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EXAMEN DE PROCESAL CIVIL


Enviado por   •  13 de Octubre de 2018  •  Apuntes  •  876 Palabras (4 Páginas)  •  167 Visitas

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Universidad Bicentenario de Aragua.

Examen virtual correspondiente al 25%

Derecho procesal civil II

NOMBRE Y APELLIDO: Santos Maritza Arellano         Contreras

CÉDULA DE IDENTIDAD N° __13562380 _____

Casos practicos

Cada pregunta tiene una ponderación de 10 puntos para una totalidad de 100 puntos.

1.- Que pruebas son admisibles en segunda instancia de conformidad con el artículo 520 del Código de Procedimiento Civil

1R) Respuesta:E n segunda instancia no se admitirán otras pruebas sino de instrumentos públicos , la de posiciones y el juramento decisorio. Los primeros podrán producirse hasta los informes, si no fueren de los que deban acompañarse con la demanda; las posiciones y el juramento podrán evacuarse hasta los informes, siempre que se solicite dentro de los cinco días siguientes a la llegada de los autos al Tribunal.   Podrá el Tribunal dictar auto para mejor proveer, dentro de los límites expresados en el artículo 514.   Después de presentados los informes dentro del lapso perentorio de quince días, podrá el Tribunal, si lo juzgare procedente, dictar auto para mejor proveer, en el cual podrá acordar:  

 1° Hacer comparecer a cualquiera de los litigantes para interrogarlos sobre algún hecho importante del proceso que aparezca dudoso u obscuro.   

2° La presentación de algún instrumento de cuya existencia haya algún dato en el proceso, y que se juzgue necesario.  

 3° Que se practique inspección judicial en alguna localidad, y se forme un croquis sobre los puntos que se determinen, o bien, que se tenga a la vista un proceso que exista en algún archivo público, y se ponga certificación de algunas actas, siempre que en el pleito de que se trate haya alguna circunstancia de tal proceso y tengan relación el uno con el otro.  

 4° Que se practique alguna experticia sobre los puntos que fije el Tribunal

2.- Suponiendo que la causa se encuentra en el tribunal ad quem, y la parte demandante ejerce el derecho de presentar informes en el lapso de los veinte (20) días de despacho siguientes desde el momento que se dicta el auto donde le da entrada al expediente, contra la apelación de la sentencia del tribunal ad quo, pero el demandado no ejerció el derecho de presentar informes en el lapso legal correspondiente, en consecuencia seria válido que el demandado realice observaciones y refute los alegatos planteados a los informes de la parte adversaria, fundamentar jurídicamente su respuesta

2 R) Respuesta: si sería válido si está dentro de las cuestiones previas del art 346 CPC.asi como también tomando en cuenta art 267

3.- El formalizarte sostiene que el Juez dio por demostrado un hecho sin pruebas que conste en autos.

Qué tipo de denuncia procedería.

3R) Respuesta: Considero que un Recurso por infracción de ley

4.- alegada la falta de cualidad de la parte demandada, y declarada Sin Lugar en la sentencia definitiva indique:

4R) Respuesta: podrá promover las cuestiones previas establecidas en el art 346 cpc

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