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DE LA CLASIFICACION DOCTRINARIA DE LOS JUICIOS CIVILES EN MATERIA CIVIL (APLICABLE A LA MATERIA MERCANTIL)


Enviado por   •  14 de Agosto de 2017  •  Trabajo  •  13.600 Palabras (55 Páginas)  •  499 Visitas

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TEMA: DE LA CLASIFICACION DOCTRINARIA DE LOS JUICIOS CIVILES EN MATERIA CIVIL (APLICABLE A LA MATERIA MERCANTIL)

I.- EXISTEN VARIOS PARÁMETROS QUE SIRVEN PARA CLASIFICAR A LOS JUICIOS CIVILES, SEGÚN LA DOCTRINA.

II.- DENTRO DE ESOS SISTEMAS DE CLASIFICACIÓN, NOS ENCONTRAMOS:

                        

                                          a).- JUICIOS DE CONOCIMIENTO

                                                1.- DECLARATIVOS

                                                 2.-  CONSTITUTIVOS

A).- POR SU CONTENIDO                3.-  DE CONDENA                                          

                                          b).- JUICIOS EJECUTIVOS      

                                                    c).-  JUICIOS CAUTELARES

                                

                

B).- POR LA PLENITUD O                a).- JUICIOS PLENARIOS

      LIMITACION DEL CONO-

     CIMIENTO:                                 b).- JUICIOS SUMARIOS

C).-  POR LA GENERALIDAD O                a).- JUICIOS ORDINARIOS

       ESPECIFICIDAD DE LOS

       ASUNTOS QUE RESUELVEN                b).-  JUICIOS ESPECIALES

        

                                        a).- JUICIOS DE MINIMA CUANTIA

D).-  POR SU CUANTIA:         b).-  JUICIOS DE MENOR CUANTIA

                                        c).- JUICIOS DE MAYOR CUANTIA

                                

                                        a).- ESCRITOS

E).-  POR SU FORMA:

                                        b).- ORAL

                                                                   a).-  SINGULARES

F).-  POR SU CONTENIDO PATRIMONIAL:

                                                                       b).- UNIVERSALES

TEMA _____:   DEL JUICIO ORDINARIO:

I.-  DESPUES DE CONSTATAR QUE NUESTRA LEGISLACION PRÁCTICAMENTE CONTEMPLA TODAS LAS CLASES DE JUICIOS, ANALIZAREMOS EL JUICIO ORDINARIO, SEGUROS DE QUE LO RELATIVO A LAS INSTITUCIONES LAS ESTUDIAREMOS DE TAL FORMA QUE SEAN APLICABLES A TODOS LOS JUICIOS, HACIENDO LAS CONSIDERACIONES CORRESPONDIENTES PARA CADA UNO DE ELLOS.

II.-  A PESAR DE SE CONTEMPLAS JUICIOS DE NATURALEZA ORAL, DE CUALQUIER FORMA DIREMOS QUE EL JUICIO QUE NOS OCUPA ES ESTRICAMENTE ESCRITO.

III.-  POR LO TANTO, EL JUICIO ORDINARIO ES EMINENTEMENTE ESCRITO.

IV.-  ASÍ ENTONCES EN SU TRAMITACIÓN SE SIGUE UNA FORMA SEGMENTADA O DIVIDIDA EN ESTADIOS PROCESALES LLAMADOS:  ETAPAS PROCESALES.

V.- DICHAS ETAPAS SON:

        [pic 1][pic 2][pic 3][pic 4][pic 5]

VI.-  EXISTE ENTRE ESA ETAPAS UNA TRIPLE VINCULACIÓN: LÓGICA, CRONOLÓGICA Y TELEOLÓGICA.

VII.- LA ETAPA PREVIA O PRELIMINAR DADA SU EVENTUALIDAD NO ES UN REAL ETAPA DEL PROCESO, PORQUE COMO CLARAMENTE SU DENOMINACIÓN LO INDICA, ES PREVIA O ANTEERIOR AL JUICIO.

SIN EMBARGO, EN ESA PARTE DEL PROCESO SE ESTUDIAN TRES INSTITUCIONES IMPORTANTES:

A).-  MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO:

SIRVEN PARA REMOVER OBSTÁCULOS, SUPLIR DEFICIENCIAS O DESPEJAR DUDAS, QUE NO PERMITEN DEMANDAR CON SEGURIDAD.

LA LEY REGULA CUATRO MEDIOS PREPARATORIOS:

1.- A JUICIO EN GENERAL (202 AL 204).

2.-  A JUICIO EJECUTIVO (205 AL 208)

3.-  A JUICIO ESPECIAL DE DESAHUCIO (540).

4.-  A JUICIO ARBITRAL (224 A 226).

B).-  MEDIOS PROVOCATORIOS A JUICIO:  TIENEN POR OBJETO EL PROVOCAR EL SURGIMIENTO DE UN JUICIO.

LA LEY CONTEMPLA DOS MEDIOS PROVOCATORIOS:

1.-  LA ACCIÓN DE JACTANCIA (39-I)

 2.-  DILIGENCIAS PRELIMINARES DE PAGO SEGUIDAS DE CONSIGNACIÓN (209 A 218).

C).- PROVIDENCIAS CAUTELARES O MEDIDAS PRECAUTORIAS.

DE LAS EFECTIVAS ETAPAS DEL JUICIO:

DE LA ETAPA EXPOSITIVA, POLÉMICA O

POSTULATORIA DEL PROCEDIMIENTO.

I.-  EN ESTA ETAPA SE ABARCAN LAS SIGUIENTES INSTITUCIONES:  DEMANDA, EMPLAZAMIENTO Y CONTESTACIÓN DE DEMANDA.

II.-  CONCLUYE DICHA ETAPA CON LA FIJACIÓN DE LA LITIS O DEBATE, POR ELLO SE DENOMINA EN ESOS TÉRMINOS, PORQUE LAS PARTES EXPONEN SUS POSTULADOS; ES DECIR, ESTABLECEN LA POLÉMICA JURÍDICA.

III.-  DE LA DEMANDA:

1.- PARA HACER VALER UNA ACCIÓN EN JUICIO HAY QUE INTERPONE UNA DEMANDA ANTE JUEZ COMPETENTE.

2.- CONCEPTO DE DEMANDA:   ES EL ACTO JURÍDICO PROCESAL POR MEDIO DEL CUAL EL ACTOR EJERCITA SU ACCIÓN, ESTABLECIENDO LAS PRETENSIONES EN CONTRA DEL DEMANDADO.

3.-  ESTRUCTURA DE LA DEMANDA:

A).-  PARTE ESTÉTICA.

B).-  ESTRUCURA FORMAL O REQUISITOS LEGALES.

C).-  ESTRUCTURA MATERIAL DE LA DEMANDA.

4.-  ESTRUCTURA FORMAL O REQUISITOS DE LA DEMANDA (ART. 227).

a).-  TRIBUNAL AL QUE SE DIRIGE.

b).-  NOMBRE Y DOMICILIO DEL ACTOR O DE SU REPRESENTANTE LEGAL O CONVENCIONAL.

*c).-  AUTORIACIÓN DE ABOGADOS.

*d).-  CLÁUSULA DEL RESPETO.

e).-  VÍA PROCESAL Y CLASE DE ACCIÓN.

f).- NOMBRE Y DOMICILIO DEL DEMANDADO O MANIFESTACION DE INGNORANCIA SOBRE ESOS ASPECTOS.

g).-  RELACIÓN CLARA, ORDENADA Y PRECISA DE LAS PRESTACIONES QUE SE RECLAMAN AL DEMANDADO.

h).-  RELACION CLARA  Y SUSCINTA DE LOS HECHOS EN QUE SE FUNDA LA DEMANDA, ESTABLECIENDO EL TÍTULO CAUSA DE LAS ACCIONES, DE TAL FORMA QUE NO SE DEJE EN ESTADO DE INDEFENSIÓN AL DEMANDADO.

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