Procesos étnicos, etnopolitica y movimientos autóctonos de reivindicación
Enviado por milagro.camila • 21 de Enero de 2021 • Ensayo • 1.559 Palabras (7 Páginas) • 148 Visitas
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PROGRAMA DE ESTUDIOS JURÍDICOS
Módulo 2: fundamentos teóricos de la antropología jurídica
Tema 2: Procesos étnicos, etnopolitica y movimientos autóctonos de reivindicación.
Según diferentes autores al hablar de etnopolítica se puede hacer referencia a dos escenarios:
- Reivindicación política a través de criterios étnicos (corresponde a la toma de decisiones para con los grupos étnicos desde el plano gubernamental)
- Reivindicación étnica a través de criterios políticos (corresponde a la organización étnica con inserción en la política dominante, retomando la lógica del Estado como un medio para obtener los beneficios que consideran correspondientes a la situación particular en la que se desenvuelven)
En este caso se abordará la etnopolitica desde la segunda perspectiva, considerando que no se limita sólo al espectro político y jurídico, sino que abarca cuestionamientos de carácter identitario, ya que, uno de los objetivos principales de los movimientos etnicos es la de construir o reconstruir una identificación colectiva como base que posibilite la inserción al ámbito político con mayor presencia.
Al respecto, Van Cott (2004)., expresa
Las características de las movilizaciones étnicas en cada localidad responden a distintas situaciones políticas, económicas, sociales y culturales en las que se ven sumergidas, así mismo, las exigencias por las que una organización surge, y porta como objetivo, también se supedita a las condiciones particulares de la misma. Las estrategias que estos grupos etnopolíticos formulan varían conforme a su peculiaridad; no existe una manera estricta de llevarse a cabo, sin embargo, comparten elementos comunes de acción y organización; una de ellas es que “recurren en sus demandas a un lenguaje político estructurado de acuerdo a la lógica dominante” (pág. 22)
Se dice entonces, que los grupos etnopolíticos rompen con los esquemas tradicionales de organización, se van desenvolviendo en el ámbito político con la participación activa de sus líderes. En el caso de los pueblos indígenas se pueden entender estos procesos desde la óptica de la lucha por las reivindicaciones de sus derechos. Partiendo de la idea de que los pueblos indígenas se encuentran presente en gran parte del mundo, en cada continente (pasando por Asia, África y las Américas) existe representación de los pueblos originarios, sin embargo, un común denominador entre ellos ha sido la lucha contra la opresión y constante violación de su autonomía, largos años de lucha han costado a los pueblos indígenas de Latinoamérica para el reconocimiento de sus derechos.
Tal como lo plantean Carias y Cortesía (2016),
En las últimas décadas ha ocurrido un despertar de los pueblos originarios de la región, a los cuales históricamente los colonialismos de distinta índole y con diferentes mecanismos, pretendieron exterminar o asimilar, sin conseguirlo. Hoy por hoy, los pueblos indígenas se han convertido en actores sociales que ni los gobiernos nacionales, ni la comunidad internacional pueden ignorar; aunque solo sea por el hecho de constituir un obstáculo para la apropiación por parte de empresas transnacionales, de inmensas riquezas y reservas naturales en el área de la minería y la biodiversidad, que se encuentra en los territorios indígenas. (pág. 25)
Estas luchas han originado que en el continente latinoamericano, se hayan incorporado reivindicaciones sustanciales para los pueblos originarios, lo cual se constituye en un importante avance jurídico, político y social, ya que en las mismas se introdujo el concepto de diversidad cultural y con ello el reconocimiento de las particularidades étnicas de la población: idioma, cosmovisión, organización social, política y económica, educación, especificidad cultural, usos, costumbres y religión; así como de sus derechos culturales, económicos, sociales, territoriales y políticos.
En una retrospectiva histórica, se tiene que en Venezuela entre los años 1961 y 1999, los derechos constitucionales de los pueblos indígenas estuvieron limitados a una escueta mención en el artículo 77 de la Constitución Nacional de la República de Venezuela, donde se señalaba que: “El Estado propenderá a mejorar las condiciones de vida de la población campesina. La ley establecerá el régimen de excepción que requiera la protección de las comunidades indígenas y su incorporación progresiva a la vida de la nación”, este artículo evidencia que los pueblos indígenas no eran considerados pueblos independientes, no se les reconocía sus derechos al ejercicio libre de sus formas de vida, ni se respetaba el derecho a la multiculturalidad y pluriculturalidad, por el contrario se les consideraba un sector de la población que requería ser incorporado a las normas de la cultura dominante, en un intento de desaparecer las normas propias de los pueblos indígenas.
No obstante, largos años de resistencia étnica, desembocaron en el planteamiento de demandas reivindicativas mucho más amplias que la defensa de los derechos a la diversidad cultural, originando que las poblaciones autóctonas de nuestro país buscaran mecanismos de organización de sus bases, en pro de la demanda de sus derechos. En este contexto se inicia en los años 80 la organización del movimiento indígena venezolano, denominado Consejo Nacional Indio de Venezuela (CONIVE), iniciando procesos más complejos y dinámicos de lucha, que aspiraban superar el encuadre puramente de diferencia cultural, para convertirse en movimientos étnicos orientados a la conquista de derechos políticos específicos; los cuales, refrendados como derechos constitucionales, garantizarían la participación social y política a través de sustanciales cuotas de representación de los pueblos originarios en las diferentes instancias del ejercicio del poder y de la toma de decisiones del Estado venezolano.
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