manera como están comprendidos algunos temas en relación a bienes y derechos reales, tipificados en nuestro Código Civil Venezolano.
CONCEPTO DE DERECHO REAL
Es aquel Derecho Sustantivo que atribuye a su titular un poder o sinónimo directo e inmediato sobre una cosa determinada sin necesidad de "ningún intermediario" y que impone a sí mismo a todo el mundo un deber de respeto o exclusión y a veces cuando se trata de Derechos Reales limitados un "hacer" o un "no hacer".
Rudolf Sohm: “Es la inmediata dominación ejercida sobre una cosa que atribuye a un sujeto un poder valido frente a cualquiera”.
Kummerow: “Es aquel derecho subjetivo que atribuye a su titular un poder o señorío directo e inmediato sobre una cosa determinada, sin necesidad de intermediario alguno personalmente obligado, y que impone así mismo a todo el mundo (erga omnes) un deber de respeto o exclusión y, a veces, cuando se trata de derechos reales limitados, un “hacer” o un “no hacer” posiblemente conectado a un “soportar”.
Por lo tanto Derecho Real es la facultad o potestad que corresponde a una persona sobre una cosa específica.
Los Derechos Reales son Derechos Civiles Patrimoniales en los cuales hay 2 elementos.
• Un Sujeto Activo titular de derecho
• La Cosa Objeto de la relación
EL DERECHO REAL POR EXCELENCIA: LA PROPIEDAD
La propiedad es el derecho real absoluto de uso, goce y disposición sobre la cosa, salvo las restricciones consagradas de forma expresa por la Ley. Por tanto, no es un derecho real situado en el mismo nivel que el usufructo, uso, habitación, o cualesquiera derechos reales de garantía.
El Art.115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, consagra:
“Se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes...”.
Y, el Art.545 C.C., regula: “La propiedad es el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva, con las restricciones y obligaciones establecidas en la Ley”.
CLASIFICACION DE LOS DERECHOS REALES
1. Principales y Accesorios
2. Definitivos y Provisionales
3. Amplios y Limitados
4. Inmuebles y Muebles
5. Sobre Bien Propio y Sobre Bien Ajeno
1A.- DERECHOS REALES PRINCIPALES:
Son los que tienen existencia y autonomía propia, tales como la posesión, la propiedad y el usufructo
1B.- DERECHOS REALES ACCESORIOS:
Cuya existencia depende de otros. Se justifican en función de un Derecho Principal. Ej. Todos los Derechos Reales de Garantía: Hipoteca, Anticresis (para inmuebles) y la Prenda (para muebles).
2A.- DERECHOS REALES DEFINITIVOS:
Tales como la propiedad y el Usufructo.
2B.- PROVICIONALES:
Aquellos que como la Posesión pueden convertirse en definitivos.
3A.- DERECHOS REALES AMPLIOS:
Como el Derecho de Propiedad que encierra una gama completa de atributos.
3B.- DERECHOS REALES LIMITADOS:
Lo que no reconocen la facultad de libre disposición del bien Ej. El Derecho de Uso y la posesión.
4A.- DERECHOS REALES INMUEBLES:
Son los que recaen sobre estos bienes (inmuebles) tales como la Hipoteca y la Anticresis. Contrariamente a los Derechos Reales Muebles.
4B.- DERECHOS REALES MUEBLES:
Sólo operan sobre Muebles, tales como la Prenda y la Apropiación. Pero hay Derecho Real que recaen indistintamente sobre bienes inmuebles y sobre bienes muebles, tales como: Propiedad, Posesión, Usufructo y Derecho a la Retención.
5A.- DERECHOS REALES SOBRE BIEN PROPIO:
Como la Propiedad y la Posesión.
5B.- DERECHOS REALES SOBRE BIEN AJENO:
Tales como el Usufructo, la Posesión, el Uso, Habitación, Prenda y Anticresis.
Caracteres de los Derechos Reales
Entre otros hay unos importantísimos:
VALOR ABSOLUTO: Es un valor excluyente. Es un Derecho oponible "erga omnes" que da al titular una máxima eficacia por sí mismo. De aquí derivan 2 consecuencias: la persistencia y la posibilidad de perseguir la cosa en manos de terceros.
INMEDIACIÓN: No requiere ningún intermediario para ejercer el señorío sobre las cosas. La satisfacción a que se orienta el derecho real, recae sobre la cosa sin intervención de terceros. Es la relación inmediata de sujeto – cosa.
El derecho real acarrea una prestación negativa de abstención por parte de terceros.
El sujeto pasivo en el derecho real es siempre indeterminado (todos los terceros) y el sujeto activo sólo en algunas oportunidades (el propietario del fundo dominante es el sujeto autorizado para hacer valer la servidumbre, aun cuando no interese su identificación concreta).
DEL USUFRUCTO EN GENERAL
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