AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN
Enviado por xdrichitar15 • 28 de Enero de 2022 • Monografía • 16.225 Palabras (65 Páginas) • 67 Visitas
“Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LOS ANDES
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS, CONTABLES Y SOCIALES.
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CURSO: [pic 2]
CICLO: IV
DOCENTE: Dr. SUAREZ VALENCIA, Gabriel.
TEMA TEMA: AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN
ESTUDIANTES:
- CÁRDENAS CARRIÓN, María Josefina.
- DIAZ ALTAMIRANO, Merly Sidney.
- GUTIERREZ HUANACO, Darwin.
- LARA SALCEDO, Ángel.
- LOVATON LÓPEZ, Antoni Fabricio.
ANDAHUAYLAS- APURIMAC
2022
Dedicatoria
En primer lugar, a nuestros padres, que nos brindan su apoyo incondicional para formarnos como profesionales del mañana, y también a nuestros docentes, de la Universidad Tecnológica de los Andes, por su enseñanza y paciencia; de la misma manera a Dios, de por vida, por estar a nuestro lado todos los días y nunca abandonarnos en los momentos más difíciles.
Agradecimiento
Este trabajo es el resultado del esfuerzo conjunto de todos los que formamos el grupo del dicho curso. Por ello agradecemos a nuestro Docente, Gabriel Suarez Valencia, por brindarnos fuentes bibliográficas para realizar este trabajo, así como a los integrantes de este grupo que lo conforman cinco estudiantes, quienes a lo largo de este tiempo han puesto a prueba sus habilidades y conocimientos. En el desarrollo del curso, el cual ha terminado cumpliendo todas nuestras expectativas sobre este tema muy importante en nuestra Carrera profesional de Derecho.
Tabla de contenido
INTRODUCCIÓN 6
SISTEMAS DELIMITADORES ENTRE AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN 8
a. Sistema unitario 8
b. Sistema diferenciador 10
b.1. Concepto extensivo de autor 10
b.2. Concepto restrictivo de autor. 12
b.2.1. Teoría objetivo-formal 12
b.2.3. Teoría del dominio del hecho. 13
Bibliografía 16
INTRODUCCIÓN
Las actividades humanas realizadas en el marco de las relaciones sociales, suponen que el sujeto que delinque no suele actuar solo sino con la participación de otros. Frente a una acción que se dirige a objetos de referencia, también se orienta hacia una comprensión comunicativa, de manera que los partícipes no buscan sus objetivos sin considerar intereses ajenos, sino que intentan ponerse de acuerdo. (Kindhauser, 2005.)
La comprensión comunicativa existe por el intercambio de perspectivas entre los sujetos. Así, esta comunicación orientada a la comprensión, exige que los partícipes puedan atribuirse de manera recíproca capacidad de imputación, de suerte que no será aceptable la imputación si un partícipe cambia su papel por el de un simple observador.
Entonces, se nos presenta una doble problemática: la naturaleza de la aportación al delito de cada sujeto concurrente, y el grado de responsabilidad penal de éstos.
Esto constituye el objeto de la teoría de la autoría y la participación.
Si bien los tipos legales generalmente están redactados en función a la realización de la conducta por un autor, existen problemas cuando son varios los sujetos que intervienen y no se les puede calificar de autores, por ello, surgen las reglas de la participación, que constituyen una ampliación o extensión del tipo legal para comprender a dichas conductas y son, además, causas de extensión de la pena por cuanto al ampliarse el tipo llegan a ser punibles, "pues de otra manera no lo serían por quedar fuera del tipo" La teoría de la autoría y la participación forma parte de la teoría de la imputación.
La participación es accesoria de la autoría y se requiere previamente des lindar el concepto de autor para alcanzar un concepto de participación. Creemos que la conceptualización de esas categorías se halla delimitada por los datos de la realidad, por lo que, en derecho, su contenido debe mantener la equivalencia a su sentido natural, pero es evidente que tal concepto de autor tiene que ser restringido (concepto legal) cuando la ley misma determina otras categorías de intervinientes activos, colocan dolos en situación especial respecto de la punibilidad. Debemos seña lar que existe una tendencia a considerar un concepto doctrinal o normativo de autor, El Código Penal peruano se refiere a la autoría y participación, y busca regular la concurrencia de varias personas en el hecho punible. Así, el artículo 23 hace referencia a las distintas formas de autoría. Pensamos que este reconocimiento ahorra el esfuerzo de una construcción más compleja y proporciona una mayor garantía de certeza jurídica. Además, cada uno de los tipos penales de la parte especial requerirían de una definición propia de autor.
La participación puede ser entendida en sentido amplio y específico. En sentido amplio comprende a todos los que intervienen en el hecho delictivo, incluso al autor y, de manera específica, son partícipes sólo aquellos que se encuentran en una relación de dependencia con la conducta del autor. En el primer caso se habla de participantes, en el segundo de partícipes.
Ciertos tipos legales precisan la pluralidad de sujetos en la comisión del delito, se trata de supuestos de participación necesaria. Ejemplo: cohecho (artículo 393, Código penal). Estos casos de participación necesaria se denominan también concurso necesario (requieren necesariamente la intervención de dos o más sujetos en el hecho típico) rentes al concurso eventual (ejecución plural de conductas que usual y son diferentes pueden ser realizadas por una sola persona, ejemplo, homicidio). Estos casos constituyen los plurisubjetivos, donde todos los partícipes responden como autores del delito. (Rodriguez, 1999)
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