Procedimientos Administrativos
Enviado por esmeeralda • 18 de Septiembre de 2013 • 1.430 Palabras (6 Páginas) • 289 Visitas
Procedimientos administrativos
Cuando se cae a una Infraccion es pork la sanción es de tipo económico: se da dinero
Art. 123
Fracción 1: competencia desleal, nunca podrás demandar con esta fracción.
Actos contrarios a los buenos usos: piratería pero es ambiguo.
Fracción 2: no puedes stentar como patentar un invento k no está. Si ya caduco la patente o algo y la sigues manejando como patentada es castigo por ser desleal.
Fracción 3: es lo mismo solo k en vez de patente es marca. Y es el registro. similar
Fracción 4: parecido a competentica desleal, cuando una persona siente k su marca se parece a otra entonces podría demandar la infracción pork la marca es similar, nike y Mike, pork se parecen y confunden al consumidor. identica
Fracción 5: se refiera a cuando tienes una marca registrada y alguien mas tiene una razón social igual, entonces si registras la marca después de k se haya registrado la de la razón social no puedes hacer nada. Marca nike y otra empresa tiene la razón social nikesport SA de CV puedes demandar.
Te sanciona la ley cuando una empresa pone esa marca de razón social.
Primero debe existir la marca ( pork es mas antiguo) y depsues la empresa si es al contrario tiene un mejor derecho. En tu razón social tu marca
Fracción 6: es parecido al anterior. K utilices mi nombre comercial en la zona gerografica ya que es hay donde se conoce el negocio.
Ejemplo tortas toño ya que solo esta protegido en Guadalajara y zona metropolitana.
Y k use el mismo nombre comercial.
Fracción 7: (art 90 usar emblemas escudos etc.. ) la fifa puede demandar por sus emblemas si los utilizan cuando no sea en temporada.
Fracción 8: es como la fracción 5 solo k aki dice k utilices la marca registrada también como nombre de razón social .
Razón social: registro ante la secreteria de relaciones exteriores
Racion comercial: nombre como se da a conocer el negocio.
Esta fracción incluye al quinto.
Fracción 9: se utiliza para demandar en contra de la piratería.
La malicia con k lo hace es buscar confundir al consumidor.
a) 2 marcas similares
b) puedes confundir al público porque tú lo haces bajo el titular de la marca original
c) mismo pero prestas servicios
d) tequila yucateco pero tu sabes k no se puede porque solo es en Jalisco.
BMW (originario de Alemania) se haga en china y EUA piensa k es originario se Alemania entonces se puede demandar.
Fracción 10: intentar lograr el propósito de desprestigiar los productos. Los servicios y actividad industrial o comercial o el establecimiento de otro. No estará comprendida en esta disposición, la comparación de productos o servicios que ampare la marca con el propósito de informar al público, siempre dicha comparación no sea tendenciosa, falsa o exagerada en los términos de la ley federal de protección al consumidor. (Ejemplo: energizer dura más k otra batería y entonces se hace un estudio para ver si es cierto lo k se está diciendo)
Fracción 11: Fabricar o elaborar productos amparados por una patente (protege un invento) o por un registro de modelo de utilidad (algo k se le hace a un producto) o diseño industrial (firmes ordamentales, dibujos, etc...), sin consentimiento de su titular o sin la licencia respectiva; (se comete una infracción si pasa esto)
Fracción 12: ofrecer en venta o poner en circulación productos amparados por una patente o por un registro de modelo de utilidad o diseño industrial, a sabiendas de que fabricados o elaborados sin consentimiento del titular de la patente o registro o sin la licencia respectiva; (sanciona al comercializador del producto, tan responsable es el k comete el acto de piratería como el k lo vende y lo comercializa).
Fracción 13: utilizar procesos patentados, sin consentimientos del titular de la patente o sin la licencia respectiva (solo se utiliza el proceso k se necesita para realizar un producto, y este proceso esta patentado, como el proceso de realizar un medicamento bebida etc...) ( el k fabrica )
Fraccion14: ofrecer en venta o poner en circulación productos que sean resultado de la utilización de procesos patentados, a sabiendad que fueron utilizados sin el consentimiento del titular
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