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Derecho Burocratico II


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2013  •  3.669 Palabras (15 Páginas)  •  812 Visitas

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DERECHO LABORAL BUROCRATICO

TEMA IV.-

PRINCIPALES TEORIAS QUE SE HAN FORMULADO PARA DEFINIR Y UBICAR LA NATURALEZA JURÍDICA DE LA RELACIÓN DEL ESTADO CON SUS EMPLEADOS.

4.1.- DERECHO DEL TRABAJO.

Las relaciones laborales de los trabajadores al servicio de los gobiernos estatales y municipales están reguladas por el apartado B del Artículo 123 constitucional y por la Ley burocrática, con beneficios muy restringidos, no obstante que la Constitución en los artículos 115, fracción VIII, párrafo segundo y 116, fracción VI, dejan en libertad a los legisladores de los Estados de tomar para los trabajadores lo mejor del apartado A (Trabajadores de las empresas privadas) y lo mejor del apartado B (Burócratas), y de sus leyes reglamentarias.

¿Por qué se dan las cosas así? Lo deben saber los integrantes de las legislaturas estatales. Hay un principio general de derecho que establece que donde la ley no distingue nosotros no tenemos por qué distinguir. Este principio se aplica en este caso. Tanto el artículo 115 como el 116 indican que las relaciones laborales de los estados y de los municipios con sus trabajadores “se regirán por las leyes que expidan las legislaturas de los Estadios con base en lo dispuesto por el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus disposiciones reglamentarias”. Como se ve, en ningún momento la Constitución de la República constriñe a las legislaturas locales a ajustarse al apartado B y a su ley reglamentaria que es la Ley burocrática.

Permítanme narrar el siguiente hecho. En 1983 varios profesores de la Facultad de Derecho de la UNAM nos transportábamos en un camión a un congreso académico que se celebraba en Querétaro. Estaba muy reciente la reforma de los artículos que hemos venido citando. Mi asiento estaba cercano al del entonces diputado José Francisco Ruiz Massieu. Le comenté mi opinión que ha quedado expuesta. Me dijo Ruiz Massieu, varios profesores lo escucharon, mira Pepe (es el nombre amistoso que me dan muchos profesores): Tú conoces a don Fidel (se refería a don Fidel Velázquez, entonces poderoso líder de la CTM); fue su deseo que quedaran así los artículos para que los legisladores estatales pudieran buscar los mejores beneficios para los trabajadores.

Hay quienes sostienen que existe una diferencia básica entre los trabajadores al servicio del Estado (Federación, gobierno del Distrito Federal, Estados y Municipios) y los trabajadores en general o de empresas privadas. Dicen que los primeros prestan un servicio público, en tanto que en las empresas privadas se persigue un lucro. Luego dicen: Por eso se les aparta.

La estabilidad en el empleo de los trabajadores al servicio del Estado se sostiene con alfileres, los trabajadores de confianza y los trabajadores por honorarios o por servicios profesionales no cuentan con protección laboral porque no los regula la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; los derechos colectivos como la libertad sindical, la contratación colectiva y la huelga, se encuentran en la letra, pero prácticamente no los gozan los burócratas.

Ahora que la Constitución de México casi llega al siglo de vigencia, es evidente que ha sido desbordada por la realidad en muchos aspectos, con grave perjuicio para importantes sectores laborales. Un botón de muestra es la diversificación de la normatividad laboral -las relaciones laborales de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, las del Instituto Federal Electoral, las del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, etcétera- y consecuentemente la ruptura del principio de la igualdad de trato para los trabajadores.

Cuánta razón asistió a Mario de la Cueva cuando afirmó que “El trabajo del hombre es uno solo, quiere decir, posee una naturaleza única, que no puede variar en función de la finalidad a que se le destine; puede ser más o menos intenso o requerir mayores o menores conocimientos técnicos o universitarios o una especial capacitación profesional, pero es siempre energía humana que se presta a una persona o institución”.

Las legislaturas de los estados tienen todo el derecho de escoger lo mejor del apartado A o del apartado B del artículo 123 constitucional para los trabajadores, así como lo mejor de la Ley de los trabajadores en general y lo mejor de la Ley burocrática, en lo que hace a los derechos individuales y a los colectivos.

Los artículos 115 y 116 de la Constitución facultan a las legislaturas de los estados para decidir sobre las relaciones laborales de sus trabajadores. Nadie les puede fijar límites que la propia Carta Fundamental no les pone.

Los trabajadores deben volver a ser el primer sujeto del trabajo.

*Dr. en Derecho y Ex Director de la Facultad de Derecho de la UNAM

4.2 DERECHO ADMINISTRATIVO

4.3. DERECHO BUROCRATICO Y AUTONOMÍA

Sirva este modesto estudio como una contribución que se suma a muchas otras, para despertar en la teoría la conciencia del estudio del Derecho burocrático laboral; y en la práctica, el logro real y efectivo de la justicia social en estos trabajadores, que al igual que los otros, los del apartado A del artículo 123 constitucional, requieren del reconocimiento y del respeto a su actividad, para lograr una existencia digna de la persona humana.

El 5 de diciembre de 1960, el presidente Adolfo López Mateos crea el apartado B del artículo 123 e incorpora a la Constitución los derechos de los trabajadores al servicio del Estado y el 28 de diciembre de 1963 se publica en el Diario Oficial la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Antes, el 1 de enero de 1960, entró en vigor la Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, cuyo antecedente había sido la Dirección de Pensiones Civiles de Retiro, que desde 1925 otorgaba pensiones a los trabajadores jubilados y préstamos personales e hipotecarios.

4.4. TEORIA DEL TRABAJADOR BUROCRACTICO COMO TRABAJADOR ESPECIAL.

TEMA V.- CONCEPTOS FUNDEMENTALES DEL DERECHO LABORAL BUROCRATICO SERVICIO PUBLICO, EMPLEADO PÚBLICO, FUNCIONARIO PÚBLICO Y TRABAJDOR AL SERVICIO DEL ESTADO. SERVICIO PÚBLICO. DEFINICION.-servicio público es el conjunto de prestaciones reservadas en cada Estado a la órbita de las administraciones públicas y que tiene como finalidad ayudar a las personas que lo necesiten. Suelen tener un carácter gratuito que corre a cargo del Estado, son propios de los países con un estado de bienestar. Los servicios públicos son brindados por determinadas Entidades (por lo general el Estado) y satisfacen primordialmente las necesidades de la comunidad o sociedad donde estos se llevan a cabo.

FUNCIONES QUE CUMPLEN

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