Escrito De Queja
Enviado por eros1882 • 18 de Septiembre de 2012 • 1.663 Palabras (7 Páginas) • 745 Visitas
ARTÍCULO 1. El presente Código de Ética Partidaria es de
observancia general para los militantes y dirigentes del Partido
Revolucionario Institucional.
ARTÍCULO 2. La aplicación del presente Código corresponde a la
Comisión de Justicia Partidaria, y a la Defensoría de Derechos de los
Militantes, en sus respectivas competencias.
Capítulo II
De los Contenidos Fundamentales
ARTÍCULO 3. Todo militante priísta debe asumir cabalmente las
normas de la más acendrada moralidad pública, y darle el sentido
irrenunciable de una cuestión de honor. Trabajando siempre a favor
de todos los mexicanos y no solo por nuestros compañeros de Partido
ARTÍCULO 4. El priísta, en el ejercicio de esa moral, debe ser leal,
honesto, responsable y solidario sobre todas las cosas, a la
República, a las Instituciones Nacionales, al Partido y a las
reivindicaciones que éste postula en beneficio del Pueblo y de la
Nación.
ARTÍCULO 5. En el orden estrictamente partidista debe mostrar su
voluntad permanente de contribuir a la unidad del Partido, a su firme
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cohesión, a su capacidad orgánica para encabezar las demandas
populares, a la aplicación de sus normas internas y a que siempre
sea, ante los ojos de la sociedad, una Institución prestigiada y
confiable. Dejando de lado todo propósito de beneficio propio que
cause ruptura o desprestigio al Partido.
ARTÍCULO 6. El militante priísta debe cuidar auténticamente todos
los valores del Partido, igual los de carácter material que los
simbólicos. Para ello debe comprometerse, de manera honesta e
irrenunciable, con la estricta observancia de los principios, los
valores y el proyecto político de nuestra organización. Deberá
defender éste, discutirlo internamente, enriquecerlo de buena fe y
rechazar cualquier forma que privilegie ventajas personales o de
grupo, publicitarias o de cualquier tipo frente a los acuerdos,
consensos y líneas políticas de acción del Partido.
ARTÍCULO 7. Los priístas deberán ratificar la prioridad y
superioridad de los ideales, principios, valores y programas del
Partido sobre cualquier aspiración personal o de grupo. Los
problemas internos y aún algunos de índole exterior que impacten el
desempeño partidario deben ser primeramente debatidos en el seno
del Partido a través y por medio de sus distintas instancias, con
apego a la verdad, con pleno sentido de responsabilidad, respeto, sin
ningún afán de ventaja publicitaria individual o de grupo. Todo priísta
debe sentirse obligado a defender sus convicciones y a mantener la
fidelidad con el proyecto y programa del Partido cuando se exprese
en su calidad de priísta.
ARTÍCULO 8. Para los efectos de la aplicación del presente Código
se entiende por:
Militancia: Adhesión a los principios y valores del Partido, la cual se
adquiere con participación comprometida y trabajo.
Lealtad: Cumplimiento de lo exigido por las leyes de la fidelidad, por
su pertenencia al Partido Revolucionario Institucional.
Disciplina: Observancia de las normas estatutarias del Partido y
aceptación y cumplimiento de los acuerdos tomados por los órganos
competentes.
Constancia: Militancia permanente, continuada y debidamente
acreditada.
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Honestidad: Es actuar con rectitud y probidad, procurando satisfacer
los intereses de la República y el Partido.
Veracidad: El militante debe ser cierto y claro en sus manifestaciones
al momento de rendir informe sobre sus obligaciones partidarias o
como servidor público, con el objeto de contribuir a la credibilidad y
transparencia del Partido.
ARTÍCULO 9. Nuestros militantes, pero con mayor razón nuestros
candidatos, deben comprometerse a cumplir el Código de Ética
Partidaria, materia de este apartado, en estos términos: "¿Protesta
usted cumplir y hacer cumplir la Declaración de Principios, el
Programa de Acción y los Estatutos que rigen al Partido
Revolucionario Institucional, así como el Código de Ética Partidaria
desempeñando el cargo político que se le ha conferido, con un alto
sentido de dedicación al servicio de los intereses del pueblo y sujeto
a que la Revolución y el Partido se lo demande o se lo reconozca?".
Quienes protestan contestarán: "¡Sí, Protesto!"
ARTÍCULO 10. En las contiendas electorales deben siempre elevar el
debate, manejándolo racionalmente, sin argumentos que puedan
inducir a engaños ni a confusión, sin basarse en la descalificación
del oponente, y en la fase final del proceso defender su victoria con
energía y con estricto apego a la legalidad.
ARTÍCULO 11. Se exige a los militantes, cuadros y dirigentes, así
como al priísta que alcance un puesto de elección popular, de
cualquier nivel, a que desempeñe una función administrativa, por
elevada que sea su jerarquía, en términos de Código de Ética
Partidaria, la estricta observancia de la ley, la preservación de los
bienes de la Nación encomendados a su cuidado, la eficiencia en su
función y respeto a los altos intereses de nuestro país. Se exige en
todo caso, probidad en sus actos.
ARTÍCULO 12. A tales servidores corresponde, primordialmente,
exigir ante la opinión pública de origen priísta, la eficacia y limpieza
moral de la Administración Pública. Además, y como una cuestión
fundamental, el Partido obliga a que los servidores públicos deben
ser de probada convicción liberal, revolucionaria, nacionalista y
estrictos observantes de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
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Capítulo III
De la Responsabilidad de los Militantes, Cuadros y
Dirigentes del Partido
ARTÍCULO 13. Los militantes deberán ratificar expresamente su
lealtad con México, su lealtad con la República, su lealtad con su
Partido y con los valores y reivindicaciones del Pueblo de México.
Igualmente deben ratificar expresamente su compromiso con la ética
política, la honestidad, la eficiencia y eficacia en el desempeño de
sus funciones.
Harán expresa su voluntad de participación política alentada por
principios y valores superiores, desechando intereses personales o
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