Derecho Administrativo II
Enviado por MrisselaUmanzor • 25 de Octubre de 2013 • 2.474 Palabras (10 Páginas) • 264 Visitas
INTRODUCCION:
La Ley General de la Administración Pública establece que los órganos del Poder Ejecutivo son las secretarias de Estado, las cuales tienen como función formular y ejecutar las políticas públicas del ramo para el cual cada una fue creada, siguiendo los principios de eficacia, eficiencia y racionalidad.
El Presente trabajo trata sobre la indagación realizada con el fin de conocer más a fondo la Misión y Visión, de las Secretarias de Interior y Población, Secretaria en el del Despacho Presidencial, Secretaria de Relaciones Exteriores y la Secretaria de Industria y Comercio. Así como también puntualizar algunas atribuciones y Deberes de estas Secretarias.
Se Conceptualizara el Concepto de la Administración Publica y Secretarias de Estado, para entender de donde tienen su origen estas Secretarias de Estado, las cuales se crearon para lograr una mejor organización y administración del Estado buscando cumplir con su Finalidad que es buscar el “Bien Común” de cada una de las personas que integran la sociedad.
Objetivos:
Explicar el Concepto de Administración Publica y Secretarias de Estado, para lograr un mejor entendimiento, por parte de la Clase de Derecho Administrativo de los temas a exponer.
Investigar a profundidad las funciones principales y competencia de algunas Secretarias del Gobierno de Honduras.
Dar a conocer quiénes son las personas que actualmente ostentan la titularidad de Estas Secretarias de Estado.
La Administración Pública
¿Qué es la Administración Publica?
Es el conjunto de actividades que realiza el Estado por medio de cada uno de sus Órganos o Dependencias para cumplir su finalidad.
De esta definición se derivan las Secretarias de Estado, que para un mejor entendimiento se definen de la manera siguiente:
¿Qué son las Secretarias de Estado?
Las Secretarias de Estado son los Órganos superiores de colaboración del Presidente de la Republica en las funciones de Gobierno y Administración, actuando en el marco de sus respectivas competencias. Artículo: 16 de la Ley General de la Administración Publica.
Las Secretarias de Estado están a cargo de los Secretarios de Estado correspondientes, quienes para el despacho de los asuntos de su competencia serán asistidos, por uno (1) o más Subsecretarios, el Secretario General y los Directores Generales o titulares de otros órganos de autoridad que las Leyes determinen.
Secretaria de Interior y Población:
En el inicio la Secretaria del Interior y Población se denominaba Secretaria de Gobernación y Justicia pero el 27 de septiembre del 2010, el Congreso Nacional aprobó una reforma a la Ley General de la Administración Pública que convierte la Secretaría de Gobernación y Justicia en Secretaría del Interior y Población debido a una incongruencia con la norma constitucional, ya que la carta magna le da preeminencia entre todos los Secretarios de Estado, a la de Gobernación y Justicia, para presidir el Consejo de Ministros en ausencia del presidente de la República y de los Designados Presidenciales. La misma Constitución en su texto dice que es el secretario de Gobernación y Justicia el encargado de instalar las sesiones del Congreso Nacional en cada período constitucional, así como otras funciones de Estado. La Constitución no habla de Secretaría del Interior, la reforma de los artículos 28 y 29 de la Ley de la Administración Pública, por las que se transforma la Secretaría de Gobernación y Justicia en una Secretaría del Interior.
El Abogado; Carlos Áfrico Madrid es el que preside la titularidad de la Secretaria en el Despacho de Interior y población.
VISIÓN:
Ser reconocidos como la institución líder del proceso de Descentralización del Estado y de la formulación de políticas públicas que garanticen la gobernabilidad, la cultura democrática, la promoción de los valores éticos y morales, la participación ciudadana y comunitaria, los derechos de los grupos vulnerables y el eficaz control migratorio, enmarcando todas sus acciones estratégicas en el Plan de Nación y Visión de País.
MISIÓN:
Fortalecer el Estado de Derecho y la cultura democrática, liderando el proceso de Descentralización del Estado y el desarrollo local en el marco del régimen interior del país, garantizando la convivencia armónica y el bienestar de la población, así como contribuir a una adecuada gestión de riesgos y la atención a emergencias, el control migratorio, la atención a grupos vulnerables y la publicación oficial de la legislación nacional.
Atribuciones o funciones de la Secretaria de Interior y Población:
1) Lo concerniente al gobierno Interior de la República, así como de los mecanismos que fortalezcan, consoliden y aseguren sus instituciones, la participación ciudadana y la gobernabilidad.
2) Fiscalizar en representación de la población, el cumplimiento de la Visión de País y Plan de Nación por parte de los diferentes ejecutores y empoderar a la población del contenido y alcances de dicha Ley.
3) Regular lo relacionado a la colegiación profesional.
4) Lo referente a la población, comprendiendo la ciudadanía, nacionalidad, extranjería, promoción del bien común, la solidaridad y el respeto a la dignidad humana.
5) El otorgamiento, cancelación y registro de la personalidad jurídica de todos los entes civiles, su regulación, supervisión, evaluación y fiscalización de las mismas, siempre que las leyes especiales no confieran esta potestad a otros órganos del Estado.
6) El desarrollo de estudios y programas de información a la población y la promoción de la autoprotección ciudadana; el fomento de la participación social en las actividades de protección civil y emergencias; los programas de educación para la prevención en centros escolares públicos.
7) Vigilar que las Instituciones Centralizadas y Descentralizadas del Poder Ejecutivo cumplan sus obligaciones con la población.
Secretaría de Estado en el Despacho Presidencial:
Compete a la Secretaría del Despacho Presidencial:
1) Asuntos concernientes
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