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Derecho Mercantil


Enviado por   •  20 de Enero de 2012  •  1.788 Palabras (8 Páginas)  •  350 Visitas

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MARÍA ANTONIETA SOLÍS CARMONA Y/O PEDRO MARTÍNEZ SIGÜENZA

VS

PETRA GALVÁN.

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

ESCRITO INICIAL

C. JUEZ CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCO,

ESTADO DE MÉXICO, COMPETENTE.

PRESENTE

MARÍA ANTONIETA SOLÍS CARMONA Y/O PEDRO MARTÍNEZ SIGÜENZA, en nuestra calidad de endosatarios en procuración del C. JUAN PÉREZ. Nombrando al Licenciado en Derecho JOSÉ LUÍS BAUTISTA DIONICIO para oír y recibir todo tipo de notificaciones aun las de carácter personal en mi nombre y representación, del mismo para imponerse de los autos. Y señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones los estrados de este H. Juzgado, ante Usted respetuosamente comparecemos para exponer:

Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 5,170 y demás relativos y aplicables de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, así como los artículos 1049, 1391,1392, y demás relativos y aplicables del Código de Comercio, venimos a demandar en la VÍA EJECUTIVA MERCANTIL de PETRA GALVÁN, que tiene su domicilio para ser emplazada en la Calle Zaragoza número 54 (cincuenta y cuatro), San Juan Tepecoculco, Municipio de Atlautla. Estado de México, el pago y cumplimiento de las siguientes:

P R E S T A C I O N E S

1.-El pago y cumplimiento de la cantidad de $1, 000, 000 .00 (UN MILLÓN DE PESOS 00/100 MN.), por concepto de suerte principal y de acuerdo al documento base de la acción que al efecto se agrega al presente escrito.

2.- El pago y cumplimiento del interés moratorio pactado entre las partes y signado en el documento antes referido, a razón del 10% (diez por ciento) mensual a partir de la fecha del vencimiento del título base de la presente acción, hasta el total cumplimiento de la cantidad contraída por la ahora parte demandada.

3.- El pago de los gastos y costas que se originen en el presente juicio y hasta su total y absoluta culminación.

Motivo la presente demanda en las siguientes consideraciones de:

H E C H O S

1.- Con fecha DIECIOCHO DE MAYO DE DOS MIL NUEVE, PETRA GALVÁN signó y libró en su calidad de deudor un pagaré a favor de JUAN PÉREZ, por la cantidad de $1, 000,000.00 (UN MILLÓN DE PESOS 00/100 MN.)Con el interés moratorio respectivo a razón del 10% (diez por ciento) mensual. Documento que anexo con el presente escrito inicial de demanda.

2.- Es el caso que el hoy demandado hasta la fecha se ha negado rutinariamente a cumplir con su obligación de pago contraída mediante los documentos base de la acción, y a pesar de las múltiples gestiones extrajudiciales verificadas por el hoy actor, a efecto de hacer efectivo el cobro del adeudo contenido en los mismos, éstas han sido insatisfactorias hasta la presente, razón por la cual y haciendo uso de los medios legales conducentes, es que se interpone la presente demanda y solicitando que con fundamento en lo dispuesto en el artículo 1392 del Código de Comercio, Su Señoría tenga a bien dictar la siguiente medida precautoria:

FORMAL AUTO DE EXEQUENDO

Se solicita que al momento en que se le emplace a Juicio a la hoy demandada se le requiera el pago de lo reclamado y en caso de no hacerlo la voz pase a ésta parte a efecto de que el ocursante señale bienes suficientes propiedad del hoy demandado, amén de que éste garantice el pago de las prestaciones reclamadas a lo largo del presente ocurso.

Todo lo anteriormente expuesto y motivado se refuerza mediante las siguientes:

P R U E B A S

1.- LA DOCUMENTAL PRIVADA: Consistente en el pagaré de fecha dieciocho de mayo de dos mil nueve, signado y librado por la C. PETRA GALVÁN, a favor de JUAN PÉREZ, por la cantidad de $1,000,000.00 (un millón de pesos 00/100 MN.), con el interés moratorio respectivo a razón del 10% (diez por ciento )mensual . Documento que anexo con el presente escrito inicial de demanda.

Ésta prueba la ofrezco con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1194,1198 y demás relativos y aplicables del Código de Comercio vigente.

Y la relaciono con el punto de hechos marcado con el número 1(uno) del presente libelo, prueba la cual servirá para demostrar el adeudo contraído por la C. PETRA GALVÁN.

2.- LA CONFESIONAL que estará a cargo de la C. PETRA GALVÁN, quien deberá ser notificada en el domicilio que se indica en el presente escrito o aquel que indique al contestar la presente demanda, si es que la hay, a efecto de que de manera personalísima y no por conducto de apoderado legal alguno, comparezca ante Su Señoría con el fin de absolver posiciones que se le articulen de manera directa y que sean calificadas de legales por su Señoría; notificación la cual se solicita sea verificada acompañándola a la misma el apercibimiento de ley, consistente en el hecho de que para el caso de que dicho absolvente no comparezca ante la presencia de Su Señoría a absolver posiciones sin justa causa, se le tendrá por confeso de aquellas posiciones que previamente sean calificadas de legales por su Señoría.

La presente prueba la ofrezco con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1211,1212,1214 y demás relativos y aplicables del Código de Comercio, y la relaciono con todos y cada uno de los hechos del correspondiente escrito inicial de demanda y servirá para demostrar el hecho de que con fecha dieciocho de Mayo de dos mil nueve, la C. PETRA GALVÁN, signó y libró un pagaré por la cantidad de $1,000,000.00 ( un millón de pesos 00/100 MN.), con el interés moratorio respectivo a razón del 10% (diez por ciento)mensual. Para lo cual anexo al presente escrito,

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