Procedimientos Administrativos
Enviado por mabelmargarita • 7 de Noviembre de 2013 • 1.286 Palabras (6 Páginas) • 277 Visitas
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Integrantes:
Sonny telleria
Barquisimeto, Abril del 2013.
PROCEDIMIENTO ORDINARIO:
A) PROCEDENCIA: Es aquel procedimiento que se sigue cuando no está establecido de ninguna otra manera en ninguna ley especial, es decir que siempre y cuando una ley no la contradiga, se usara el procedimiento ordinario que se encuentra establecido en la Lopa.
B) INICIACION: Este puede iniciarse de dos maneras ya sea de oficio, es decir por parte del funcionario competente y jerárquico que ordena la apertura y notificación a cuyas personas tengan interés legítimos personales y directos; donde pudieran ser perjudicados dichos intereses dándole un plazo de 1º días para que expongan sus casos; de la otra manera es a instancias de partes de los interesados, es decir que estos se dirigen a la administración de manera escrita el cual deberá ir encabezado con el nombre del organismo competente al cual esta dirigido, la identificación completa del interesado y del representante, va a destacar que viene siendo la cedula, estado civil, nacionalidad, profesión, dirección, así como también la dirección donde se hará la notificación de la contraparte, también llevara exposición de motivos y anexos todo lo exigido por la norma y la ley y finaliza con la firma del solicitante, vale destacar que si hace falta alguno de estos requisitos el funcionario deberá notificar al beneficiado o representantes dando un lapso de 15 días para solucionar la falta.
C) SUSTANCIACION:
1- Expediente, apertura, contenido, acumulación: Iniciando el procedimiento se abrirá el expediente correspondiente en la cual se recogerá toda la tramitación del asunto para darle comunicación entre oficio público y así darle la publicidad y notificación.
Cuando los asuntos tengan relación interna o conexión de la otra parte en la misma oficina el funcionario encargado podrá de oficio solicitar de las partes ordenar la acumulación de ambos expedientes, para así evitar decisiones contrarias.
2- Impulso del procedimiento: Es responsabilidad de la administración impulsar todos los procedimientos de sus trámites donde deberá cumplir todos los requisitos contemplados en la ley de oficio o la intención del interesado, donde deberá hacer todas las actuaciones necesarias para el mejoramiento del conocimiento del asunto.
D) TERMINACIÓN:
a) Resolución: Es el plazo de tramitación y de resolución de los expedientes, el cual no pueda exceder de 4 meses, salvo que exista causas excepcionales el cual se deja constancia de una prorroga máxima de 2 meses más, ese plazo correrá a partir del día siguiente de la solicitud y si se inicio de oficio.
b) Desistimiento: Es aquel que puede finalizarse con desistimiento de los interesados el cual debe hacerse por escrito, el cual será formalizado por el funcionario que tenga conocimientos del asunto y ordene que se archive el expediente.
c) Perención: Es todo aquel procedimiento iniciado a instancia por un particular y detenido durante 2 meses por alguna causa imputable, en donde la terminación de su cumplimiento será a partir de la notificación al interesado, vencido cuyo plazo sin que se haya reactivado el funcionario declara la perención, cuya declaración no extingue los derechos ni acciones ni interrumpe el lapso de prescripción.
d) Continuación a pesar de desistimiento o perención: Es aquel en donde la administración podrá continuar con el procedimiento si existe razones públicas justificables.
PROCEDIMIENTO SUMARIO:
A) PROCEDIMIENTO: Es aquel procedimiento que señaliza solo cuando lo estime conveniente la administración para que sea dictado una decisión.
B) PROCEDMIENTO DE INICIACION Y TÉRMINO FINAL: Este procedimiento se inicia de oficio y su término final para concluir
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