ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Órgano judicial


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2015  •  Ensayo  •  1.445 Palabras (6 Páginas)  •  272 Visitas

Página 1 de 6

ORGANO JUDICIAL

AVANCES

LIMITACIONES

Aspectos nuevos que no estaban en la anterior CPE.

  • Las elecciones de las autoridades del órgano judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional aportan –desde Bolivia– de manera significativa a la consolidación de la democracia, toda vez que se refleja una alta participación del pueblo titular de la soberanía (ejercicio pleno de la democracia representativa) en la toma de decisiones, específicamente en la elección de las máximas autoridades que administran y guían los destinos de la nueva justicia que se quiere implantar en Bolivia.

  • Se presentan novedades vinculadas al concepto de pluralismo jurídico, la interculturalidad,   el  reconocimiento constitucional de la jurisdicción indígena originario campesina, la participación ciudadana y a las modalidades de elección de las autoridades de los tribunales de justicia.
  • Otro aspecto nuevo introducido en la  CPE   es la  elección de los magistrados por sufragio universal, magistrados del Tribunal Supremo de Justicia,  Tribunal Agroambiental, Tribunal Constitucional Plurinacional y de los miembros del Consejo de la Magistratura, antes del voto existe una preselección de postulantes votada por dos tercios de la Asamblea Legislativa Plurinacional.

 

  • Es innovador el hecho de que las personas que participen en la elección de magistrados no podrán realizar campaña electoral, bajo sanción de inhabilitación, estando a cargo del mismo el Órgano Electoral que también  tendrá la responsabilidad de difundir los méritos de los candidatos.

Elementos de avanzada incorporados en la CPE acordes a las tendencias del siglo XXI

  • La Constitución Política del Estado, menciona que la función judicial es única, sin embargo distribuye en jurisdicciones claramente identificadas e importantes, entre las que se encuentran: la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción indígena originaria campesina.

  • Una de las tendencias del Siglo XXI  respecto al tema de la justicia es el modelo que tiende a garantizar  la efectividad de los derechos fundamentales, en la CPE se  indica que aquellos tratados  e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que hayan sido ratificados por Bolivia se aplicaran de manera preferente a la CPE cuando declaren derechos más favorables que los previstos en la CPE.

Aspectos que fortalecen la democracia y el Estado de Derecho

  • Conjuntamente con la elección de autoridades judiciales mediante sufragio y el reconocimiento en la constitución de la jurisdicción indígena originario campesina indudablemente se fortalece las instituciones democráticas, toda vez que se reconoce las formas de resolver un conflicto al interior de una comunidad.

Aspectos que robustecen al Estado y su capacidad de gestión

  • Un aspecto que robustece al estado y su capacidad de gestión es el pluralismo jurídico, es decir, se puede claramente distinguir la existencia de dos formas de pluralismo jurídico interno, el pluralismo jurídico social, que se presenta cuando el derecho oficial no ha reconocido a los distintos ordenamientos socialmente presentes y el pluralismo jurídico formal, que se presenta en aquellos casos en los que el Estado reconoce la existencia de distintos sistemas jurídicos.

  • En cuanto a los retos del pluralismo jurídico en nuestro país, se tiene que un primer reto es desarrollar un sistema plural en el que paulatinamente se sienten las bases del respeto a la cultura del otro, un segundo reto es la construcción de una estructura jurídica que garantice el pleno respeto a los sistemas jurídicos que ya existen, en ese sentido es importante reconocer los procesos de construcción y ejercicio de la autonomía de los pueblos específicamente en el ejercicio de su sistema jurídico.

Elementos recuperados de otras  constituciones o acuerdos internacionales

  • Uno de los aspectos importante recuperados de la constitución política del estado de 1994 es la referida a la institucionalidad del tribunal constitucional, como garante máximo de la constitución, toda vez que vela por la supremacía de esta, ejerce el control de constitucionalidad y protege, precautela el respeto y vigencia de los derechos y las garantías constitucionales.    

Omisiones importantes en el texto constitucional.

  • La constitución reconoce la jurisdicción indígena originaria campesina, sin embargo. No menciona lo relacionado al alcance y ámbito de aplicación de manera específica respecto a la jurisdicción indígena originaria campesina, toda vez que las leyes infra-constitucionales en la actualidad están vulnerando de manera flagrante los alcances de la jurisdicción indígena originaria campesina ejm. Ley de deslinde jurisdiccional.      

  • No da luces para una revolución judicial efectiva, una lucha contra la corrupción y retardación de justicia.

Ambigüedades en la redacción que generen incertidumbre

  • La CPE no  define claramente el ámbito de coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena originaria con otras, librando estos elementos a una ley secundaria, la Ley de Deslinde Jurisdiccional, siendo  el conflicto entre ambas jurisdicciones el ámbito de aplicación.

Contrasentidos al interior de la CPE expresad en la lectura de distintos artículos

  • Un contrasentido con el principio de igualdad  prevista en la CPE es que en la calificación de méritos se tomará en cuenta el haber sido autoridad originaria, pone en una ventaja proporcional a aquellas personas que cuenten con este requisito respecto a aquellas que no la tiene.

  • Existe una contradicción en la CPE al referirse a la función judicial como única, y a su vez, referirse a la coexistencia de la jurisdicción ordinaria y jurisdicción Originaria Campesina, mencionando igual jerarquía para ambas jurisdicciones.

Posibles amenazas para la institucionalidad del Estado, y su posicionamiento en el mediano y largo plazo en la región.

  • Uno de los aspectos de retroceso dentro de la CPE es la elección de autoridades judiciales por sufragio universal, hacer una elección por voto popular del Poder Judicial es inaplicable en nuestra realidad jurídica puesto que existe una falta de elementos de juicio que permitan al elector optar por los mejores, ya que los cargos tienen que ver con  la responsabilidad de su ejercicio, la preselección de candidatos destruyó de entrada la credibilidad de quienes se presentaron, se ha demostrado por experiencias de otros países que este sistema de elección sólo responde a intereses políticos.

  • Códigos antiguos, tribunales con estructuras organizativas insuficientes.

ORGANO JUDICIAL

AVANCES

LIMITACIONES

Aspectos nuevos que no estaban en la anterior CPE.

  • Las elecciones de las autoridades del órgano judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional

        

  • Se presentan novedades vinculadas al concepto de pluralismo jurídico, la interculturalidad,   el reconocimiento constitucional de la jurisdicción indígena originario campesina, la participación ciudadana.

  • Otro aspecto nuevo introducido en la  Constitución Política del Estado  es la  elección de los magistrados por sufragio universal.

 

  • Es innovador el hecho de que las personas que participen en la elección de magistrados no podrán realizar campaña electoral.

Elementos de avanzada incorporados en la CPE acordes a las tendencias del siglo XXI

  • La Constitución Política del Estado, menciona que la función judicial es única, sin embargo distribuye en jurisdicciones claramente identificadas e importantes, entre las que se encuentran: la jurisdicción ordinaria, la jurisdicción agroambiental y la jurisdicción indígena originaria campesina.

  • Una de las tendencias del Siglo XXI  respecto al tema de la justicia es el modelo que tiende a garantizar  la efectividad de los derechos fundamentales.

Aspectos que fortalecen la democracia y el Estado de Derecho

  • Conjuntamente con la elección de autoridades judiciales mediante sufragio y el reconocimiento en la constitución de la jurisdicción indígena originario campesina indudablemente se fortalece las instituciones democráticas, toda vez que se reconoce las formas de resolver un conflicto al interior de una comunidad.

Aspectos que robustecen al Estado y su capacidad de gestión

  • Un aspecto que robustece al estado y su capacidad de gestión es el pluralismo jurídico

Elementos recuperados de otras  constituciones o acuerdos internacionales

  • Uno de los aspectos importante recuperados de la constitución política del estado de 1994 es la referida a la institucionalidad del tribunal constitucional, como garante máximo de la constitución.

Omisiones importantes en el texto constitucional.

  • La constitución reconoce la jurisdicción indígena originaria campesina, sin embargo., no menciona lo relacionado al alcance y ámbito de aplicación.

  • No da luces para una revolución judicial efectiva, una lucha contra la corrupción y retardación de justicia.

Ambigüedades en la redacción que generen incertidumbre

  • La CPE no  define claramente el ámbito de coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena originaria con otras, librando estos elementos a una ley secundaria.

Contrasentidos al interior de la CPE expresada en la lectura de distintos artículos

  • Un contrasentido con el principio de igualdad  prevista en la CPE es que en la calificación de méritos se tomará en cuenta el haber sido autoridad originaria.

  • Existe una contradicción en la CPE al referirse a la función judicial como única.

Posibles amenazas para la institucionalidad del Estado, y su posicionamiento en el mediano y largo plazo en la región.

  • Uno de los aspectos de retroceso dentro de la CPE es la elección de autoridades judiciales por sufragio universal.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (10 Kb) pdf (81 Kb) docx (16 Kb)
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com