Jornada Escolar Completa
Enviado por marcelasuazo37 • 13 de Marzo de 2015 • 1.365 Palabras (6 Páginas) • 324 Visitas
1. ORIGEN:
• Antecedentes Históricos:
La Jornada Escolar Completa (JEC) es parte de la Reforma Educacional Chilena que se inicia en el gobierno de Patricio Aylwin (1990 – 1994) y de Eduardo Frei (1994 – 2000).
La ley Nº 19.532 publicada en el diario oficial el 17 de noviembre de 1997 dio inicio al Régimen de Jornada Escolar Completa Diurna y dicta las normas para su aplicación.
• Esta reforma se centró en:
• La calidad, expresándola como su máxima prioridad: Una formación de calidad para todos.
• Define como fin último de la educación nacional la formación de la persona y no sólo la entrega de conocimientos.
• Busca el desarrollo integral (moral, intelectual, artístico, espiritual y físico) mediante la transmisión y el cultivo de conocimientos, capacidades y actitudes.
• Capacitando para convivir y participar en forma responsable y activa en la comunidad.
• Que transforma al niño progresivamente en una persona competente para valerse por sí mismo y para actuar honesta y eficazmente en diversos dominios (desafíos de la educación).
• ARTÍCULO 16
Los establecimientos educacionales subvencionados que ingresen al régimen de Jornada Escolar Completa Diurna deberán contar con :
1. Un proyecto de jornada escolar completa diurna aprobado por el Ministerio de Educación.
2. La infraestructura y equipamiento necesarios para la atención de alumnos-as, personal docente y paradocente y para padres y apoderados.
3. El personal docente idóneo y el personal administrativo y auxiliar necesario, en conformidad con lo establecido en el artículo 21, letra c), de la Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza.
4. El mayor tiempo que deberán permanecer en el establecimiento los profesionales de la educación que efectúen labores de docencia, conforme a lo establecido en las letras b) y c) del inciso segundo del artículo 6° del Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de Educación, de 1996.
5. El número suficiente de horas cronológicas que permita a los profesionales de la educación la realización de trabajo en equipo para el desarrollo de las actividades de tipo técnico-pedagógico conforme a lo señalado en el inciso segundo del artículo 6° del decreto con fuerza de ley N° 2, de Educación, de 1996.
• ARTÍCULO 17
En el proyecto de Jornada Escolar Completa Diurna se deberá especificar:
1. La justificación pedagógica de la utilización del tiempo de trabajo escolar basada en el P.E.I. Para este efecto, el tiempo de trabajo escolar deberá ser de un mínimo de 38 horas semanales para la Educación General Básica de 3° a 8°, y de 1° y 2° años Básicos cuando corresponda. Y de 42 horas para la Educación Media Humanístico-Científica y Técnico-Profesional. Las horas de trabajo escolar serán de 45 minutos.
Se entenderá por trabajo escolar todas las actividades comprendidas dentro del Plan de Estudios, más aquellas que sean Complementarias a éste y que se definan en el Proyecto de Jornada Escolar Completa, las que estarán sujetas a asistencia y evaluación, pudiendo realizarse algunas de éstas en un local distinto a aquel en que funciona el E.E.
2. El tiempo semanal y diario suficiente de permanencia de los alumnos en el Establecimiento, que permita la adecuada alternancia del trabajo escolar con los recreos y la alimentación y especificación del mayor tiempo que estos representen, sin perjuicio de lo señalado en el inciso final del número anterior.
3. El número de alumnos que serán atendidos por establecimiento bajo el régimen de jornada escolar completa diurna.
2. RECURSOS PARA LA JEC:
• Para apoyar a los establecimientos cuya planta física resulte insuficiente para ingresar JEC, se creó el aporte suplementario por costo de capital adicional (aporte de capital), el que se puede conceptualizar como el monto de recursos necesario para superar el déficit de infraestructura de un establecimiento para ingresar a JEC, el que será financiado total o parcialmente por el Ministerio de Educación (MINEDUC).
• Además se incrementó sustantivamente el monto de la subvención por alumno para aquellos establecimientos que se incorporaban a la JEC.
• Esto permitió construir las salas de clases y edificios suficientes para poder afrontar una extensión del horario, operando en una única jornada y, por consiguiente, dando término a la tradicional doble jornada de clases.
• En términos de los recursos invertidos en el proceso de Reforma de la Educación Chilena, éste ha sido uno de los esfuerzos más importantes.
3. OBJETIVOS DE LA JEC:
• Dar a los estudiantes una educación de calidad dejando de lado las diferencias sociales y económicas.
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