Autoria Y Participacion
Enviado por pacoalcaraz • 26 de Mayo de 2014 • 831 Palabras (4 Páginas) • 261 Visitas
Introducción.
En este trabajo se pretende señalar a las diferentes partes que cometen un delito: al autor y al partícipe. Se señalaran las diferencias entre ambos y como se relacionan estrechamente para cometer el ilícito y que conductas se requieren para que así sea.
Autoría y Participación.
La Autoría.
Cualquier sistema o modelo que se proponga, tiene que tomar en cuenta forzosamente, en el terreno fáctico la conducta humana como punto de partida de la comisión de un ilícito penal, sea por acción, omisión, o por comisión por omisión.
El sujeto activo recibe el nombre de autor, porque es aquel que en forma personal y directa ejecuta la acción u omisión prevista en el tipo con la finalidad de su consecución. En aquellos tipos en que no se exige pluralidad de sujetos activos, es donde aparecen las figuras de los coautores y partícipes.
Autores y partícipes. Los primeros ejecutan la conducta prevista en el tipo. Los segundos auxilian a los primeros en la ejecución. Hay diversos criterios que permiten deslindar la conducta de los autores de la de aquellos que son partícipes o cómplices. Algunos de estos son:
Teorías Objetivas: Se apoyan en la sistemática causalista-naturalista donde el tipo era concebido en forma exclusivamente objetiva. El criterio formal objetivo propuso que la persona que realizará el verbo típico, el que personalmente ejecutará la acción descrita en el tipo debía ser considerado autor. El criterio material objetivo trató de encontrar la solución al problema y propone que quien ponga la causa será autor; y partícipe el que cuantitativamente aporte una condición, o sea ocasional su intervención.
Teorías Subjetivistas: Toman en cuenta la postura de la sistemática causalista normativista. Se apoyan en la teoría de la equivalencia de las condiciones, así será autor el que obre con “voluntad de autor” y será participe el que actúe con ánimo de socio. El autor es aquel que obra con esa voluntad, el que persigue sus propios intereses; el partícipe colabora con aquél, pero no pretende satisfacer su interés.
La teoría del “dominio del hecho” es la solución que propone el finalismo para distinguir a los autores de los partícipes. Se considera que es autor, el que tiene dominio del hecho.
Formas de autoría.
En los tipos penales unisubjetivos, basta un solo sujeto activo, aunque puede suceder que otras personas intervengan con “dominio del hecho” al lado del autor y que la doctrina denomina coautor, autor paralelo, autor inmediato, etc. El Código Penal de Coahuila señala las formas de intervención de autores o partícipes, estas son:
Autor o coautor material o directo: El que dolosamente realice la conducta que describa o implique la figura típica de un delito
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