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Derecho Mercantil


Enviado por   •  4 de Marzo de 2012  •  2.112 Palabras (9 Páginas)  •  826 Visitas

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DERECHO MERCANTIL

Es el sistema de normas jurídicas que determinan su campo de aplicación mediante la calificación de mercantiles dadas a ciertos actos, y la regulación de estos y la profesión de quiénes se dedican a celebrarlos.

El derecho mercantil debe de ser considerado como un derecho especial, que tiene un campo de aplicación que determina el propio sistema mediante las correspondientes normas delimitadoras.

Emplea las mismas categorías o conceptos generales que el derecho civil, el procesal del trabajo, etc.: sujeto jurídico, relación, objeto, capacidad, etc. Todas estas ramas del derecho no son sino partes integrantes de un mismo todo, la pirámide de normas del acertado tropo kelsiano; entre todas las normas que la forman existe una intima interdependencia, todas derivan de un mismo principio único, la constitución originaria.

FUENTES DEL DERECHO MERCANTIL

Las fuentes se refiere a los lugares, instituciones o hechos de los cuales nace o emana la Norma Jurídica.

Llamamos fuentes del Derecho mercantil a todo aquello que se origina en su aspecto objetivo de norma o regla obligatoria de conducta y constituye, por lo tanto, el modo o forma especial como se desarrolla y desenvuelve esa rama del Derecho. En Derecho Mercantil, podemos identificar tres tipos de fuentes.-

a) La Ley. El Derecho Mercantil es Derecho Positivo, se regula con disposiciones de carácter normativo (leyes, códigos, decretos, etc.). Es una rama del Derecho Privado Común, por lo que en el caso de ausencia de una norma específica y siendo imposible aplicar analógicamente una disposición del propio Derecho Mercantil para completar una laguna, regirá el Derecho común, que en este caso es el civil.

b) La Costumbre. Es la repetición constante y uniforme de actos obedeciendo a las convicciones jurídicas que consisten en la certeza de que ellos pueden ser objeto de una sanción legal o judicial. Exceptuando a la costumbre los usos comerciales. La costumbre nunca podrá ser contraria a la ley.

c) La Jurisprudencia. Es una integración o una interpretación de la ley, las cuales son realizadas por los órganos jurisdiccionales. Dado el carácter profesional de los jueces y magistrados, la jurisprudencia es considerada como la mayor fuente interpretativa del Derecho Positivo en caso de laguna.

La fuente por excelencia del derecho comercial es la legislación mercantil. Una ley tiene carácter de mercantil no sólo cuando el legislador se lo ha dado explícitamente, sino también cuando recae sobre materia que por la propia ley o por otra diversa, ha sido declarada comercial.

ACTOS DE COMERCIO

El acto de comercio es un acto jurídico dentro del ámbito mercantil. El ilustre constitucionalista Felipe de Jesús Tena Ramírez señala que.-

"El acto de comercio es todo acto que pertenece a dicha industria, y que habrá de consistir en operaciones de interposición o mediación, por las que se adquiere de una persona para transmitirlo a otra, un bien en donde se ve que el concepto de interposición son dos operaciones diversas: una inicial de adquisición y otra final de enajenación, siendo tan comercial la una como la otra, puesto que ambas se hayan ligadas entre sí por un vínculo lógico, estrechísimo por la unidad del propio intento económico. Se infiere que el acto de comercio es ante todo un acto jurídico, ya que para adquirir y enajenar necesita el comerciante entrar con otras personas en relaciones de derecho".

Al estar los actos jurídicos expresamente regulados por el ordenamiento jurídico, tenemos que señalar que el Acto de Comercio está regulado por aquél, encontrándose reglamentados de manera enunciativa, en la regulación mercantil; así como en otro tipo de leyes que sin ser mercantiles, contemplan tal tipo de normas, de las que podemos señalar.-

• El Código de Comercio,

• La Ley General de Sociedades Mercantiles,

• La Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito,

• La Ley de Instituciones de Fianzas,

• La Ley de Instituciones de Crédito, entre otras.

El Acto de Comercio, es un acto jurídico en el que hay una manifestación de voluntad expresada por comerciantes, ya sea por una persona física o moral, y que su consecuencia es producir efectos jurídicos dentro de la esfera mercantil, por ello, uno de ellos enajena y el otro adquiere mercancías o servicios.

CLASIFICACION DE LOS ACTOS DE COMERCIO

1. ACTOS ABSOLUTAMENTE MERCANTILES.- Tienen ese carácter o naturaleza que lo determina el Código de Comercio. Son aquellos que están previstos en el artículo 75 del referido Código y otros están en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y unos ejemplos de ellos son; contrato de reporto, contrato de apertura de crédito, contrato de depósito bancario, contrato de habilitación, contrato de fideicomiso, contrato de cuenta corriente y contrato de depósito de títulos;

2. ACTOS DE MERCANTILIDAD CONDICIONADA.- Son aquellas actividades que aparentemente llevan implícita la aplicación del Código de Comercio y la aplicación del Código Civil por ejemplo: la celebración de un contrato de arrendamiento respecto de un bien inmueble que será empleado para la edificación de una empresa;

3. ACTOS DE COMERCIO ATENDIENDO A SU FINALIDAD.- Son aquellas actividades que las realizan los comerciantes con toda la intención de obtener un lucro o ganancia licita, pero también dichas actividades podrán ser realizadas por personas que no tengan el carácter de comerciantes. Sin embargo, se debe advertir la intención respecto de la obtención de un lucro;

4. ACTOS MERCANTILES POR ALGUNA DE LAS PERSONAS QUE EN ELLOS INTERVIENEN.- Son aquellas actividades que se realizan sólo por determinadas personas a las que la ley mercantil, les reconoce el carácter de comerciantes, en este sentido para que se configure en si el acto de comercio, es suficiente que una de las personas que intervienen tenga el carácter de comerciante, de acuerdo a lo que señala el artículo 1050 Código de Comercio;

5. ACTOS MERCANTILES POR SU OBJETO.- Son aquellas actividades que revisten de una naturaleza comercial por dos razones, la primera que se encuentran en estos supuestos en algún documento (objeto) tal como el Código de Comercio; y, segunda que se materializan o se expresan en instrumentos o documentos que la legislación mercantil establece para su operatividad y desarrollo (objeto) - títulos de crédito); y

6. ACTOS MERCANTILES ACCESORIOS Y CONEXOS.- Son aquellas manifestaciones de la voluntad que derivan de un acto de comercio principal.

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