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Regimenes Renta


Enviado por   •  2 de Abril de 2014  •  1.300 Palabras (6 Páginas)  •  245 Visitas

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REGIMENES

En el ámbito tributario podemos distinguir tres grandes grupos de actividades económicas:

a) Negocios

Comprenden las Rentas de Tercera Categoría del Impuesto a la Renta. Para este tipo de actividades, existen los siguientes regímenes:

i. Nuevo Régimen Único Simplificado – Nuevo RUS (sólo para personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas en el país).

ii. Régimen Especial del Impuesto a la Renta – RER.

iii. Régimen General del Impuesto a la Renta.

b) Trabajo Independiente

Aquellas actividades realizadas de manera independiente y personal como por ejemplo: contador, médico, dentista, gasfitero, entre otros, generan rentas consideradas como Rentas de Cuarta Categoría del Impuesto a la Renta. También se incluyen en esta categoría a los ingresos percibidos por el ejercicio de otros cargos como director, regidor, consejero regional, síndico, albacea.

c) Otros ingresos de personas naturales

Comprende las rentas obtenidas por personas naturales; sucesiones indivisas, sociedades conyugales; las que se clasifican como:

Rentas de primera categoría: Por el arrendamiento y subarrendamiento de predios(casas y terrenos) y alquiler de bienes muebles, incluida la cesión gratuita de tales bienes.

Rentas de Segunda categoría: Proveniente de intereses, regalías, dividendos, ganancias de capital por venta de inmuebles adquiridos a partir del 01 de enero 2004), ganancias por venta o enajenación de valores mobiliarios (p.e. acciones, bonos).

Rentas de quinta categoría: Por el trabajo en relación de dependencia (sueldos, pagos con carácter remunerativo). Los que perciben exclusivamente estas rentas no requieren obtener número de RUC.

GRUPOS TRIBUTARIOS TIPOS DE RENTA RÉGIMEN TRIBUTOS AFECTOS

NEGOCIOS Rentas de Tercera Categoría Régimen General Impuesto a la Renta de Tercera Categoría

IGV

RER Impuesto a la Renta de Tercera Categoría

IGV

Nuevo RUS Cuota del Nuevo RUS (incluye Impuesto a la Renta)

Renta de Tercera Categoría y el IGV)

TRABAJADORES

INDEPENDIENTES Rentas de Cuarta Categoría Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría

OTROS INGRESOS

DE PERSONAS

NATURALES Rentas de Primera Categoría Impuesto a la Renta de Primera Categoría

Rentas de Segunda Categoría Impuesto a la Renta de Segunda Categoría

Rentas de Quinta Categoría Impuesto a la Renta de Quinta Categoría.(*)

1. REGIMEN GENERAL (RG)

El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría grava la renta obtenida por la realización de actividades empresariales que desarrollan las personas naturales y jurídicas. Generalmente estas rentas se producen por la participación conjunta de la inversión del capital y el trabajo.

A continuación se muestran algunas actividades que generan rentas gravadas con este impuesto:

a) Las rentas que resulten de la realización de actividades que constituyan negocio habitual, tales como las comerciales, industriales y mineras; la explotación agropecuaria, forestal, pesquera o de otros recursos naturales; la prestación de servicios comerciales, financieros, industriales, transportes, etc.

b) También se consideran gravadas con este impuesto, entre otras, las generadas por:

- Los agentes mediadores de comercio, tales como corredores de seguros y comisionistas mercantiles.

- Los Rematadores y Martilleros

- Los Notarios

- El ejercicio en asociación o en sociedad civil de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio.

c) Además, constituye renta gravada de Tercera Categoría cualquier otra ganancia o ingreso obtenido por las personas jurídicas

¿Quiénes son contribuyentes de este impuesto?

Lo son aquellas personas que desarrollan negocios o actividades empresariales, como:

-Las personas naturales con negocio unipersonal.

-Las personas jurídicas, por ejemplo la Sociedad Anónima, Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L), Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L), entre otras.

-Las sucesiones indivisas.

-Las sociedades conyugales que opten por tributar como tales.

-Las asociaciones de hecho de profesionales y similares.

Son contribuyentes del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, las personas naturales y las personas jurídicas. También se considera contribuyentes a las sucesiones indivisas, las sociedades conyugales y las asociaciones de hecho de profesionales y similares.

Para tener una clara noción sobre los mencionados contribuyentes, definiremos cada uno de ellos:

o Personas naturales con negocio

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