Patrimonio público
Enviado por ciantelo • 6 de Agosto de 2012 • 4.500 Palabras (18 Páginas) • 1.069 Visitas
INTRODUCCION
El patrimonio Público es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que como un todo unitario se atribuye al Estado. Este concepto entendido de manera amplia, comprende tanto los bienes tangibles e intangibles que lo componen y pertenecen a todos los habitantes del territorio colombiano, dentro de los cuales se encuentran comprendidos el patrimonio cultural y arqueológico, el espacio público y los bienes de uso público, estos últimos los define el Código Civil Colombiano en su artículo 674, como aquellos bienes cuyo uso pertenece a todos los habitantes del territorio y por su naturaleza gozan de especial protección constitucional y se caracterizan por ser inalienables, imprescriptibles e inembargables de conformidad con el artículo 63 de la Constitución Política.
La norma superior señala:
“Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.”
OBJETIVO
• Conocer los conceptos básicos del patrimonio publico
• Aprender cómo está compuesto el patrimonio público en Colombia
• Distinguir cuales son los bienes de uso Publio
• Conocer los bienes fiscales
NOCIONES GENERALES
Para poder entender el concepto de patrimonio público, es necesario diferenciar entre tres conceptos: el dominio eminente, el dominio público y el domino privado del Estado.
A. EL DOMINO EMINENTE:
Es el poder que tiene el Estado sobre la totalidad del territorio de su jurisdicción, con fundamento en su soberanía, el cual se traduce en el poder de tomar medidas en relación con ese territorio, cuando las necesidades de la comunidad lo requieran, aun cuando aquel está sometido a propiedad privada.
Como dice MARIENHOFF, el dominio eminente es la expresión político- jurídica de la soberanía interna, pues mientras la soberanía externa se manifiesta solo en las relaciones entre estados y se traduce en la independencia, el dominio eminente es la potestad de legislación sobre las personas y los bienes del territorio, sin más limitación que los preceptos constitucionales.
El domino eminente es un poder supremos sobre el territorio, entendido este en su concepto más amplio, y lo ejerce el Estado potencialmente sobre los bienes situados dentro de él, ya sea que la propiedad de aquellos pertenezca al mismo Estado propiamente dicho y no a las demás personas públicas.
Este poder o dominio no hace parte del dominio del Estado desde el punto de vista económico tradicional, pero es evidente que influye indirectamente en el patrimonio, pues en mayor o menor medida es el fundamento de la riqueza estatal.
B. EL DOMINIO PÚBLICO:
La distinción entre domino público y dominio privado del Estado encuentra antecedentes desde las primeras comunidades humanas, hasta configurarse claramente en Roma mediante los conceptos de res publica e y res fisci, el primero refiriéndose a las cosas publicas y el segundo a los demás bienes del gobernante.
A su vez, en la Francia anterior a la revolución los autores hacen referencia a la distinción entre los dos conceptos, sobre la base de la teoría del domino de la corona, según la cual, todos los bienes del reino eran propiedad del rey, claro que sometidos a la regla de la ineliabilidad. Con ocasión del triunfo de la revolución, el concepto de la soberanía del pueblo condujo a que los bienes del Estado ya no se consideraran propiedad del gobernante sino de la nación. Y en consecuencia la distinción fue acogida por el legislador, mediante la ley 16 de junio de 1895.
Esa distinción se fundamenta en la misma idea básica que dio origen a la aparición del derecho administrativo, consistente en que el Estado algunas veces actúa de manera similar a los particulares, pero otras actúan en forma especial y esencialmente diferente de aquella.
Se han tomado varios criterios para determinar, el primero ha sido el del derecho romano, según el cual el dominio público es el conjunto de los bienes afectados al uso de todos. A esta idea se le agrego que el domino público está constituido por los bienes que no son susceptibles de de propiedad privada por su naturaleza. Y se continuo con la concepción de bienes al uso de todos, pero adicionada con los bienes afectados a los servicios públicos. Se concluyo entonces que el dominio público si es un derecho de concepción y que tiene características diferentes a la propiedad privada, y los cual fue llamado por HAURIOU como propiedad administrativa.
El carácter especial del dominio público se sale a relucir cuando observamos que estos bienes son inalienables, imprescriptibles e inembargables y además los bienes de dominio público están sometidos a un régimen jurídico de carácter administrativo, esencialmente diferente al régimen de propiedad privada y cuya competencia le corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa.
C. EL DOMINIO PRIVADO DEL ESTADO:
De los análisis anteriores, resulta que la noción de dominio privado del Estado se refiere, por exclusión, de la del dominio público. Es decir, que el dominio privado del Estado está compuesto por todos aquellos bienes que pertenecen a las personas públicas y que no reúnen las condiciones para hacer parte del dominio público. Lógicamente también está excluido del territorio, en medida en que él pertenece al Estado, pero solo a titulo de dominio eminente.
La característica peculiar del dominio privado consiste en que la propiedad que ejercen las personas públicas del sobre él, es parecida a la propiedad de los particulares sobre sus propios bienes.
Se considera que el régimen que regules este domino privado es el de propiedad particular, es decir, al régimen jurídico de derecho privado, y que, por lo mismo, la competencia que le corresponde resolver controversias es a la jurisdicción común.
EL PATRIMONIO PÚBLICO EN COLOMBIA
CLASES DE BIENES
De acuerdo con los conceptos básicos podemos llegar a la conclusión que en Colombia existen tres clases de bienes: el territorio, los bienes de uso público y los bienes fiscales.
1. EL TERRITORIO.
A. FUNDAMENTO LEGAL:
El artículo 102 de la constitución política establece que “el territorio, con los bienes públicos que de él forman parte, pertenecen a la nación”.
B. NOCIÓN:
toda
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