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El usufructo es el derecho de usar y de disfrutar la cosa de otro sin alterar su sustancia, en efecto, este derecho se ejerce sobre una cosa corporal,


Enviado por   •  14 de Abril de 2017  •  Síntesis  •  1.451 Palabras (6 Páginas)  •  388 Visitas

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El usufructo: Origen y concepto

El usufructo tienen su origen en Roma, algunos autores coinciden en señalar que los inicios fueron cuando aparece la necesidad del marido por proteger a su esposa, que al enviudar, pudiera usar y disfruta cierta propiedad, esto sin dejar a sus hijos la herencia que les corresponde.

En las institutas, Justiniano define: “El usufructo es el derecho de usar y de disfrutar la cosa de otro sin alterar su sustancia, en efecto, este derecho se ejerce sobre una cosa corporal, que destruida entraña necesariamente la pérdida de este derecho.

Para R.H. Gordillo Montesinos el usufructo es el derecho real que faculta para usar cosa ajena y percibir sus frutos sin alterar su sustancia, además agrega que el usufructo aparece como un medio para conservar vitaliciamente el uso y disfrute de los bienes familiares a personas a las que no se quiere concederla facultad de disponer de ellas. (Gordillo Montesinos, 2004)

Cabe destacar que los derechos reales es la facultad que puede tener una persona para obtener directamente de alguna cosa todos aquellos frutos que puedan ser producidos. Además que el usufructo se encuentra dentro de las servidumbres personales.

Generalidades del usufructo

Dentro del usufructo se distinguen necesariamente dos personas que son el usufructuario y el nudo propietario, el primero es el titular del uso y disfrute de la cosa y lo que se refiere al segundo, es el dueño de la cosa pero que se encuentra con ciertas restricciones acerca de los derechos sobre ésta, es decir tiene la nuda propiedad. Es posible hablar también de protección del nudo propietario, a través de  la actio ex stipulatu[1], ésta a su vez se deriva de la cautio usufructuaria[2] así puede estar garantizando que el usufructuario indemnizará en caso de daño causados con dolo.

Acerca de la temporalidad del usufructo, se encuentra con ciertas limitaciones, es posible que fuera vitalicio, sin embargo existían ciertos casos excepcionales, cuando el usufructo concluía antes del plazo acordado.

El usufructo puede ser recaído sobre cosas corporales, muebles e inmuebles. Existe también el usufructo sobre cosas que por naturaleza no den ningún tipo de frutos, pero puede ser usada para arrendamiento

 Constitución del usufructo

Bravo González y Bravo Valdés establecen que para explicar la constitución del Usufructo es necesario mencionar el Derecho Civil, Derecho Pretorio y el Derecho de Justiniano. (Bravo Gónzales & Bravo Valdés, 1984)

En lo que se refiere a derecho civil, el usufructo se constituye por translatio o por la deductio, ambas constituyéndose del mismo modo que las servidumbres prediales, sin embargo no podrán ser transferidas por la mancipatio.  Ejemplificando la  deductio, se trata cuando propietaro tiene dos fundos y decide enajenar uno de ellos, sin embargo acuerda con el comprado que se reservará  una servidumbre a favor del fundo que le queda. Por otra parte, el legado per vindicationem ocurre cuando el propietario mientras se mantenga en vida, no le otorga el derecho de goce a quien le va a heredar.

Respecto al derecho pretorio, no se hicieron muchas reformas, la posesión del usufructo no era a largo plazo además el usufructo se permitía en muebles ubicados en provincia.  Por último en el derecho de Justiniano cabe señalar que se presentaron ciertas confusiones con el usufructo y las servidumbres prediales, el usufructo podía ser adquirido por prescripción.

Por su parte Margadant (Margadant S., 2001)retoma algunos de los modos de constituir antes mencionado además agrega otros modos, su clasificación es la siguiente:

  • Por contrato
  • Por legado
  • Por la deductio
  • Por in iure cessio. Es un juicio ficticio que se realizaba frente a un magistrado donde un adquiriente le afirmaba que la cosa le pertenecía, quién transmitía no tenía objeción alguna, logrando así la transferencia.
  • Por la ley directamente. Un ejemplo es donde la mujer viuda, con hijos recibe usa y recibe cosas sobre un bien, que es parte de la herencia de su marido.
  • Por adjudicatio. Por este medio el juez aplica la actio divisiora distribuyendo entre las partes que intervienen.

Obligaciones del usufructuario

El derecho civil establecía que en caso de que el usufructuario deteriora la cosa, tendrá que ser reparado, sin embargo se tiene que mencionar que en muchos cosas el usufructuario no acataba la orden de reparación, cuidado y conservación por encontrarse desprovisto de vigilancia.

El derecho pretorio estableció la cautio ususfructuaria, donde el usufructuario estaba obligado a:

a) Disfrutar la cosa como buen padre de familia.

b) Restituir lo que quede de la cosa cuando concluya el usufructo.

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