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Regimen De Las Personas


Enviado por   •  5 de Noviembre de 2012  •  4.308 Palabras (18 Páginas)  •  416 Visitas

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REGIMEN DE LAS PERSONAS

Definición.

Se ha entendido históricamente y Roma no es la excepción, que persona era todo ente capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones. No obstante, en Roma no todos los seres humanos eran personas (esclavos) ni todas las personas eran seres humanos (morales o jurídicas).

La acepción PERSONA viene del latin “personna”, vocablo que significaba Máscara, la cual era utilizada para caracterizar personajes en el antiguo teatro romano. Para algunos autores la palabra tiene su origen en la palabra "personare", que significa "producir ruido", en una clara alusión a la naturaleza del ser humano, que es la de expresarse.

Clasificación.

Para efectos prácticos clasificaremos a las personas en Roma teniendo en cuenta tres estados o condiciones: El estado de libertad, el estado de ciudadanía y el estado de familia.

I. ESTADO DE LIBERTAD.

El estado de libertad status libertatis, era la base de todo derecho, por cuanto constituía el elemento esencial de la personalidad humana. Quien no era libre no era persona. De este estado se desprenden dos tipos de personas: Libres y Esclavos.

1. Personas Libres. En las institutas de Justiniano se define la libertad que tiene todo aquel que puede realizar cuanto le plazca, a no ser que la fuerza o la ley se lo impida. Las personas libres podían ser por una parte ingenuos o libertos; y los libres podían ser ciudadanos o no ciudadano

- Ingenuos. Son todos aquellos que han nacido libres y nunca han sido esclavos, bajo las siguientes reglas: El hijo de matrimonio legítimo (iustae nuptiae) sigue la condición del padre. El hijo nacido fuera del matrimonio (contubernium) sigue la condición de la madre. Si esta era esclava, nacía esclavo; si era libre o había sido libre en algún momento, nacía libre.

- Libertos. Son todos aquellos esclavos que han obtenido su libertad de acuerdo al ius civile. El acto por el cual su dueño o señor les concedía la libertad se llama “manumisión”.

2. Esclavos. Se desarrolla separadamente en otro texto.

II. ESTADO DE CIUDADANIA.

1. Ciudadanos. Todo aquel que tenía la calidad de ciudadano romano y no había sido privado de ella por una causa particular, gozaba del ius civitatis, es decir, participaba de todas las instituciones del derecho público y privado.

El derecho público le confería el ius suffragii (derecho a votar) y el ius honorum (derecho a ocupar magistraturas y otras dignidades del Estado).

El derecho privado les concedía el ius connubii (derecho a contraer matrimonio) y el ius commercii (adquirir y enajenar bienes).

1.1 Como se adquiría la Ciudadanía.

1.1.1 Por nacimiento.

1.1.2 Por causas posteriores:

1.1.2.1 Por manumisión. El esclavo se hacía ciudadano por ser liberado por su dueño con las formalidades legales (vindicta).

1.1.2.2 El peregrino que obtenía su ciudadanía por comicio, senadoconsulto o decisión del emperador.

1.1.2.3 Los latini veteres y coliniari por servicios prestados a Roma, el ejercicio de ciertos cargos públicos o la denuncia de funcionarios corruptos.

1.2 Pérdida de la Ciudadanía.

1.2.1 Por esclavitud.

1.2.2 Por ciertas condenas como la interdicción y la deportación.

1.2.3 Por decisión voluntaria, al hacerse ciudadano de otra nación.

2. No ciudadanos. Estaba excluidos del ius civitatis. Estaban sujetos al ius gentium Se clasificaban en Peregrinos y Latinos.

2.1 Peregrinos: Extranjeros residentes en Roma, de provincias que se anexaron a Roma o celebraron tratados con ella.

2.2. Latinos: Eran peregrinos tratados con favores especiales por pertenecer a provincias latinas. Se clasificaban a su vez en:

- Latini veteres: Habitantes de la antigua latium (la región de la península itálica – confederación de ciudades latinas).

- Latini Coloniari: Habitantes de colonias romanas. Eran generalmente romanos de baja clase llevados a poblar regiones conquistadas o que voluntariamente abandonaban su patria para trasladarse a ellas.

- Latini Iuniani: Algunos libertos que por la ley Junia Norbana fueron asimilados a los latini coloniari.

Esta división perdió toda importancia en el año 212 d.c, cuando el edicto de Antonio Caracalla elevó a la categoría de ciudadanos romanos, a todos los habitantes del imperio (por conveniencias fiscales).

III. ESCLAVITUD.

La esclavitud por el contrario, era la condición de un bien patrimonial que ni siquiera tenía el atributo de ser persona, sujeto al poder de su amo (dominus). Este poder no era una potestad de persona a persona (a pesar de denominarse potestad dominical), sino una relación patrimonial entre una persona y un bien (cosa). A pesar de la evolución que el esclavo tuvo a lo largo de la historia romana (hasta llegar a se reconocido persona), su situación no varió mucho en las distintas épocas y la institución permaneció durante gran parte del antiguo imperio romano.

1. Origen.

a) Por nacimiento.

b) Por el derecho de gentes: Por cautividad principalmente de los enemigos de Roma, vencidos en guerra o aún aquellos países que no estaban en guerra con Roma pero no tenían tratados de amistad con ésta.

c) Por el ius civile como pena impuesta por una ley, un senado consulto u otra disposición con fuerza de ley. También por ser hijo de esclavo. Condena a trabajar en las minas, a combatir a la bestias feroces o confinación a la escuela de gladiadores.

Bajo el imperio de Augusto o Nerón se promulga la lex petronia que establece el primer límite a poder y abuso absoluto sobre el esclavo, prohibiendo a amo venderlo para combatir a las fieras.

Claudio, Adriano y Antonio El Piadoso (Siglo II de nuestra era), tratan como criminal al amo que mata a su esclavo y llegan a obligar a venderlo en caso de maltrato.

2. Situación Jurídica del Esclavo.

2.1 Potestad del dueño sobre el esclavo. Inicialmente fue una condición doméstica: dada generalmente por el ius gentium el esclavo era casi de la familia. Con la expansión los esclavos no son más que extranjeros y bárbaros, por lo cual la esclavitud degenera en una relación rigurosa e incluso inhumana. No podía contraer matrimonio; a sus uniones se les conoció como contubernium.

2.2 Régimen de Bienes. No podía adquirir o enajenar por cuanto no tenía patrimonio

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