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Derecho Administrativo


Enviado por   •  28 de Octubre de 2013  •  36.315 Palabras (146 Páginas)  •  339 Visitas

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ADMINISTRATIVO GENERAL Y COLOMBIANO

NOCION DE DERECHO ADMINISTRATIVO:

1. DESDE EL PUNTO DE VISTA MATERIAL O FUNCIONAL:

La admón.. se refiere a la actividad de manejar una entidad, negocio o empresa. Es la actividad consistente en reglamentar o ejecutar una norma jurídica

2. DESDE EL PUNTO DE VISTA ORGANICO:

La admón.. hace relación a las personas y órganos que manejan la empresa, entidad o negocio. Conjunto de personas u órganos del Estado que ejercen de manera especial la actividad o función administrativa.

El término admón. se utiliza en el sector público y en el sector privado, pero se diferencia su significado por el fin perseguido y los medios de acción que utiliza.

ADMINISTRACIÓN PUBLICA

ADMINISTRACIÓN PRIVADA

 Tiende al interés general, representado en el bien común.

 La Admón.. utiliza decisiones unilaterales que crean derechos o imponen obligaciones a los administrados sin su consentimiento.

 Persiguen un fin egoísta representado en intereses particulares.

 En relación con los medios utilizados entre los particulares, están regidas por normas jurídicas de igualdad y autonomía de la voluntad.

Nadie impone obligaciones a otro sin su consentimiento.

ORIGEN Y ESTADO ACTUAL DEL DERECHO ADMINISTRATIVO:

El Derecho administrativo tuvo su origen en Francia

EVOLUCION

EPOCA MONARQUICA

EPOCA DE LA REVOLUCION FRANCESA

EVOLUCION POSTERIOR

Existían tribunales especializados como:

- Tribunal de la Cámara de cuentas jurisdiccionales (problema de aguas)

- Corte de Monedas

Estos dos defendían los intereses de la admón.. y del rey.

Estos Tribunales dependían del Monarca

Los Tribunales fallaban a favor del rey y no de la comunidad. Mediante leyes se prohibió a los jueces inmiscuirse en los asuntos de la admón..

La ley 16 del 24

CODIGOS ADMINISTRATIVOS:

1. Se expidió mediante la ley 130/1913

2. Se expidió mediante la ley 167/1941

3. Se expidió mediante decreto extraordinario 01/1984

FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO:

El Derecho administrativo colombiano es legislado, contenido en normas o textos legales y su principal fuente es la LEY, entendido como toda norma jurídica y comprende:

 La ley

 Leyes ordinarias del congreso

 Decretos del Presidente de la República

 Los demás actos administrativos de las autoridades locales

 La doctrina

 La Jurisprudencia

 El Código contencioso administrativo

 Los principios del derecho administrativo y la función administrativa

FALLO BLANCO: 1873

Consagra el principio de que la admon. debe regirse por normas especiales distintas a las aplicables a los particulares, fallo que constituyó el fundamento de la existencia del Derecho administrativo.

FALLO CADOT : 1889

El Consejo de Estado se autoconfirió la competencia general en materia de litigios de la administración.

DERECHO ADMINISTRATIVO DEFINIDO POR LA NOCION DE PODER PUBLICO

DERECHO ADMINISTRATIVO DEFINIDO POR LA NOCION DE SERVICIO PUBLICO

La admon. realizaba 2 clases de actividades:

1. ACTIVIDAD DE PODER O AUTORIDAD:

Los órganos del Estado actuaban por medio de órdenes, prohibiciones y reglamentaciones de carácter unilateral, es decir con las cuales el Estado manifestaba una voluntad de mando. Esta actividad daba lugar a la expedición de actos de poder o de autoridad. Ej: Nombramientos.

Cuando se estaba frente a esta actividad debía aplicarse a la admon. principios y normas especiales (D. administrativo) y los litigios que de allí resultaren serían competencia del Consejo de Estado y de los Consejos de Prefectura.

2. ACTIVIDAD DE GESTION:

Eran las actuaciones de los órganos del Estado cuando actuaban en forma semejante a las actuaciones de los particulares. Cuando el Estado actuaba de esta forma, lo hacía mediante actos de gestión.. Ej: contratos

Cuando la admon. actuaba mediante actos de gestión, quedaba sometida al derecho común y a los jueces comunes.

La noción de poder o mando ya no era elemento esencial que permitía diferenciar claramente la actividad administrativa de la realizada por los particulares, fue así como algunos autores en el sigo XX, basados en los siguientes fallos (fallo blanco del Tribunal de Conflictos de 1873 y el Fallo Terrier del Consejo de Estado de 1903, concluyeron que la nueva noción clave era la de SERVICIO PUBLICO, caracterizada por un elemento fundamental que era la búsqueda del interés general.

SERVICIO PUBLICO: Toda actividad de una persona u organismo público que tiende a satisfacer una necesidad de interés general y en consecuencia la que explicaba y justificaba la aplicación de un derecho especial a la admon.

Es decir que se aplicaba el D. administrativo a las actividades de servicios públicos y allí era competente la jurisdicción administrativa.

Cuando la admon. realizaba actividades ajenas al servicio público, se aplicaba el derecho común y la competencia correspondía a la jurisdicción común.

PENETRACION DEL DERECHO PRIVADO: EN LOS SERVICIOS PUBLICOS, pues en los nuevos servicios industriales y comerciales, por ser actividades semejantes a la de los particulares, se le dio prioridad al régimen común.

PENETRACION DEL DERECHO PUBLICO EN LAS ACTIVIDADES DE LOS PARTICULARES, pues cuando estos colaboraban en las actividades de servicios públicos, en alguna medida quedaban sometidos al derecho administrativo.

ORIGEN Y EVOLUCION DEL DERECHO ADMINISTRATIVO EN COLOMBIA:

DERECHO ADMINISTRATIVO COLOMBIANO

La evolución del derecho administrativo se confunde con la evolución de la jurisdicción contenciosa-administrativa. Sin embargo existe una diferencia esencial en cuanto al fundamento histórico, ya que en Colombia la jurisdicción administrativa tuvo origen en la idea de imitar el ejemplo francés, en cuanto se trataba de establecer un cuerpo consejero o asesor del gobierno.

En Colombia la evolución presenta una característica propia, y es la de haberse llegado a un derecho administrativo legislado, mientras que en Francia ha sido de carácter jurisprudencia.

1. SIGLO XIX:

 Simón Bolívar en 1817 crea el Consejo de Estado, como órgano consultivo del gobierno.

 Posteriormente se contempló la existencia con carácter constitucional de un órgano

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