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Derecho Civil II


Enviado por   •  18 de Junio de 2015  •  5.906 Palabras (24 Páginas)  •  665 Visitas

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AUTOEVALUACION DERECHO CIVILII TEMA I

1. Explique el concepto de Obligación según Justiniano.

R= En las Institutas de Justiniano se caracteriza a la obligación como un vínculo jurídico que constriñe a una persona a pagar alguna cosa, según las leyes de la ciudad. “Obligatio est iuris vinculum, quo necessitate adstringimur alicuis solvendae rei secundum nostrae civitaltis iura”

2. Diga el concepto de Obligación Tradicional y los elementos que las integran.

R= Es la relación jurídica entre un acreedor y un deudor y el objeto de esta relación jurídica, consiste en dar, hacer o no hacer. Y sus elementos son el acreedor o sujeto activo, el deudor o sujeto pasivo, y el objeto. Que también son sujetos y objeto.

3. ¿Cuál es la diferencia entre las obligaciones Civiles y las Naturales?

R= El las obligaciones civiles existe la posibilidad eventual de obtener coactivamente la prestación, es decir, la coacción en potencia o sea origina una responsabilidad civil. Y en las obligaciones naturales no existe tal posibilidad.

4. Enumere los diversos tipos de obligaciones que la Ley contempla.

R= unilateral y bilateral

5.- ¿Que es el débito?

R= Deuda. Partida que se asienta en el debe o pasivo de una cuenta. En contabilidad implica cualquier cantidad que al asentarse o registrarse incrementa el saldo de un pasivo o decremento el de un activo.

6.- ¿En qué consiste la Ejecución Forzada y el embargo?

R= Consiste en obtener exactamente la misma prestación o equivalente. Podemos decir que tratándose de obligaciones de dar, cuando la cosa existe en el patrimonio del deudor y no hay una imposibilidad de hechos por ocultación, al acreedor podrá obtener atreves del embargo esto es el aseguramiento pero con fines procesales, de tal manera que no ejerce un poder jurídico directo e inmediato sobre los bienes embargados, supuesto que éstos quedan en depósito y es el Juez quien debe hacer respetarlo.

7.- ¿Qué se entiende por fuente en el ámbito de las Obligaciones?

R= Es la Ley; son obligaciones legales.

8.- Identifique la clasificación de las Obligaciones.

R= 1.- Contrato; 2.- Declaración unilateral de voluntad; 3.- Enriquecimiento ilegítimo; 4.- Gestión de negocios; 5.- Hechos ilícitos y 6.- Riesgo profesional. En cuanto al riesgo profesional, debe ser derogado.

9.- ¿Qué entiende por responsabilidad Patrimonial?

R= Es la responsabilidad patrimonial para el caso de incumplimiento, en el deudor o en la tercera persona. (Está extendida en la doctrina científica actual la tendencia a considerar la deuda como el deber de realizar o adoptar un determinado comportamiento, y la responsabilidad como el estar sujeto a la necesidad del cumplimiento.)

10.- Explique los elementos de las Obligaciones.

R= SUJETOS: son elementos de la relación y también de la obligación, pero la obligación en sí misma, como deber jurídico no podría explicarse mencionando solo al deudor o sujeto pasivo porque la noción de deber es correlativa de la noción de la facultad, y es así como hacemos intervenir al pretensor, como sujeto activo o acreedor, en la obligación, quien exigirá la conducta regulada como prestación o como abstención.

.- OBJETO.- El objeto de la obligación se caracteriza como prestación o como abstención, es decir, como forma de conducta positiva o negativa. Puede referirse a cosas y entonces estas serán objetos indirectos de las prestaciones de dar o de hacer cuando los hechos, a su vez recaigan sobre cosas; por ejemplo, contrato de obra que tiene por objeto un hecho, construir, pero habrá de referirse a la fabricación de alguna cosa mueble o inmueble.- El objeto, por consiguiente, directo de la obligación , es la conducta del deudor, bajo las formas de prestación o de abstención. Las prestaciones pueden referirse a cosas tanto en las obligaciones de dar como en ciertas obligaciones de hacer. Así mismo, las abstenciones pueden tener relaciones directas o indirectas de las cosas.

11.- ¿Cuáles son las facultades del acreedor en la Obligación?

R= El acreedor podrá recibir y retener el objeto del pago. Esta facultad de retener significa que el deudor no podría exigir restitución de lo pagado alegando que se trataba de una obligación natural.

TEMA II

1.- Diga usted el concepto de Contrato.

R= Contrato es un acuerdo voluntario entre dos partes, llamadas deudor y acreedor. Cada parte puede estar constituida por más de una persona, o sea que puede haber más de un deudor y/o más de un acreedor vinculados por el contrato. Pertenecen al género de los actos jurídicos, caracterizándose por ser bilaterales.

2.- Explique los elementos de existencia de los Contrato.

R=LA CAPACIDAD.- es la posibilidad de ser sujetos de derechos y obligaciones y la tiene toda persona física desde su nacimiento y se pierde con la muerte. Por lo cual la incapacidad es una causa de invalidez que origina la nulidad relativa del contrato o del acto jurídico en general. Existen tres sistemas que explican este problema.

PRIMERO. Considera que la capacidad se adquiere desde el momento mismo en que el individuo es concebido.

SEGUNDO. Considera nacida a la persona en el momento en que el feto se desprende del seno materno, y

TERCERO. Considera que no basta que exista la concepción ni que el feto se desprenda del seno materno, sino que es necesario que se reúnan otras condiciones, principalmente, que el ser humano tenga viabilidad.

A. INCAPACIDAD DE GOCE. Existe, cuando la ley priva a las personas físicas o morales, del derecho de ser titulares, de derechos y obligaciones.

Nuestro Código Civil considera que existe incapacidad de goce, en los siguientes casos:

1. LOS EXTRANJEROS.

2. LAS ASOCIACIONES RELIGIOSAS

3. LAS INSTITUCIONES DE BENEFICIENCIA.

4. LASSOCIEDADES COMERCIALES POR ACCIONES.

5. LOS BANCOS.

2.- NO EXISTIR VICIOS DEL CONSENTIMIENTO: En el error hay que distinguir : A) El que destruye la voluntad, originando la inexistencia del acto jurídico o del contrato; b) El que simplemente vicia el consentimiento y motiva la nulidad relativa del negocio jurídico y finalmente, c) El error que es indiferente en cuanto a la validez del acto.

EN CUANTO AL DOLO.- partimos de la distinción fundamental que distingue el dolo principalmente nulifica el contrato y el incidental que carece de efectos en cuanto a la validez del

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