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Lenguaje Administrativo Inclusivo


Enviado por   •  31 de Agosto de 2024  •  Reseña  •  2.126 Palabras (9 Páginas)  •  63 Visitas

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Fundamentación pedagógica

Esta propuesta formativa introduce nociones acerca del uso del lenguaje inclusivo en la comunicación pública, entendiéndolo no sólo en términos de género, sino en un sentido democrático más amplio que contemple la dimensión del acceso. El curso se propone analizar las implicancias de cada uno de estos usos en la Administración Pública y establecer un método para incorporar el lenguaje inclusivo, en sentido amplio, a los manuales de estilo de cada entidad.

Resultado esperado

Al finalizar la actividad, se espera que cada participante pueda reconocer la relevancia del lenguaje inclusivo en la comunicación democrática y cuente con herramientas de análisis para discernir la pertinencia de sus usos de acuerdo a los diversos registros de la comunicación en el ámbito de la Administración Pública.

Objetivo general

Promover el lenguaje inclusivo en la comunicación pública como un aporte para la democratización institucional.

Objetivos específicos

·         Reconocer las dimensiones de la inclusión en el uso del lenguaje desde la Administración Pública.

·         Diferenciar los registros discursivos para establecer criterios de selección de los usos del lenguaje.

·         Considerar la accesibilidad al momento de diseñar estrategias de comunicación.

Contenidos

Módulo 1: Presentación. Hacia un uso del lenguaje con ampliación de derechos. Androcentrismo y sexismo en el lenguaje. Identificación de usos excluyentes del lenguaje.

Módulo 2: Compromisos internacionales. Legislación interna. Aproximación al concepto de violencia simbólica. Manuales de estilo vigentes en la Administración Pública. El discurso institucional: el marco legal en la redacción de modo inclusivo.

Módulo 3: Estrategias para combatir el uso sexista y androcéntrico del lenguaje. Recomendaciones y propuestas de cambios. Recursos gramaticales y semánticos. Titulaciones y profesiones. Documentos administrativos.

Módulo 4: La comunicación institucional como un espacio de construcción ciudadana. Diversidad sexual. Diversidad cultural. Personas adultas mayores. Accesibilidad.

Este curso no se propone imponer modalidades de comunicación, sino abrir nuevas posibilidades de comunicación. Se pretende ofrecer instrumentos que actualicen los modos tradicionales de gestionar lo público para incluir a todas las personas que todavía hoy no se sienten nombradas ni reconocidas como parte de la ciudadanía. En este sentido, trataremos de identificar los principales problemas con los que podemos encontrarnos al momento de la comunicación; haremos un repaso de la normativa vigente que respalda y promueve un uso inclusivo del lenguaje; y ofreceremos alternativas concretas para que puedan consultar y utilizar en sus espacios de trabajo. Entonces, como señalamos más arriba, nos proponemos incluir recomendaciones no solo con perspectiva de género sino también con una perspectiva de ampliación de derechos, que contemple las diversidades culturales y sociales de nuestra Provincia, y también las condiciones de recepción de personas con discapacidad

En suma, queremos visibilizar en el ámbito de la Administración Pública Bonaerense nuevas formas de nombrar que reconozcan, en un marco institucional y público, a todas las personas desde una perspectiva de ampliación de derechos.

Ahora sí, nos toca volver a nuestro campo y asumir que el lenguaje no es neutro, es simbólico; refuerza y transmite significados y creencias sobre lo que significa ser mujer, varón y otras identidades genéricas en una sociedad determinada. El uso genérico del masculino en un sentido universal destaca el protagonismo de los varones e invisibiliza a las mujeres y otras identidades de género en la vida social. El uso del lenguaje sexista en las normas, formularios, comunicaciones y en los instrumentos y documentos públicos contribuye a reproducir relaciones asimétricas, jerárquicas y desiguales. Por eso es importante generar espacios para el debate acerca del uso del lenguaje en los ámbitos institucionales, de manera que se pueda implementar un lenguaje ciudadano e inclusivo que visibilice a todas las personas y que sea respetuoso de las maneras que han definido diversos colectivos sociales para identificarse.

Orden de presentación, entre otras.

En el lenguaje ordinario se suele anteponer el masculino al femenino, incluso en aquellas ocasiones en las que para visualizar a las mujeres se opta por los desdoblamientos. No obstante, es recomendable, sobre todo debido a la permanente asociación entre género y sexo que se establece, recurrir a la alternancia para no dar prioridad a un género sobre otro, para no crear estereotipos. Anteponer el género masculino al femenino como regla general supone aceptar la preferencia de uno sobre otro. No existe ninguna justificación gramatical para el uso de la forma masculina delante de la femenina. Alternar los desdoblamientos evitará consolidar la jerarquía del género masculino.

Por eso, en este módulo vamos a repasar los principales tratados y convenciones internacionales que han dado sustento a nuestra legislación vigente sobre género y diversidad. Vamos a poner el foco en los aspectos que, como comunicadoras y comunicadores, debemos tener en consideración; es decir, nos detendremos principalmente en las referencias que se realizan vinculadas al uso no sexista del lenguaje y a sugerencias y/o recomendaciones en cuanto al uso de imágenes o patrones culturales estereotipados. En muchos casos vamos a encontrar referencias a “medios de difusión”, que también vamos a tener en cuenta. Por último, vamos a presentar las pautas de estilo vigentes en la Administración Pública Provincial, que incluyen algunas consideraciones sobre el uso de lenguaje inclusivo y no sexista.

La Ley N° 26.994 aprobó el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, que entró en vigencia el 1 de agosto de 2015. La última reforma del Código Civil y Comercial argentino incluyó cambios significativos en relación al trato igualitario de las personas. En principio, “el Código Civil no habla de hombres ni de mujeres, habla de personas. Un uso adecuado del lenguaje deberá priorizar esta forma por sobre otras” (HCDN, 2015, p. 44). En consecuencia, el lenguaje utilizado en comunicaciones públicas no puede bajo ningún aspecto discriminar por motivos de género.

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