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Contrato De Trabajo


Enviado por   •  30 de Junio de 2014  •  2.458 Palabras (10 Páginas)  •  257 Visitas

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CONTRATO DE TRABAJO

Es aquel mediante el cual una persona se obliga a prestarle serbio a otra, bajo su dependencia y mediante una remuneración.

En general un contrato es un acuerdo de voluntades que crea o transmite derechos y obligaciones a las partes que lo suscriben. El contrato es un tipo de acto jurídico en el que intervienen dos o más personas y está destinado a crear derechos y generar obligaciones. Se rige por el principio de autonomía de la voluntad, según el cual, puede contratarse sobre cualquier materia no prohibida.

ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO POR PIEZA

El consentimiento El objeto Subordinación o dependencia La remuneración licito Capacidad El servicio personal.

CONTRATO DE TRABAJO POR PIEZA. SEGÚN LA FORMA DE PAGO DE LA REMUNERACION

El pago de trabajo por pieza es usualmente el precio pagado por unidad de trabajo.

Contrato de trabajo a destajo o por pieza; la remuneración o salario se paga e atención al resultado de trabajo y no al tiempo invertido en obtenerlo, de tal modo que a mayor rendimiento mayor retribución

Trabajo por tarea, a destajo o por unidad de obra, con primas a la producción, o con incentivo. Se caracterizan estos sistemas por poner en relación directa la retribución con la producción del trabajo, con independencia, en principio, del tiempo invertido en su realización y por tener como objetivo la consecución de un rendimiento superior al normal. El trabajo a tarea consiste en la realización, por jornada, de una determinada cantidad de obra o trabajo. Si el trabajador termina la tarea antes de concluir la jornada diaria, la empresa podrá ofrecerle, y éste aceptar o no, entre continuar prestando sus servicios hasta la terminación de la jornada, o que abandone el trabajo, dando por concluida la misma .En el primer caso, la empresa deberá abonar el tiempo que medie entre la terminación de la tarea y la conclusión de la jornada diaria, como si se tratase de horas extraordinarias. En los trabajos a destajo o por unidad de obra o por pieza y a efectos de su retribución, sólo sea tiende a la cantidad y calidad de la obra o trabajo realizado, pagándose por piezas, medidas, trozos, conjuntos o unidades determinadas, independientemente del tiempo invertido en su realización, si bien puede estipularse un plazo para su terminación, en cuyo caso, deberá terminarse dentro de él, pero sin que pueda exigirse, en este caso, un rendimiento superior al normal.

EL SALARIO POR PIEZAS

El salario por piezas no es más que la forma transfigurada del salario por tiempo, del mismo modo que éste, a su vez, no es más que la forma transfigurada del valor o precio de la fuerza de trabajo.

A primera vista, parece como si en el salario por piezas el valor de uso vendido por el obrero no fuese la función de su fuerza de trabajo, del trabajo vivo, sino el trabajo ya materializado en el producto, y como sí el precio de éste no se determinase, como el salario por tiempo, por el quebrado

VALOR DE UN DIA DE FUERZA DE TRABAJO

jornada de trabajo de un determinado número de horas

Con el salario a destajo (por piezas) el valor de la fuerza de trabajo se paga en dependencia de la cantidad y de la calidad de los artículos elaborados o de las operaciones de producción ejecutadas. Esta forma de salario disimula en mayor medida que el salario por tiempo la explotación de los obreros. Aparentemente, el obrero vende al capitalista los productos de su trabajo. En realidad, sin embargo, el capitalista se apropia gratuitamente de parte del nuevo valor,

DIFERENCIA DEL UN CONTRATO CIVIL Y CONTRATO LABORAL

Esa distinción, entre el contrato civil y el contrato laboral, se ha ido afianzando a través del tiempo y encuentra origen en el reconocimiento de la situación de asimetría en la que se encuentran las partes, la cual no permite presumir que el acuerdo de voluntades se produzca a partir del ejercicio no interferido ni restringido de la autonomía de cada una de ellas, como si ocurre en el contrato civil, y en la evolución misma de las sociedades que reivindican el trabajo como un valor y un principio esencial del Estado, y como un derecho fundamental de las personas de cuya realización efectiva depende el desarrollo de la misma en condiciones de dignidad. En efecto, a diferencia de lo que ocurre con el contrato civil, el contrato de trabajo es la fuente de la relación laboral, cumple una función reguladora complementaria de las condiciones establecidas en la Constitución y en la ley, condiciones que las partes no están en capacidad de transgredir, empeorar o desconocer, pues ello implicaría la

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