Derecho Real
Enviado por joseeeeeeeeeeee • 16 de Octubre de 2012 • 892 Palabras (4 Páginas) • 368 Visitas
• . Derechos Reales, clasificacion de las cosas. Apuntes por Vladimir Sanchez C.
• 2. Derechos Cuando hay una relación entre sujeto y objeto se llama Derecho Real. Cuando esa relación es entre personas (deudor y acreedor), se llama Derecho Personal. Sujeto Objeto Relación Sujeto activo Sujeto pasivo Derecho Real : En un Derecho Real, existe un sujeto pasivo, que es la Sociedad. La Sociedad debe respetar ese Derecho. Acreedor Deudor Sujeto Activo Sujeto Pasivo Derecho Personal : Aquí la sociedad no tiene nada que ver.
• 3. Derechos Reales Cosa : Es todo lo que existe material o inmaterial, excepto las personas libres. Los Derechos Reales, son lo que se ejercen sobre las cosas .
• 4. Clasificación de las Cosas Corporales e incorporales Corporales : Son todas aquellas que tienen una existencia física. Por lo tanto pueden ser percibidas por los sentidos. Incorporales : Aquellas que no tienen una existencia física. Por ejemplo, los Derechos y créditos.
• 5. Las cosas corporales a su vez de subdividen en : Muebles : Son aquellas que se pueden trasladar de un lugar a otro, sin que sufran detrimento. Por ejemplo, una silla, un esclavo, animales, etc. Las cosas muebles pueden ser de dos clases: semovientes, aquellas que se mueven por si mismas, por ejemplo un esclavo; o inanimadas, aquellas que requiren de una fuerza externa para moverse, por ejemplo una carreta.
• 6. Inmuebles : Aquellas que NO pueden trasladarse de un lugar a otro. Pueden ser de tres clases : Inmuebles propiamente tal : Por ejemplo, un fundo, una casa. Inmuebles por destinacion : Son cosas muebles que se destinan permanentemente a un inmueble Inmuebles por adherencia : Son cosas muebles que se adhieren permanentemente a un inmueble. Por ejemplo, un ladrillo, un arbol que se compra y que posteriormente se planta.
• 7. Divisible e indivisible Todas las cosas pueden ser divididas Pero lo que diferencia un cosa divisible de una indivisible, es que al fraccionarse, pueda seguir prestando utilidad, según su destinacion natural. Por ejemplo, la madera resulta cosa divisible, ya que la podemos fraccionar, y nos sigue prestando utilidad conforme a su destinacion natural, la cual podría ser, construir algo con esa madera; en cambio un caballo resulta cosa indivisible, porque al fraccionarlo, ya no nos podría seguir prestando utilidad conforme a su destino natural, que en este caso es el de animal de tiro y carga.
• 8. Simple y c o m p u e s t a Simple : Esta formada por una unidad. Por ejemplo, un lápiz. C o m p u e s t a : Por antinomia, esta formada por varias unidades. Por ejemplo, un cardúmen, etc.
• 9. Consumibles y no consumibles Esto va en relación a si se destruyen o no, con su primer uso adecuado a su naturaleza. Consumible : Es aquella que se destruya con su primer uso adecuado a su naturaleza. Por ejemplo, los alimentos, los cuales al darles el primer uso adecuado a su naturaleza, es decir,
...